STSJ Asturias 1971/2006, 9 de Junio de 2006

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2006:4226
Número de Recurso260/2006
Número de Resolución1971/2006
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

Resumen:

DERECHOS FUNDAMENTALES

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01971/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN

N.I.G: 33044 34 4 2006 0100141, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000260/2006

Materia: DERECHOS FUNDAMENTALES

Recurrente/s: CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE (MINISTERIO DE MEDIO

AMBIENTE)

Recurrido/s: Luis Angel , MINISTERIO FISCAL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO DEMANDA 0000781/2005

Sentencia número: 1971/06

Ilmos. Sres.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a nueve de Junio de dos mil seis, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los

Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española ,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000260/2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación de CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE (MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE), contra la sentencia de fecha veintitrés de noviembre de dos mil cinco , dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000781/2005, seguidos a instancia de Luis Angel frente a CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE (MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE), MINISTERIO FISCAL, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª., en reclamación por tutela de derechos fundamentales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintitrés de noviembre de dos mil cinco por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - En fecha 12 de septiembre de 2005 el Juzgado de lo Social nº 2 de esta localidad dictó sentencia, en este momento firme, cuyo fallo es del siguiente tenor literal "que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Luis Angel contra la Confederación Hidrográfica del Norte (Ministerio de medio Ambiente) la empresa Control, ingeniería y servicios Seinco y declaró que el actor es personal laboral indefinido de la Confederación Hidrográfica del Norte con la categoría de ingeniero superior, con una antigüedad desde el 26 de septiembre de 1993 y con todos los derechos inherentes, y condeno a la citada Confederación a estar y pasar por tal declaración y a abonar al actor en concepto de antigüedad devengada desde febrero de 2003 a marzo de 2004 761,92 euros. Absuelvo a Control, Ingeniería y Servicios S.A. Librese testimonio de la demanda, de toda la documentación aportada por el actor y de la sentencia a la inspección de trabajo", copia de tal sentencia obra unida al ramo de prueba de la parte actora dándose su contenido por íntegramente reproducido.

  2. - Tal sentencia fue consecuencia de la reclamación previa presentada a la Confederación Hidrográfica del Norte el día 22 de marzo de 2005 en la que se solicitaban que se reconociese que la relación que une a las partes des de carácter laboral indefinida, con las consecuencias legales a que ello de lugar, en especial las relativas a seguridad social y reconociendo a efectos de antigüedad los servicios prestados y abono de las retribuciones por antigüedad reclamadas y que se contraen en 4.207 euros del último año y posterior demanda presentada en el Juzgado Decano de Oviedo el 8 de abril de 2005 .

  3. - Durante el tiempo que el actor vino prestando servicios para la Confederación Hidrográfica del Norte intervino en distintas obras por mandato de esta y en concreto en el año 2004 lo hizo en el mes de enero en los ríos Nalón y Nora, en febrero y marzo en el Río Nalón, en abril en el Ríos Nalón y Nora, en mayo y junio en el río Nalón, en julio y agosto en los Ríos Nalón y Nora, en septiembre y octubre en el Río Nalón y en Noviembre y diciembre en el Río Nora. Durante el año 2005 los trabajos se desempeñaron en el mes de enero en los ríos Nora, ESVA y Nalón y en el mes de marzo en el Rió Nalón. Durante este tiempo percibió de la empresa Seinco las siguientes facturas: el día 21 de octubre de 2004 3.693,50 euros; otra el día 3 de noviembre del mismo año por importe de 3.693,50 euros; el 15 de diciembre de 2004 11.080,50 euros; el 4 de febrero de 2005 7.387 euros y el 31 de marzo de 2005 la cantidad de 7.387 euros.

  4. - Desde últimos del mes de marzo del año en curso al demandante no se le ha encargado la realización de ningún trabajo ni se le ha abonado cantidad alguna.

  5. - El día 10 de octubre de 2005 el Subdirector de recursos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR