STSJ Castilla y León 450/2007, 13 de Junio de 2007

PonenteCARLOS JOSE COSME MARTINEZ TORAL
ECLIES:TSJCL:2007:3139
Número de Recurso318/2007
Número de Resolución450/2007
Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº: 450/2007

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María Teresa Monasterio Pérez

PresidentaIlmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Magistrado

Ilmo. Sr. D. Ignacio de las Rivas Aramburu

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a trece de Junio de dos mil siete.

En el recurso de Suplicación número 318/2007, interpuesto por DOÑA Bárbara , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Segovia, en autos número 102/2007, seguidos a instancia de la recurrente, contra la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, en reclamación sobre Pensión. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Martínez Toral que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 9 de abril de 2007 , cuya parte dispositiva dice: Desestimo la demanda presentada por Dª Bárbara contra la Gerencia Regional de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, y les absuelvo de las pretensiones deducidas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

En el expediente administrativo de la gerencia codemandada NUM000 , la resolución de 4-X-2006 reconoció a Dª Bárbara -nacida el 1-IX-1936- el derecho a la prestación de invalidez no contributiva de invalidez en la cuantía de 40.260 ptas. mensuales, con fecha de efectos el 1-VIII-2000.

La unidad económica de convivencia de la beneficiaria estaba formada por el cónyuge, D. Luis Pedro -perceptor de una pensión de jubilación derivada de incapacidad permanente absoluta-, y el hijo común, D. Constantino -nacido el 29-I-1978-, y residía en la localidad de Otero de Herreros (Segovia), y posteriormente, el 27-IX-2000, trasladó su domicilio a Plza./ DIRECCION000 , nº NUM001 , DIRECCION001

- NUM002 , de Segovia.

En el expediente administrativo del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad NUM004 , el dictamen técnico facultativo de 8-I-2007 le asignó un grado de discapacidad global de 41%, ponderó los factores sociales complementarios en 5,5 puntos y movilidad reducida 0 puntos, y la resolución de 8-I-2007 le reconoció un grado total de minusvalía de 47%, ponderando la movilidad reducida y necesidad de concurso de 3ª en 0 puntos. (Los expedientes y certificación de empadronamiento se dan por reproducidos).

SEGUNDO

En el ejercicio de 2004, no consta que la actora y su cónyuge presentaran declaración de I. R. P. F.

En la declaración individual del I. R. P. F. de 2004, presentado por D. Constantino , figura el domicilio sito en la Plza./ DIRECCION002 , nº NUM003 , de Palazuelos de Eresma (Segovia), de la que es titular junto al garaje anexo.

En el catastro figura D. Constantino como titular de la finca urbana descrita arriba, y en el informe vecinal del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma consta que tiene fijada su residencia desde hace 2 en la finca anterior, radicada en el municipio mencionado.

D. Constantino presta sus servicios a la orden y cuenta de la empresa Clemente González, S. L., desde 1-II-2003, con una remuneración de 12.078,61 euros anuales en 2005. (Las certificaciones fiscales y catastrales e informe vecinal se dan por reproducidas).

TERCERO

En el procedimiento de revisión de pensión de invalidez no contributiva, los ingresos o rentas anuales que figuran, son: en los años 2005 y 2006, en recursos propios anuales del interesado computables, 81,70 y 84,73 euros; en recursos de la unidad económica computables, 6.575,07 y 6.707,26 euros; en miembros de la unidad familiar, 2; en límite de ingresos propios, 4.043,06 y...

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