STSJ Comunidad Valenciana 2525/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2007:3907
Número de Recurso1944/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2525/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2525/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 1944/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Elche, en los autos núm. 849/2006, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de D. Carlos José , asistido del Letrado D. Eduardo García Ontiveros Cerdeño, contra la UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE, representada por el Letrado D. José Antonio Muñoz-Zafrilla Palomares y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 13 de febrero de 2007 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por Carlos José , defendido por el Letrado GARCIA ONTIVEROS, contra UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE, defendida por el Letrado PEREZ PALOMARES, debo declarar y declaro convalidada la extinción del contrato de trabajo existente entre el actor y la demandada en fecha 30 de septiembre de 2006 y debo absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones formuladas en su contra en el suplico de la demanda que dio origen a las presentes actuaciones.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO: Que el actor Carlos José , mayor de edad, con DNI NUM000 , ha venido prestando sus servicios para la demandada, desde el día 1 de octubre de 1997, como profesor asociado en CC de la Salud en el área de Ginecología y Obstetricia y salario mensual de 246,37 euros. Que el actor ha formalizado con la demandada los siguientes contratos: - Contrato administrativo a tiempo parcial como profesor asociado en CC de la Salud en área de Ginecología y Obstetricia de fecha 1 de octubre de 1997 con plazo de duración desde el 1 de octubre de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997. Que el citado contrato se prorrogó por los siguientes periodos; del 1 de enero de 1998 al 30 de septiembre de 1998 y del 1 de octubre de 1998 al 30de septiembre de 1999 y finalizó por cese en fecha 30 de septiembre de 1999. - Contrato administrativo a tiempo parcial como profesor asociado en CC de la Salud en área de Ginecología y Obstetricia plaza DC NUM001 de fecha 9 de diciembre de 1999 con plazo de duración desde el 29 de noviembre de 1999 hasta el 30 de septiembre de 2000. Que el citado contrato se prorrogó por los siguientes periodos; del 1 de octubre de 2000 al 30 de septiembre de 2001, del 1 de octubre de 2001 al 30 de septiembre de 2002, del 1 octubre de 2002 al 30 de septiembre de 2003, del 1 de octubre de 2003 al 30 de septiembre de 2004 y del 1 de octubre de 2004 al 30 de septiembre de 2005 y finalizó por cese por cambio de contrato. - Contrato laboral a tiempo parcial de 6 horas como profesor asociado en CC de la Salud en área de Ginecología y Obstetricia plaza DC NUM001 de fecha 21 de julio de 2005 con plazo de duración desde el 1 de octubre de 2005 hasta el 30 de septiembre de 2006 y que tiene como objeto atender a las necesidades docentes de naturaleza especial previstas en el Titulo IX de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades.- SEGUNDO : Que en fecha 5 de mayo de 2006 por el Vicerrectorado de Personal de la demandada se remitió escrito al director del Departamento de Salud Pública, Historia de la Ciencia y Ginecología sobre solicitud del correspondiente certificado sobre las necesidades del Personal Docente e Investigador para el curso 2006/2007 requiriendo, entre otros, propuesta de renovación, en su caso, de los profesores cuyo contrato finaliza antes del 31 de diciembre del año en curso. Que en fecha 23 de mayo de 2006 por Luis , Catedrático de Obstetricia y Ginecología y responsable de la División y Área correspondiente de la misma especialidad, se remitió escrito al Director del Departamento de Salud Pública, Historia de la ciencia y Ginecología, que obra en autos y se da por reproducido íntegramente, en el que se propone la renovación de los contratos existentes excepto el correspondiente a Carlos José por "desinterés en las actividades docentes en el Hospital, impartición de conocimientos y actitudes o conducta clínicas y seminarios sin respetar la planificación acordada por el área. Ya en ocasiones previas también hemos informado desfavorablemente su actitud." Que en el citado escrito se propone la no renovación del contrato y que se saque de inmediato a concurso la plaza en la forma reglamentariamente establecida. Que el Consejo de Departamento de Salud Pública, Historia de la Ciencia y Ginecología de la demandada acordó en reunión de fecha 24 de mayo de 2006 proponer "la no renovación de la plaza de profesor asociado DC NUM001 ocupada por Don. Carlos José ( de acuerdo con escrito que se adjunta del responsable del área de conocimiento) y se solicita el inicio de las actuaciones para que salga a concurso dicha plaza DC NUM001 en el momento que esto sea posible una vez ratificada por la Comisión Mixta."- TERCERO: Que en reunión del Consejo de Gobierno de la demandada de fecha 6 de julio de 2006 se aprueba la provisión de concurso de plaza asistencia de personal docente e investigador plaza NUM001 . Obran en autos y se dan por reproducidos íntegramente documentos relativos al procedimiento de provisión de la citada plaza que ha sido adjudicada a Araceli .- CUARTO: Que en fecha 2 de octubre de 2006 se remitió al actor escrito de la demandada de fecha 18 de septiembre de 2006 en el que se indica "me permito dirigirme a Ud. para comunicarle que, tal y como consta en el contrato de trabajo suscrito en su día, el próximo día 30 de septiembre de 2006 finalizará su vinculación laboral con esta Universidad al llegar a su fin la causa para la que fue contratado. Por esta razón, a partir de la fecha indicada quedarán extinguidas las relaciones laborales que mantenemos con Ud. a todos los efectos.".- QUINTO: Que el actor presta servicios como personal estatutario en el Hospital Universitario San Juan de Alicante como Jefe de Sección de Ginecología Obstetricia, siendo Jefe de Servicio del citado departamento Luis , padre de Araceli . Que en el seno de la citada relación contractual se han producido discrepancias entre el actor y Luis en cuanto a la asignación de guardias y turnos de trabajo y en cuanto al trato dado por el actor a una alumna. Que dichas discrepancias se encuentran manifestadas en los documentos nº 18 a 33 de los acompañados a la demanda que se dan por reproducidos íntegramente. Que en fecha 25 de octubre de 2006 Luis , como Jefe de Servicio, informó negativamente, alegando razones de servicio, los permisos solicitados por el actor.- SEXTO: Que por la Dra. Cecilia se recomendó al actor reducir el estrés laboral.- SÉPTIMO: Que el actor no ha ostentado durante el año anterior al despido la condición de representante legal de los trabajadores de la empresa demandada.-OCTAVO: Que en fecha 18 de octubre de 2006 el actor interpuso reclamación previa frente a la demandada que fue desestimada por resolución de fecha 17 de noviembre de 2006.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, habiéndose impugnado en debida forma por la universidad demandada. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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