STSJ Asturias 2090/2007, 11 de Mayo de 2007

PonenteMARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2007:2216
Número de Recurso2209/2006
Número de Resolución2090/2007
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO DE SUPLICACIÓN 2209/2006, formalizado por la Letrada Dña. Soledad Hernández Prendes, en nombre y representación de DÑA. Leonor , contra la sentencia de fecha seis de abril de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de AVILÉS en sus autos número DEMANDA 832/2005, seguidos a instancia de la indicada recurrente frente a la aseguradora LIBERTY, S.A., representada por el Letrado D. Carlos Pendas Ruiz, la empresa HIERROS Y APLANACIONES, S.A. (HIASA), representada por el Letrado Don Pablo Díaz Matos, el COMITE DE EMPRESA de HIASA, representado por D. Alberto Ibáñez Álvarez, así como D. Pedro Jesús y DÑA. Rosa , ambos representados por el Letrado Don Ignacio Fernández González, en reclamación de CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. DÑA. MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha seis de abril de dos mil seis por la que se estimaba la excepción de incompetencia de jurisdicción y se absolvía a los demandados.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - El trabajador prestaba servicios para la empresa demandada, en el centro de trabajo de Corvera, sufriendo el 31 de enero de 2005 un accidente de tráfico cuando se dirigía al trabajo, que provocó su muerte.

  2. - El Comité de Empresa de HIASA suscribió póliza 134/32165 en el año 1997 con la Cia. Aseguradora "Hércules Seguros", que fue absorbida por la Cía Aseguradora codemandada "Liberty", como seguro de grupo temporal renovable anualmente, cubriendo contingencias de muerte por accidente, estableciendo el pago de un capital de 12.000 euros por dicha contingencia.

  3. - Se celebró acto de conciliación el 4 de octubre de 2005 concluyendo con el resultado obrante en autos.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La accionante formula demanda sobre reclamación de cantidad contra la aseguradora Liberty, la empresa Hierros y Aplanaciones S.A.( HIASA), el Comité de Empresa de la misma y los padres de D. Luis Angel , su pareja de hecho fallecida en accidente de tráfico en enero de 2005, en cuyo suplico postula la condena de las demandadas al abono de la cantidad de doce mil euros por el fallecimiento de aquel y en virtud de póliza suscrita en el año 1997 entre el Comité de Empresa de HIASA y la aseguradora Hércules Seguros absorbida posteriormente por la ahora codemandada Liberty.

El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado de lo Social número 2 de Avilés que el día 6 de abril de 2006 dictó sentencia estimando la excepción de incompetencia de jurisdicción alegada por la aseguradora. Frente a ella, la representación letrada de la accionante interpone recurso de suplicación al amparo de los apartados a) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral - infracción de normas o garantías del procedimiento que hayan causado indefensión e infracción de normas sustantivas del ordenamiento jurídico y de jurisprudencia - aduciendo la infracción del artículo 9.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el 2 b) de la Ley de Procedimiento Laboral y el 98.1 de la Ley General de la Seguridad Social y defendiendo la competencia exclusiva de este...

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