STSJ Asturias 3115/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2007:3387
Número de Recurso3037/2006
Número de Resolución3115/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº: 3115/07

ILTMOS. SRES.

D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ

D. LUIS CAYETANO FERNÁNDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a seis de Julio de dos mil siete, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los

Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguienteSENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0003037/2006, formalizado por el Letrado MARIA ISABEL GONZÁLEZ GÓMEZ, en nombre y representación de IBERMUTUAMUR, contra la sentencia de fecha veintiuno de junio de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJÓN en sus autos número DEMANDA 0000867/2005, seguidos a instancia de Lorenza frente a SESPA, IBERMUTUAMUR, I.N.S.S, T.G.S.S, CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES, parte demandada, en reclamación de INCAPACIDAD TEMPORAL, siendo Magistrado- Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiuno de junio de dos mil seis por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La actora, Dña. Lorenza , nacida el 26.06.1952, afiliada a la Seguridad Social con el número NUM000 , dentro del Régimen General, prestó servicios or cuenta y orden de la consejería de Asuntos sociales del Principado de Asturias, en su centro de trabajo Jardín de Infancia "Pumarín" de Gijón, como auxiliar de puericultura. La indicada empleadora tiene concertada la cobertura de las contingencias profesionales con IBERMUTUAMUR, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 274.

  2. - Inició el 18.03.2003 un proceso de incapacidad temporal, derivado de enfermedad común, con el diagnóstico de depresión neurótica, del que fue dada de alta el 17.10.2004 por agotamiento del plazo de 18 meses.

  3. - Iniciado a su instancia expediente sobre valoración de contingencia, el 29.04.2005 la Dirección Provincial del I.N.S.S. dictó Resolución, previo Dictamen-Propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades del día anterior, por la que se declaró el carácter común de la Incapacidad Temporal iniciada por la actora con fecha 18.03.2003 (fecha de alta por agotamiento del plazo máximo 17 de septiembre de 2004), determinando como responsable de esta prestación de Incapacidad Temporal al I.N.S.S. Interpuesta reclamación previa frente a la anterior resolución por el actor, fue desestimada el 19.05.2005.

  4. - La demandante había sido atendida en el Centro de Salud Mental en 1988 por sintomatología ansioso-depresiva motivada por cambios en su situación laboral, sufriendo una nueva reagudización de su sintomatología tras el fallecimiento de su esposo en 1991. Retornó de nuevo al Centro en agosto de 2003, relatando conflictos laborales con sus superiores, sintiéndose angustiada, aumentando su angustia y ansiedad en el puesto de trabajo. En informe de Salud Mental de 22.07.2005 se incluye la impresión diagnóstica de "síntomas compatibles con mobbing o acoso laboral en el trabajo".

  5. - La actor acudió al tratamiento psicológico en el Servicio de Salud Laboral del Principado de Asturias en mayo de 2002, tras la denuncia por la misma de una situación de conflicto laboral ante el Comité de Empresa. Tras la evaluación psicológica, se constató la existencia de un importante cuadro de ansiedad que al trabajadora relacionaba fundamentalmente con su situación laboral.

  6. - En el mes de julio de 2001 la actora fue recriminada por la Directora de su Centro de trabajo, delante de sus compañeras de trabajo, como consecuencia de una incidencia ocurrida con un niño, desautorizándola por haberle tomado al temperatura y...

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