STSJ Aragón 904/2006, 9 de Octubre de 2006

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2006:1240
Número de Recurso777/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución904/2006
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación núm. 777 de 2006 (autos núm. 739/2005), interpuesto por la parte demandada DRAGADOS, S.A., siendo demandante D. Alejandro , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Zaragoza, de fecha 16 de mayo de 2006, sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Alejandro contra DRAGADOS, S.A., sobre reclamación de cantidad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 1 de Zaragoza, de fecha 16 de mayo de 2006 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por D. Alejandro , contra la empresa "DRAGADOS S.A." condenando a la citada demandada a que abone al actor la cantidad de veinticuatro mil quinientos tres euros con setenta y siete céntimos (24.503,77 €) más el 10% de recargo por mora."

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1°.- El demandante D. Alejandro , con DNI n° NUM000 , ha prestado servicios por cuenta y bajo la dependencia de la demandada "Dragados S.A.", dedicada a la actividad económica de construcción, con la categoría profesional de Técnico Superior (ingeniero), desde el 2.01.1983 hasta el 10.01.2005, desempeñando el puesto de Delegado Regional en Zaragoza. El actor venía percibiendo una retribución fija y, además, una retribución variable, que se ha venido abonando en los primeros meses del año siguiente al que corresponde.2°.- En el mes de marzo de 2004, el demandante recibió del Director de Recursos Humanos de la demandada comunicación del tenor literal siguiente: "Por indicación del Presidente, te informo que tu retribución en el año 2004, para los efectos oportunos, es la siguiente: total bruto anual: 86.203, 51 €. Este importe se abona distribuido en 14 pagas; Bonus: 8.620, 35 €: El bonus se abona en el mes de septiembre. En consecuencia: retribución fija total, 94.823, 86 €. La retribución variable estándar sirve de referencia para el cálculo del variable real. Este se fija en función del cumplimiento de objetivos anuales, tanto individuales como colectivos. Retribución variable estándar. 24.503, 77 €".

  1. - La retribución variable se rige por las normas internas de la empresa, contenidas en el documento n° 6 aportado por la demandada, que se da por reproducido en su integridad. De éste, y por lo que aquí interesa, se destaca que se trata de un concepto aplicable a las personas que se considere, respecto de las que, además, puedan fijarse claramente objetivos medibles, que ocupen puestos con repercusión directa especial en el cumplimiento de los objetivos de las unidades y que su retribución fija, salvo excepciones, supere los 6 millones de pesetas. Para establecer dicho importe, se asigna a cada persona que tenga remuneración variable una remuneración variable estándar (RVS), obteniéndose la remuneración variable anual (RVA) en función del cumplimiento de los objetivos individuales, de los objetivos anuales de la Unidad y de los anuales del Grupo, con la siguiente fórmula: RVA=RVS (OIO+OIS), donde OIO mide el grado de cumplimiento de los objetivos individuales y OIS la apreciación del jefe sobre el desarrollo de la función del empleado. El cumplimiento de OIO supone asignar un valor de 0,5, sin que pueda exceder de1, 2, y el del OIS supone asignar un valor de 0,5, con un máximo de 0,8. Si OIS es 0, el sumando OIO y también la RVA tendrán valor 0, y OIS no puede ser superior a OIO. A tenor de las mismas indicadas normas, los objetivos individuales, una vez aprobados, deben exponerse por el jefe directo en reunión individual con cada uno de sus colaboradores, en la que además deben ser expuestos los criterios del resto de su remuneración variable, procurando realizar en una única entrevista la asignación de objetivos y la comunicación del variable real a percibir aprovechando

  2. -Obra en autos certificación del Director de Obra Civil de la demandada, en que consta que los objetivos de la Delegación de Obra Civil de Aragón de la demandada para el año 2004 fueron establecidos en diciembre de 2003, si bien fueron modificados, a la baja, en el mes de junio de 2004, con motivo de la fusión con el Grupo ACS, quedando establecidos en: producción 100,00 millones de euros, y resultado, -6,6 millones de euros. No consta que tales objetivos fueran comunicados al demandante.

  3. - Tras la fusión entre la demandada y el Grupo ACS, al demandante le fue retirado el vehículo que la empresa tenía puesto a su disposición, por lo que en el mes de junio de 2004 se le abonó la cantidad de

    41.000 € en concepto de indemnización por la retirada de dicho vehículo.

  4. - El actor no ha percibido de la demandada cantidad alguna en concepto de retribución variable correspondiente al año 2004. En los años precedentes ha percibido por el indicado concepto, los importes que se señalan, abonados todos ellos en los meses del primer trimestre del año siguiente al devengo, indicándose asimismo el importe fijado como retribución variable estándar en cada año:

    añoimporte percibidovariable estándar

    200015.626,31 € no consta

    200130.758,00 € no consta

    200227.950,00 € 21.500,00 €

    200323.650,00 € 24.503,77 €

  5. - Obra en autos certificación emitida por el Director de Obra Civil de Dragados S.A. en la que se especifica que al cierre del ejercicio 2004, la Delegación de Aragón alcanzó una producción de 95,7 millones de euros, y resultados de -15,7 millones de euros. No obstante, la producción global de la empresa, en el mismo ejercicio, ha aumentado.

  6. - Numerosos empleados de la demandada, pertenecientes a la Delegación de Aragón, han percibido, en los meses de febrero y marzo de 2005 el importe correspondiente a la retribución variable de 2004, en importe superior a la percibida en el año 2003. Dos compañeros del actor, del dentro de trabajo C/ Capitán Portolés de Zaragoza, han percibido, en concepto de retribución variable del año 2004, 4.500...

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