STSJ Galicia 3203/2008, 15 de Septiembre de 2008

PonenteISABEL OLMOS PARES
ECLIES:TSJGAL:2008:4076
Número de Recurso943/2008
Número de Resolución3203/2008
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Social

sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de LUGO siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ISABEL OLMOS PARES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Luis Manuel en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000531 /2007 sentencia con fecha doce de Diciembre de dos mil siete por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante D. Luis Manuel , con D.N.I. nº NUM000 , afiliado al Régimen General de la Seguridad Social como gerente de empresa de comercio al por menor, inició en fecha 16 de mayo de 2006 un proceso de incapacidad temporal, con diagnóstico de depresión y ansiedad.- SEGUNDO.- El 21 de mayo de 2007 el demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL acordó emitir el alta médica del demandante a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal, consignando el diagnóstico de trastorno depresivo ansioso crónico.- TERCERO.- El actor formuló reclamación previa en fecha 12 de junio de 2007, que fue desestimada en resolución de 2 de julio de 2007."TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por D. Luis Manuel , debo absolver y absuelvo a los demandados INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGRIDAD SOCAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones contenidas en la misma."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Interpone recurso la representación procesal del demandante contra la sentencia de instancia que desestimó la pretensión deducida en la demanda, en la que se postulaba el reconocimiento de incapacidad permanente, en el grado de absoluta o subsidiariamente total, construyéndolo a través de dos motivos de Suplicación, amparado el primero en el art. 191 b) de la L.P.L y el segundo en el art. 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral , en el que denuncia infracción del art. 136 y 137 de la Ley General de la Seguridad Social , por estimar que las dolencias que padece el actor lo incapacitan de manera permanente y de forma absoluta o subsidiariamente total para su profesión habitual de gerente en una empresa de comercio al por menor.

Segundo

En el apartado de la revisión de los hechos declarados probados, se solicita la revisión del apartado de hechos probados de modo que se añada un nuevo hecho probado, que sería el cuarto con el siguiente contenido: "Don Luis Manuel sufre depresión mayor cronificada con componente ansioso en enfermedad orgánica ( síndrome de apnea obstructiva del sueño). Gonartrosis bilateral grado IV. Cervicoartrosis severa con mayor afectación de C3 a C7 y enfermedad de Milwakee en hombro izquierdo, con rotura masiva del manguito rotador y artropatía degenerativa glenohumeral y acromioclavicular. En hombro derecho rotura completa del manguito rotador con osteoartritis acromio clavicular".

Funda la anterior revisión el Informe médico obrante al folio 20 de los autos emitido por el Psiquiatra Doctor Augusto así como informes previos del mismo doctor obrantes a los folios 17 y 18. Asimismo se funda en los Informes obrantes a los folios 21 y 22 del Neumólogo Dr. Juan Alberto por lo que se refiere a la apnea obstructiva del sueño. Por lo que se refiere a la patología artrósica se apoya en los folios 23 a 28 inclusive que se corresponden con RNM efectuadas al actor desde el año 1999. Y por último alega el Informe emitido por el traumatólogo Dr. Jose Pablo .

El juez por su parte no ha incluido de forma expresa en el apartado de hechos probados el cuadro clínico del actor pero si lo ha efectuado en fundamentos de derecho con indudable valor fáctico señalando que el actor padece una depresión mayor con componente ansioso en enfermedad orgánica, síndrome de apnea obstructiva del sueño a tratamiento y afectaciones respiratorias y...

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