STSJ Asturias 333/2007, 26 de Enero de 2007

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2007:572
Número de Recurso2602/2006
Número de Resolución333/2007
Fecha de Resolución26 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0002602 /2006, formalizado por la Letrada Dª. MARINA PINEDA GONZALEZ, en nombre y representación de UNION GENERAL DE TRABAJADORES U.G.T., y la Letrada Dª. NURIA FERNANDEZ MARTICEZ en nombre y representación de COMISIONES OBRERAS (PARTE INTERESADA), contra la sentencia de fecha veintidós de mayo de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000211 /2006, seguidos a instancia de COMISIONES OBRERAS (PARTE INTERESADA) y UNION GENERAL DE TRABAJADORES U.G.T. frente a ITMA EMPRESA DE SERVICIOS, S.L., parte demandada representada por el letrado Gaspar , en reclamación de CONFLICTO COLECTIVO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintidós de mayo de dos mil seis por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La empresa LACERA SERVICIOSY MANTENIMIENTO, S.A., dedicada a la actividad de limpieza, venía prestando en virtud de concurso público, el servicio de limpieza del Instituto de Enseñanza Secundaria de la Universidad Laboral (IES), ocupando un plantilla de 48 trabajadores.

  2. - Comunicada por la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias su intención de limitar el alcance del contrato de servicio de limpieza del Centro con ocasión de la remodelación de las dependencias de la Universidad Laboral de Gijón, las cuales pasarían a ser utilizadas por distintas entidades, públicas o privadas a ella ajenas y resultando imposible para la empresa mantener los contratos de trabajo vigentes, se inició expediente de regulación de empleo, tramitado con el número NUM000 . En fecha 15 de septiembre de 2005, se dictó Resolución por la Dirección General de Trabajo, por la que se autorizaba la extinción de los contratos de trabajo de los 48 trabajadores con efectos al 12 de septiembre de 2005 entre a empresa y los representantes legales de los trabajadores, respetando el orden de incorporación de los trabajadores incluidos en la lista que como anexo 2 se acompañaba, con los datos de las condiciones de trabajo y derechos laborales que habrían de serles respetados, en particular su antigüedad y jornada laboral.

  3. - En virtud del acuerdo de fecha 12 de septiembre de 2005, se procedió a la reincorporación inmediata de diecinueve trabajadores, de los cuales diez continuaron prestando servicios en el IES Universidad Laboral (Edificio INTRA). De estos trabajadores cinco son miembros del Comité de Empresa, dos en representación de UGT, dos de CCOO y uno de USO, habiendo sido designados en elecciones celebradas el 18 de noviembre de 2003.

  4. - En la actualidad en el recinto de la Universidad Laboral radica el IES Universidad Laboral el INTRA y el Centro de Formación Profesional, espacios estos asignados a la Consejería de Educación y Ciencia. El resto se encuentra destinado a los Centros de Televisión Autonómica, de Teatro e Instituto de Arte Escénicas y Centro de Arte, que ocupan distintas dependencias, así como a oficinas diversas, zonas de patios y espacios comunes y a la propia Universidad.

  5. - En el mes de noviembre de 2005, el contrato de limpieza del IES Universidad Laboral fue sacado a concurso y adjudicado a la demandada ITMA. EMPRESA DE SERVICIOS, S.L., que se subrogó en el contrato de diez trabajadores de ese Centro, conforme al pliego de condiciones técnicas y administrativas para el concurso del servicio de limpieza que obra unido a autos...

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