STSJ Andalucía 95/2009, 13 de Enero de 2009

PonenteMARIA ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2009:68
Número de Recurso1157/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución95/2009
Fecha de Resolución13 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

95/2009

Recurso nº 08-1157 (S) Sentencia nº 95/09

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO, PRESIDENTE

DON JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

DON BENITO RECUERO SALDAÑA

En Sevilla, a trece de enero de dos mil nueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 95/09

En el recurso de suplicación interpuesto por IBA MOLECULAR DE ESPAÑA S.A, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm 2. de los de Cádiz, en sus autos núm. 9/07, ha sido Ponente la Iltma. Srª. Magistrada Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Emilia, contra el Servicio Andaluz de Salud, Ge Healthcare Bio Sciencies, Shering España S.A. e Iba Molecular Spain S.A. sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 4 de junio de 2007 por el referido Juzgado, con desestimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

Primero

Dª. Emilia, con D.N.I. NUM000, ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A, en la actividad de "Comercio al por mayor de productos farmacéuticos y medicamentos", con antigüedad de 04.09.03, mediante contrato de trabajo indefinido formalizado en dicha fecha, categoría de Técnico de Unidad de Radiofarmacia (Técnico de Laboratorio), en el Hospital "Puerta del Mar" en Cádiz del S.A.S. y un salario diario prorrateado de 56,44€.

Segundo

Con fecha 14.11.06 la Empresa GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A remite a la actora carta por la que le comunica que a partir del día 15.11.06 se otorga a SHERING ESPAÑA, S.A., o a la Entidad que pudiera sucederle (IBA MOLECULAR, S.A.), la concesión del suministro de radiofármacos y el servicio de gestión de residuos radioactivos en los Hospitales del S.A.S., la cual se subrogaría en dicho servicio que hasta la fecha había venido realizando y que en su condición de nuevo adjudicatario de las citadas unidades quedaría subrogada en su contrato de trabajo, así como en la totalidad de los derechos y obligaciones que hasta la fecha tenía con GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A., bien SCHERING o la Entidad a la que finalmente le fuera adjudicada la gestión (IBA MOLECULAR, S.A.), de acuerdo con lo establecido en el art°. 44 del E.T. y con efectos de 15.11.06.

Tercero

Sin solución de continuidad, con fecha 15.11.06, la Empresa IBA MOLECULAR SPAIN, S.A. pone a la firma de la demandante un nuevo contrato de duración determinada por Obra o Servicio determinado, con efectos de dicha fecha, como Técnico de Laboratorio, grupo profesional 4, cuyo objeto era según su cláusula sexta : (1)"Marcaje, preparación de radiofármacos y resto de tareas administrativas correspondientes al CONCURSO PUBLICO 2204/05 para el suministro de radiofármacos a hospitales del Servicio Andaluz de Salud durante el período de vigencia del Concurso Público adjudicado a la Empresa", (2)"El presente contrato no supone sucesión empresarial ni subrogación laboral respecto a la relación laboral mantenida con la empresa anteriormente adjudicataria del Concurso Público, siendo la actual una relación laboral nueva".

Cuarto

Con una periodicidad de cuatro años, al menos desde 1997, el Servicio Andaluz de Salud viene convocando Concurso Público para la adjudicación de la contratación mixta del Suministro de radiofármacos distintos de la FDG y el Servicio de Gestión de Residuos radioactivos generados por dicha actividad en los Hospitales de su titularidad en Andalucía, entre ellos el Hospital Puerta del Mar de Cádiz.

En las convocatorias celebradas los años 1997 y 2002 el contrato le fue adjudicado a la Empresa GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A. (anteriormente AMERSHAM HEALT, S.A.). El Contrato 3000/2001 formalizado el día 21.06.02 tenía fijada su finalización el día 24.06.06, quedando, no obstante, prorrogado hasta que se produjera la nueva adjudicación del siguiente concurso, que finalizó el 14.11.06.

Quinto

De acuerdo con el Pliego de prescripciones técnicas del Concurso el suministro de los radiofármacos será realizado por la empresa adjudicataria y su preparación por el personal cualificado de la misma en las Dependencias de la Unidad de Radiofarmacia del Hospital del S.A.S., corriendo a cargo de la empresa adjudicataria el equipamiento necesario y exigido para la correcta preparación, conservación, transporte y control de los mismos.

El S.A.S. pone a disposición del adjudicatario, exclusivamente para el uso y tiempo previsto en el contrato, las Unidades de Radiofarmacia de los Hospitales, instalando el adjudicatario a su costa el instrumental necesario y acondicionando las dependencias para la elaboración de los radiofármacos. Todo el material pasaría a propiedad del S.A.S. a la extinción del Contrato, hecho que se produjo tras la finalización del Contrato 3000/2001, con fecha 14.11.06.

Sexto

Con fecha 01.03.05 se acordó por el S.A.S. inicio de un nuevo expediente de contratación.

Por resolución de fecha 29.09.06 se adjudicó a la Empresa SCHERING ESPAÑA, S.A. el citado servicio, que fue formalizado en Contrato de mixto de suministro y servicios con fecha 10.11.05, acordándose como fecha de inicio efectivo de la prestación el día 15.11.06, fecha en que se llevó a cabo.

Séptimo

Con fecha 06.04.06 se formalizó, mediante escritura pública, entre la Empresa SCHERING ESPAÑA, S.A. y la Empresa IBA MOLECULAR SPAIN, S.A., Contrato de Compraventa de activos por el que la primera vendía a la segunda el Negocio de CIS Bio, que incluía todos los activos materiales e inmateriales (empleados del vendedor dedicados a la CIS Bio) en el curso ordinario del Negocio, entre ellos los equipos utilizados en el mismo, los contratos con terceros, los inventarios existentes a la fecha de cierre, todos los datos preclínicos, clínicos y demás datos e informes relativos a la investigación, desarrollo, fabricación, comercialización o venta de cualquier producto que fuera parte del Negocio CIS Bio (bases de datos de clientes), todos los permisos y autorizaciones de comercializacion, licencias, certificados necesarios para la operación, todos los derechos de la propiedad intelectual, bienes inmuebles, etc..

Octavo

A la fecha del 15.11.06, fijada como inicio del Contrato formalizado entre el S.A.S. y SCHERING ESPAÑA, se ha hecho cargo de la ejecución del contrato la Empresa IBA MOLECULAR SPAIN S.A.

Noveno

De acuerdo con lo previsto en el Apartado 8.1.2 del Pliego de Cláusulas administrativas particulares del Concurso "una vez formalizado el contrato, el contratista deberá abonar a la empresa que actualmente viene suministrando los radiofármacos GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A. (anteriormente AMERSHAM HEALT, S.A.), la cantidad de 140.257,30€ en concepto de amortización de los bienes muebles que como consecuencia de la ejecución del contrato ha instalado en los Hospitales de Torrecárdenas, Virgen de la Victoria y Complejo Hospitalario de Jaén o la cantidad que figure en la última resolución del S.A.S. ajustando las amortizaciones pendientes.

Dicha cantidad ha sido abonada por IBA MOLECULAR SPAIN, S.A.

Décimo

De acuerdo con lo estipulado en el Apartado 8.1.8 del Pliego de Cláusulas administrativas particulares del Concurso "El empresario quedará obligado, respecto del personal que emplee para la ejecución de este contrato al cumplimiento de las disposiciones vigentes en cada momento en materia laboral y social, no asumiendo el Servicio Andaluz de Salud vínculo alguno respecto del mencionado personal.

Undécimo

De acuerdo con lo estipulado en el Apartado 8.1.9.1 del Pliego de Cláusulas administrativas particulares del Concurso, salvo en el caso del Hospital Punta Europa, "el S.A.S. pondrá a disposición del adjudicatario, exclusivamente para el uso aquí previsto, y durante el tiempo de vigencia del contrato, las Unidades de Radiofarmacia, equipadas, de los hospitales relacionados, en condiciones para que el adjudicatario inicie la ejecución del contrato".

La reposición de los equipos por obsolescencia, inadecuado funcionamiento u otras que lo aconsejen para asegurar la debida calidad y seguridad en la preparación de los radiofármacos y la gestión de los residuos radioactivos, serían, a instancia del S.A.S., por cuenta del adjudicatario.

Duodécimo

La Empresa GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A. tenía contratados para el cumplimiento del Contrato de Suministro de radiofármacos distintos de la FDG y el Servicio de Gestión de Residuos radioactivos generados por dicha actividad en los Hospitales del S.A.S. a 25 trabajadores, habiendo cesado todos ellos en la citada empresa el 14.11.06.

Decimotercero

De los 25 trabajadores que prestaban sus servicios para la Empresa GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A., 21 de ellos han sido contratados por la Empresa BIO MOLECULAR SPAIN, S.A. para el desarrollo del servicio adjudicado por el S.A.S., entre ellos la actora Da. Emilia

Decimocuarto

Con fecha 08.11.06 la Empresa GE HEALTHCARE BIO SCIENCIES, S.A., remitió escrito a la Empresa SCHERING ESPAÑA, S.A., en el que le comunicaba haber tenido conocimiento a través del S.A.S. del cambio operado en la adjudicación del suministro de radiofármacos y gestión de servicios poniendo en su conocimiento que "En este sentido y conforme a lo establecido en la cláusula 8.1.2 del pliego de condiciones, publicado el 18 de junio de 2006 en el BOE, regulador del concurso otorgado a...

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