STSJ Cataluña 2083/2006, 9 de Marzo de 2006

PonenteANTONIO GARCIA RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCAT:2006:3144
Número de Recurso240/2005
Número de Resolución2083/2006
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 2083/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Celestina frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Sabadell de fecha 1 de julio de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 240/2005 y siendo recurridos MINISTERIO FISCAL y LUIS RAMO, S.L.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de marzo de 2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 de julio de 2005 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda formulada por Dª. Celestina frente a la empresa LUIS RAMO S.L., en reclamación de despido nulo por discriminación declaro la inexistencia de despido, la extinción de la relación laboral por desistimiento de la empresa en período de prueba y la absolución de la demandada frente a todas las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:" 1º.- La actora Dª. Celestina CON dni Nº NUM000 inició la prestación de sus servicios por cuenta y orden de la empresa Luis Ramo S.L., dedicada a la distribución y venta de gafas de sol y monturas para gafas graduadas, el 21 de octubre de 2004 en virtud de contrato de trabajo a tiempo completo, categoría profesional de responsable de producto y salario anual bruto de 17000 euros distribuidos en 14 pagas, mas una paga de beneficios y un incentivo del 2% bruto sobre el incremento de facturación de cada semestre con respecto al del año anterior mas compensación por pacto de no concurrencia y pacto de confidencialidad, habiendo percibido durante la vigencia de la relación laboral un salario mensual bruto promediado de 1984,86 euros incluida prorrata de pagas extraordinarias. En el contrato se fijó un período de prueba de seis meses (contrato de trabajo y nóminas).

  1. - La empresa solicitó a una agencia de selección un candidato para ocupar el nuevo puesto de responsable de producto integrado en el departamento de compras el 17.09.04, siendo seleccionada la actora que mantuvo entrevista con el representante de la empresa el 08.10.04 fue presentada a los responsables el 15.10.04 e inició su relación laboral el 21.10.04 acompañando al legal representante en un viaje a Paris a una feria, viaje que se había preparado días antes (testifical de la responsable de selección de la oficial general y confesión demandada) .

  2. - Durante los meses de noviembre, diciembre y enero se pusieron en evidencia errores continuos en el trabajo desarrollado por la actora y la queja continua de los representantes y de los responsables en almacén que decidieron a la empresa a proponer a la actora a primeros de febrero una persona responsable del departamento de comparas por encima de ella, a lo que se se negó en rotundo, por lo que a primeros de febrero solicitó al responsable de calidad, que estudia último curso de Químicas en la Universidad, buscara a una persona para reemplazar a la actora y el día 10 de febrero ordenó a la oficial general confeccionara el finiquito de la actora y ordenara a la gestoría la confección del cese a la actora, comunicándole verbalmente el 11 de febrero por la mañana su cese por no superar el período de prueba, momento en que la actora le manifiesta que está embarazada, procediendo a informar a sus compañeros de trabajo de su estado durante la comida y hasta que se le entregó el cese por escrito a última hora de la tarde (docs. 13,14,15,17,18 19,20,21,22 de la demandada carta de cese).

  3. - En fecha 23.2.05 la actora formuló papeleta de conciliación ante la Secció de Conciliacions celebrándose el acto el 10 de marzo con el resultado de intentada sin avenencia".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado, impugnó , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda presentada por la trabajadora accionante, hoy recurrente en suplicación, en reclamación por despido nulo; y declaró la extinción de su contrato con la empresa demandada, por desistimiento de la empleadora por no superar la trabajadora el pactado periodo de prueba. Recurso estructurado a base de "alegaciones", y que como hace ver la empresa impugnante, acumula confusamente "motivos" que pudieron ser "de hecho" con los de derecho.

En aras de la tutela judicial efectiva (art. 24 uno de la Constituc...

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