STSJ Comunidad de Madrid 536/2007, 18 de Septiembre de 2007

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJM:2007:12318
Número de Recurso3258/2007
Número de Resolución536/2007
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 536/07

En el recurso de suplicación nº 3258/07, interpuesto por SOLDENE, S.A., representado por la Letrada Dª. Alicia Castañeda Fariñas, contra la sentencia nº 91/07 dictada por el Juzgado de lo Social Número 18 de los de Madrid, en autos núm. 50/07, siendo recurrido Dª. Inmaculada , representado por el Letrado D. Ángel Cózar Rodríguez, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Dª Inmaculada contra SOLDENE, S.A., en reclamación por DESPIDO, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 1 DE MARZO DE 2007 , en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO. Dª Inmaculada ha prestado servicios para la empresa SOLDENE, S.A., con categoría de Limpiadora, antigüedad 1 de abril de 2004 y salario mensual con prorrata de 550,46 euros.El contrato lo es a tiempo parcial, 25 horas semanales, de lunes a viernes, de septiembre a junio.

SEGUNDO

Se le notifica, el 5 de diciembre de 2006, el despido imputando como hechos:

"De este modo, hemos podido acreditar como el pasado día 20 de noviembre, se vio inmersa en un grave incidente con su compañera de centro Dª Nuria , en el transcurso del cual ambas se insultaron y agredieron mutuamente.

Tales hechos fueron puestos en conocimiento de la empresa por D. Juan Ignacio , Encargado de los Colegios públicos de Ciudad Lineal, quien mientras que se estaban produciendo los hechos, recibió una llamada telefónica de su compañera y Delegada sindical, Dª María Milagros , pidiéndole que se personara urgentemente en el centro y pusiera fin al altercado.

Una vez en el Colegio, Dª María Milagros , que también resultó afectada con un fuerte golpe en la pierna izquierda, le manifestó que ambas trabajadoras se habían enzarzado en una fuerte discusión mientras subían las escaleras, y que ella, al ver que los insultos, algunos incluso de carácter racista, derivaban en agresiones físicas, había intentado separarlas, consiguiendo por todo resultado que cayeran las tres al suelo, y continuaran insultándose.

Tras hablar con todas las implicadas, D. Juan Ignacio se dirigió al despacho de la Directora del Colegio, Dª Lidia , y ésta, no sólo le confirmó la veracidad del incidente, haciendo especial hincapié en el hecho de que se hubiera producido en presencia de profesores, padres de alumnos, e incluso de los niños que en ese momento se encontraban en el centro, sino que le trasladó su intención de informar del mismo a la Junta Municipal y a la empresa.

Al día siguiente, recibimos en nuestras oficinas centrales, copia del escrito que Dª Lidia había enviado a Dª Marta , Secretaria General de la Junta Municipal de Ciudad Lineal, en el que denunciaba el "incidente violento protagonizado por dos trabajadoras de la empresa SOLDENE, S.A., Dª Nuria y Dª Inmaculada , con agresiones físicas en presencia de profesores, padres de alumnos e incluso niños", y al que califica como "intolerable", por haberse producido en un "centro educativo donde todos los adultos que desarrollan su labor profesional han de ser ejemplo constante para los alumnos".

(Folios 5 y 6).

TERCERO

SOLDENE, S.A. es una empresa de servicios y presta servicios de limpieza en el Colegio Público Carlos V de Madrid.

CUARTO

El 20 de noviembre de 2006, sobre las 16,15 h., dos trabajadoras de la limpieza de la empresa SOLDENE, S.A., Dª Nuria y Dª Inmaculada , protagonizaron un incidente violento entre ambas con agresiones físicas y verbales en presencia de profesores, padres de alumnos e incluso niños.

El profesorado que se encontraba reunido, al oir los gritos, salió al pasillo donde se estaban produciendo los hechos descritos e intentó tranquilizar a las dos trabajadoras.

QUINTO

Dª Nuria solicitó la baja voluntaria.

SEXTO

El 20 de noviembre de 2006, subían por la escalera Dª Inmaculada y Dª María Milagros ; salió Dª Nuria de un aula y se inició una fuerte discusión, y las dos se pegaron e insultaron mutuamente. Intervino Dª María Milagros , que era representante de los trabajadores, y recibió un golpe en la pierna.

La fuerte discusión es escuchada por dos niños, un profesor, la Directora y ante la discusión subieron padres de niños.

SEPTIMO

Dª María Milagros llamó al encargado para que acudiera ante la discusión, y cuando iba hacia el colegio, volvió a recibir una llamada de Dª María Milagros diciéndole que Dª Nuria seguía insultando a Dª Inmaculada llamándole "negra vete a tu país" y que el conserje se había metido por medio. Al llegar al colegio, el encargado pidió explicaciones y Dª Inmaculada dijo "yo ya no voy a hablar nada" y Dª María Milagros le dice que Dª Nuria se enganchó a Dª Inmaculada y que, al separarlas, cayeron al suelo recibiendo Dª María Milagros , un golpe.

Dª Nuria le dijo que Dª Inmaculada le había escupido y que estaba harta.El conserje dijo que él no había hecho nada.

Dª Nuria le dice que recibió un golpe en la cabeza y Dª Inmaculada que le dolía el cuello.

OCTAVO

La empresa pidió, el 28 de noviembre de 2006, informe detallado a Dª María Milagros , Delegada sindical, de lo sucedido y Dª María Milagros hizo constar: "Según el acuerdo verbal 23/11/06 de Catalina (Asesora sindical U.G.T.) y Emilio y María Milagros me comprometo a lo hablado por telef. con Don. Emilio " (folio 67), y no emitió informe por escrito.

NOVENO

La Directora del Colegio se quejó de lo sucedido y solicitó el cambio de las trabajadoras del centro.

DECIMO

Se sigue juicio de...

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