STSJ Cataluña 270/2007, 16 de Enero de 2007

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL
ECLIES:TSJCAT:2007:1065
Número de Recurso7718/2006
Número de Resolución270/2007
Fecha de Resolución16 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 270/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Girona de fecha 26 de junio de 2006 dictada en el procedimiento Demandas nº 293/2006 y siendo recurrido/a Angelina . Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de abril de 2006 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 26 de junio de 2006 que contenía el siguiente Fallo:

Estimando la demanda que da origen a estas actuaciones presentada por Angelina , debo declarar y declaro improcedente el despido POR MOTIVOS DE FORMA/FONDO de la actora ocurrido el 6 de marzo de 2006, y condenando a la empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS S.A. a estar y pasar por esta declaración y a que a su opción, que deberá ejercitar en el término de los cinco días siguientes ala notificación de esta resolución y por mediación de este Juzgado, readmita a Angelina , en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido, o bien le indemnice con 6.739,2 euros,entendiéndose que de no efectuar dicha opción procede la readmisión, y con abono en ambos casos de los salarios dejados de percibir desde que el despido tuvo lugar hasta la notificación de esta sentencia, a razón de un salario diario de 74,88 euros.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La actora Angelina con DNI NUM000 ha venido prestando sus servicios por cuenta de la empresa demandada desde día 8 de marzo de 2004 y lo ha hecho en la categoría profesional de Encargada de Centro y debiendo percibir un salario en cómputo anual de 74,88 euros/día por todos los conceptos, con inclusión de pagas extraordinarias. (Incontrovertido).

SEGUNDO

La modalidad contractual lo fue como contrato de duración determinada por interinidad y en concreto por sustitución de trabajador con derecho a la reserva de puesto de trabajo, para sustituir al trabajador Oscar .

En la cláusula adicional 1ª de este contrato de fecha 8/3/04 , se hacía constar que "L'objecte del present contracte és la substitució per excedència Sr. Oscar que comença el dia 18 d'abril de 2.004". (Folio

41).

TERCERO

Sr. Oscar solicitó la excedencia voluntaria por dos años por motivos familiares. (Folio 29 y 30).

CUARTO

En fecha de 6/3/06 la empresa comunicó al actor/actora la finalización de la relación laboral mediante sendos escritos con el siguiente tenor literal: "De acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera de su contrato de trabajo de fecha 8 de marzo de 2004 y registrado en la oficina de trabajo de LA BISBAL D'EMPORDA en fecha 8 de marzo de 2004, con el número 489711, le comunicamos que el mismo quedará rescindido con fecha 17 de abril de 2006, fecha en la que finalizará la Excedencia de D. Oscar .- Lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos rogándole la firma del duplicado de la presente en prueba de recepción del original.- Sin otro particular, muy atentamente".- "Como continuación a nuestro escrito de fecha 14 de marzo de 2006, mediante el cual le comunicábamos la finalización de su contrato de trabajo para el próximo día 17 de abril de 2006, por medio de la presente, le comunico, que desde el momento que reciba la presente notificación, dispone usted de permiso retribuido hasta el día 17 de abril de 2006, fecha en la que finaliza su contrato de trabajo.- Así mismo, le ruego que ponga a disposición de la empresa, el teléfono móvil de la misma, las llaves del vehículo, las llaves de las instalaciones y toda la documentación de la empresa, que obre en su poder por razón de su cargo.- Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos, rogándole la firma del duplicado de la presente en prueba de recepción del original....

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