STSJ Comunidad de Madrid 74/2000, 27 de Enero de 2000

PonenteMARIA ISABEL ALVAREZ TEJERO
ECLIES:TSJM:2000:17319
Número de Recurso21099/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución74/2000
Fecha de Resolución27 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM. 74

En la Villa de Madrid, a veintisiete de enero de dos mil

Vistos por la Señora Magistrado del margen, de esta Sala de lo Contencioso Administrativo de Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 21.099/99, interpuesto por la Procuradora DOÑA Celestina , en su propio nombre y derecho contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de fecha de 19 de Febrero de 1.997, Área de Hacienda, Departamento de Gestión Integrada de Multas exp. NUM000 , por la que se desestima el Recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del Sr. Concejal Delegado del Área de Hacienda de fecha de 9 de Agosto de

1.996; siendo parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Sr. Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 25 de Mayo de 1.999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada, no solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Sr. Granados Bravo para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 17 de Junio de 1.999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, habiéndose solicitando el recibimiento a prueba.

TERCERO

Que, Diligencia de Ordenación de fecha obrantes en los autos se acordó tener por reproducida la prueba documental propuesta por obrar en el expediente, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado por la actora y demandada en fechas, señalándose tras ello fecha para fallo del presente recurso el día 26 de Enero de Dos mil teniendo así lugar.

Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO, en virtud de loestablecido en la Disposición Transitorio, Única, punto 2, de la Ley 6/1.988, de 13 de julio , de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de fecha 19 de Febrero de 1.996, que confirma en alzada la imposición de una sanción por decreto municipal de 9 de Agosto de 1996, al ahora recurrente, por infracción del artículo 91.2-H) del Reglamento General de Circulación , al haber estacionado en doble fila sin conductor el vehículo M-6125-AL.

La impugnación deducida se fundamenta en varias alegaciones y principalmente en la prescripción de la infracción, pues según sus manifestaciones tuvo conocimiento por primera vez de la supuesta infracción el día 20 de septiembre de 1.995, fecha en que se le notifica por el Ayuntamiento demandado la resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 1.996 alegación que se estudia en primer lugar, ya que de haberse producido la prescripción alegada, sería preceptivo la estimación del presente recurso, sin necesidad de estudiar el resto de las alegaciones contenidas en el escrito de Demanda.

SEGUNDO

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