STSJ Cataluña 153/2009, 13 de Enero de 2009

PonenteENRIQUE JIMENEZ-ASENJO GOMEZ
ECLIES:TSJCAT:2009:151
Número de Recurso8417/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución153/2009
Fecha de Resolución13 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG :

nc

ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL

ILMO. SR. EMILIO DE COSSIO BLANCO

ILMO. SR. ENRIQUE JÍMENEZ ASENJO GÓMEZ

En Barcelona a 13 de enero de 2009

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 153/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Braulio y otro frente a la Sentencia del Juzgado Social 15 Barcelona de fecha 11 de junio de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 882/2003 y siendo recurrido/a -T.G.S.S.- (Tesorería Gral. Seguridad Social), -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y Terminales Quimico, S.A. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. ENRIQUE JÍMENEZ ASENJO GÓMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17 de noviembre de 2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Accidente de trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 11 de junio de 2007 que contenía el siguiente Fallo:

Estimo íntegramente la pretensión principal de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Terminales Químico SA, y, en su consecuencia debo revocar y revoco la Resolución del INSS de 19 de mayo de 2003, que acordó declarar la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el accidente de trabajo sufrido por Don Esteban el día 5 de agosto de 2002 así como la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social derivadas de dicho accidente fuesen incrementadas en el 50% de recargo, que dejo din efecto, condenando a las demandadas a estar y pasar por la anterior resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Don Esteban, mayor de edad, nacido el día 14 de octubre de 1975, prestó servicios por cuenta de la empresa demandante, Terminales Químicos SA desde el día 5 de agosto de 1999, teniendo reconocida la categoría profesional de operario planta.

  1. - Don Esteban sufrió un accidente de trabajo en fecha 5 de agosto de 2002, mientras prestaba servicios en el centro de trabajo de Terminales Químico SA en el puerto de Barcelona. A resultas de dicho accidente el trabajador falleció el día 22 de septiembre de 2002.

  2. - La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social extendió acta de infracción y promovió expediente de recargo de prestaciones, tramitado ante el INSS con audiencia de las partes. Por Resolución del INSS de 19 de mayo de 2003 se acordó declarar la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el accidente de trabajo sufrido por Don Esteban el día 5 de agosto de 2002 así como la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social derivadas de dicho accidente fuesen incrementadas en el 50% de recargo con cargo a la empresa Terminales Químicos SA y la aplciación del mismo recargo a las prestaciones que, derivadas de dicho accidente, pudieran reconocerse en el futuro.

  3. - Contra la anterior Resolución la empresa demandante interpuso reclamación previa el día 11 de julio de 2003, que fue expresamente desestimada por Resolución de 29 de septiembre de 2003.

  4. - El accidente de trabajo sufrido por el trabajador Don Esteban acaeció bajo las siguientes circunstancias: el día 5 de agosto de 2002 se ordenó la transferencia del percloretileno contenido en el tanque T-124 al tanque T-109; la operación fue realizada por los operarios Don Alfredo y Don Jose Ángel, quienes dejaron el tanque T-124 vacío del referido producto e inundado con atmósfera de nitrógeno; hacia las 13:30 horas comenzaron a extraer los tornillos de la tapa de boca de hombre que existe en la parte inferior del tanque, comprobando que del interior salía presión; de ello informaron a Don Baltasar, quien ordenó el cierre de la válvula reguladora de entrada de nitrógeno e indicando a dichos trabajadores que marcharan a comer puesto que acababan su turno. La operación fue continuada por Don Darío y Don Esteban, quienes fueron informados por Don Alfredo de la situación en que habían dejado el tanque T-124.

    Don Baltasar indicó a Don Darío y Don Esteban que terminaran la apertura de la boca de hombre del tanque T-124 para ver como se hallaba el achique del mismo así como que le avisaran cuando el tanque estuviera abierto, lo que así hicieron; el Sr. Baltasar se personó, pudiendo comprobar que quedaba aproximadamente un centímetro de líquido en el fondo; ordenó que, mientras se vaciaba dicho líquido, abrieran la boca de hombre del tanque T-123 (vacío y limpio) y que, una vez terminada esa tarea, diesen un par de cepillados desde el exterior de la boca de hombre al fondo del tanque T-124 y soplaran la tubería hacia el tanque T-109 para vaciarla.

    El cepillado consiste en impulsar el líquido desde el exterior, utilizando para ello un rastrillo no dentado que se introduce por la boca de hombre, con el fin de impulsar el líquido, logrando un movimiento ondulado y circular hacia el sumidero de vaciado. En la operación de cepillado utilizaron un cepillo o rastrillo unido a un palo de aproximadamente dos metros.

    Los trabajadores efectuaron las anteriores operaciones y procedieron al cepillado del fondo del tanque T-124, situándose fuera de la boca de hombre y llevando máscara facial con filtro A2B2P3, contra los vapores de percloretileno. El Sr. Darío se dirigió hasta donde se encuentran las válvulas para su cierre y soplado de tuberías, quedando solo a pie de la boca de hombre del tanque T-124 el Sr. Esteban. Dado que el Sr. Darío dejó de ver al Sr. Braulio, se acercó hasta la boca de hombre del tanque T-124, encontrándolo con la cabeza y el cuerpo en el interior del tanque y los pies fuera del mismo, por lo que intentó sacarlo tirando de los pies pero sin éxito, al estar el cuerpo del Sr. Esteban trabado en los serpentines que existen el fondo del tanque. El Sr. Darío dió la voz de alarma, produciéndose la movilización general inmediata y llegando una ambulancia hacia las 15:00 horas, intentando la reanimación y conduciendo al Sr. Esteban al Hospital Clínic.

    El Sr. Esteban llevaba puesta la máscara facial cuando le secaron del interior del tanque T-124, si bien la pantalla estaba rajada, acaso por el golpe dado con la cabeza en el serpentín del fondo del tanque. Presentaba señales de golpe en la frente. Posteriormente en el centro hospitalario pudo verificarse qye también presentaba un golpe en el occipital.

    Tras el accidente se cerró la boca de hombre del tanque T-124, abriéndose más tarde para medir el contenido de oxigeno, que resultó ser de 11%. La falta de oxigeno por debajo del 15% resulta asfixiante.

    El tanque T-124 tiene forma cilíndrica, de 12 metros de altura por 5'6 metros de diámetro, con una capacidad total de 300 metros cúbicos; se ubica sobre una base o peana de hormigón de 75 centímetros de altura. La boca de hombre tiene un diámetro de 70 centímetros y situada a 60 centímetros de la base del tanque.

    La Inspección de Trabajo supone que el Sr. Esteban introdujo parte de su cuerpo en el interior del tanque para mover el líquido existente. Igualmente supone que, ante la sensación de asfixia, pues la máscara no le protegía frente a la falta de oxigeno, intentó salir, golpeándose en el occipital con la parte interior de la boca de hombre; cree que por ello perdió el conocimiento y acabo de caer en el interior del tanque, respirando una atmósfera con falta de oxigeno y vapores de percloretileno como consecuencia de la rotura de la mascara protectora.

  5. - El accidente de trabajo ha dado lugar a las prestaciones de muerte y supervivencia, viudedad y orfandad, de las que resultan beneficiarios...

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