STSJ Murcia 101/2006, 17 de Febrero de 2006

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2006:1389
Número de Recurso1872/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución101/2006
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 101/06 En Murcia a 17 de febrero de dos mil seis.

En el recurso contencioso administrativo nº 1.872/02, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía de 4.808,10 euros., y referido a: sanción en materia de medio ambiente (vertido de aguas residuales).

Parte demandante:

"Agrumexport, SA", representada por la Procurador Dª. María Belda González y defendida por el Abogado D. Higinio Pérez Mateos.

Parte demandada:

La Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. Acto administrativo impugnado:Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura de 17 de octubre de 2002, dictada en el expediente sancionador D-443/2001, que impuso al actor una sanción de 4.808,10 euros de multa por los daños causados al dominio público hidráulico, por la comisión de una infracción leve tipificada en el art. 97 y 116 g) T.R. de la Ley de Aguas 1/2001, de 20 de julio, en relación con el art. 315 j) del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, consistente en haber realizado un vertido de aguas residuales procedentes de la depuradora de la empresa sobre el terreno sin autorización administrativa.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia declarando no conforme a Derecho la sanción impuesta. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau , quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 26-10-02 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 3-2-06.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dirige el actor el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura de 17 de octubre de 2002, dictada en el expediente sancionador D-443/2001, que impuso al actor una sanción de 4.808,10 euros de multa por los daños causados al dominio público hidráulico, por la comisión de una infracción leve tipificada en el art. 97 y 116 g) T.R. de la Ley de Aguas 1/2001 , de 20 de julio, en relación con el art. 315 j) del Reglamento de Dominio Público Hidráulico , consistente en haber realizado un vertido de aguas residuales procedentes de la depuradora de la empresa sobre el terreno sin autorización administrativa.

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