STSJ Comunidad Valenciana 1363/2008, 5 de Diciembre de 2008

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2008:8328
Número de Recurso193/2004/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1363/2008
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1363/08

En el recurso contencioso administrativo nº 193/04 interpuesto por el Ayuntamiento de Onteniente, representado por el Procurador D. Julio Just Vilaplana y HERNANDIS BONO, S.A. (NOBLEZA DE LA TIERRA, S.L.), representado por la Procuradora Dª Esperanza de Oca Ros contra el presente procedimiento frente al acuerdo adoptado con fecha 10.12.2003 por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia, desestimatorio del recurso de reposición formulado frente al acuerdo tomado el día 18.9.2003 por el precitado Jurado de Expropiación, mediante el que se procedió a fijar en la cifra total de 680.915,03 € el justiprecio de determinados terrenos propiedad de "Hernandis Bono, S.A." (actualmente "Nobleza de la Tierra, S.L."), sitos en el término municipal de Ontiyent, derivado de expropiación interesada por la propiedad en virtud del art. 75.1.c) de la Ley Valenciana 6/1994, de 15 de noviembre (Reguladora de la Actividad Urbanística ), art. 202.2 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio (Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana) y art. 69 del Decreto 1.346/1976, de 9 de abril (Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana); todo ello en relación con terrenos que forman parte de las fincas registrales números 20, 21, 1559 y 5850, inscritas en el Registro de la Propiedad de Ontiyent, habiendo sido parte en los autos, como demandado, el Jurado Provincial de Expropiación de Valencia, representado y asistido por el LETRADO DEL ESTADO y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 3 de Diciembre de 2008.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interponen los dos recursos contencioso-administrativos acumulados en el presente procedimiento frente al acuerdo adoptado con fecha 10.12.2003 por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia, desestimatorio del recurso de reposición formulado frente al acuerdo tomado el día

18.9.2003 por el precitado Jurado de Expropiación, mediante el que se procedió a fijar en la cifra total de 680.915,03 € el justiprecio de determinados terrenos propiedad de "Hernandis Bono, S.A." (actualmente "Nobleza de la Tierra, S.L."), sitos en el término municipal de Ontiyent, derivado de expropiación interesada por la propiedad en virtud del art. 75.1.c) de la Ley Valenciana 6/1994, de 15 de noviembre (Reguladora de la Actividad Urbanística ), art. 202.2 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio (Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana) y art. 69 del Decreto 1.346/1976, de 9 de abril (Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana); todo ello en relación con terrenos que forman parte de las fincas registrales números 20, 21, 1559 y 5850, inscritas en el Registro de la Propiedad de Ontiyent.

A tenor de los respectivos escritos expositivos de las...

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