STSJ Asturias 2297/2008, 25 de Julio de 2008

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2008:3599
Número de Recurso524/2008
Número de Resolución2297/2008
Fecha de Resolución25 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 02297/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2008 0100971, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000524 /2008

Materia: OTROS DCHOS. LABORALES

Recurrente/s: NAVAL GIJÓN S.A., CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDA

Recurrido/s: UGT, PYMAR, COMITE DE EMPRESA DE NAVAL GIJÓN S.A.U, DELEGADOS

SINDICALES DE CCOO,

DELEGADOS SINDICALES UGT, FEDERACIÓN DEL METAL UGT, FEDERACIÓN DEL METAL DE CCOO, MINISTERIO

FISCAL, COMISIONES OBRERAS (CC.OO.)

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON de DEMANDA 0000590 /2007

SENTENCIA Nº: 2297/08

ILTMOS. SRES.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ

Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ

D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a veinticinco de Julio de dos mil ocho, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el

artículo 117.1 de la Constitución Española,EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000524 /2008, formalizado por el Letrado SARA BLANCO MENENDEZ en nombre y representación de NAVAL GIJON S.A., y por el Letrado JUAN MARIANO PRIETO SANTOS en nombre y representación de CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDA, contra la sentencia de fecha catorce de noviembre de dos mil siete, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000590 /2007, seguidos a instancia de CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDA frente a UGT, NAVAL GIJON S.A., PYMAR, COMITE DE EMPRESA DE NAVAL GIJON S.A.U, DELEGADOS SINDICALES DE CCOO, DELEGADOS SINDICALES UGT, FEDERACION DEL METAL UGT, FEDERACION DEL METAL DE CCOO, MINISTERIO FISCAL, COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), en reclamación de OTROS DCHOS. LABORALES, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha catorce de noviembre de dos mil siete por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - En la Empresa Naval Gijón S.A. los trabajadores cuentan con representación unitaria que corre a cargo de un Comité de Empresa integrado por nueve miembros, tres pertenecientes al Sindicato Comisiones Obreras (CC.OO), tres al Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) y tres al Sindicato Corriente Sindical de Izquierda (CSI).

    D. Abelardo es uno de los miembros del Comité por el Sindicato CC.OO y desde el 4-5-2007 además miembro de la Ejecutiva de la Federación Regional Minerometalúrgica de ese Sindicado.

    D. Carlos Alberto lo es respectivamente por el Sindicato UGT.

    Desde el 7-6-2007 D. Pedro es Presidente del Comité por CC.OO y Secretario D. Germán por UGT.

  2. - El día 11 de septiembre de 2007 se reúnen en la Sede de Femetal en Gijón responsables de la dirección de Naval Gijón S.A., responsables de las Federaciones Regionales del Metal de CC.OO y UGT, un responsable de Pymar -Pequeños y Medianos Astilleros en Reconversión S.A.- para fijar un calendario de encuentros, que señalaron con periodicidad semanal, en orden a trazar las líneas de la negociación de un acuerdo sobre el cierre de Naval Gijón S.A., que incluía la previsión de prejubilaciones y recolocaciones.

    En la reunión estaban presentes los Sres. Abelardo y Carlos Alberto .

  3. - El día 12 de septiembre el Director de Naval Gijón S.A. D. Inocencio convoca al Comité de Empresa a una reunión, que tuvo lugar a las 13,30 h.

    La Dirección de Naval Gijón manifestó que Pymer había decidió cerrar la Empresa, a la que consideraba en situación financiera de quiebra técnica, que no había respaldo los contraavales exigidos por los armadores para la contratación de la construcción de nuevos buques y que no encontraba empresario que la dirigiese.

    Que por todo ello había decidido claramente cerrar de forma progresiva, para que parte de la plantilla pudiera recolocarse en Factorías juliana y el resto acceder a la prejubilación.

    En el turno de intervenciones D. Evaristo , miembro del comité por la CSI puso de manifiesto que estaban excluyendo a este Sindicato de la negociación en torno al cierre y a las prejubilaciones, En el mismo momento anunció que de continuar con reuniones como la celebrada el día anterior sin llamar a la CSI este Sindicato habría de denunciar tal proceder.

  4. - El día 18 de septiembre se reúnen en la Sede de UGT en Oviedo la Dirección de Naval Gijón S.A., PYmar y las Federaciones Regionales de CC.OO y UGT. Trataron del plan de actuación del Astillero, quecontemplaba el tema de las prejubilaciones, con intercambio de pareceres acerca de franjas de edad y aspectos económicos. También el tema de la recolocación de los trabajadores en Factorías Juliana.

    Estaban presentes los Sres. Abelardo y Carlos Alberto .

  5. - El día 25 las mismas partes se reúne en la Sede de Fade en Oviedo. Entre otras personas asisten miembros de las Federaciones Regionales de CC.OO y de UGT, además de D. Abelardo y D. Carlos Alberto .

    Al lugar, sin previa cita ni convocatoria de clase alguna, acudió D. Evaristo acompañado de dos personas más vinculadas a la CSI, y al interesarse por la reunión a celebrar, de lo que sabían por confidencia de una tercera, recibieron por respuesta que los intervinientes no autorizaban su presencia.

    Una vez más los reunidos trataron del inminente cese de la actividad de Naval Gijón S.A., de particularidades acerca de las prejubilaciones a diseñar y de las posibles recolocaciones.

  6. - Al término de cada una de esas reuniones el Gabinete de prensa...

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