STSJ Comunidad de Madrid 642/2014, 14 de Julio de 2014

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJM:2014:10296
Número de Recurso457/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución642/2014
Fecha de Resolución14 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

NIG : 28.079.00.4-2013/0020706

Procedimiento Recurso de Suplicación 457/2014

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid Despidos / Ceses en general 486/2013

Materia : Despido

Sentencia número: 642/14

Ilmos. Sres

D./Dña. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

D./Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

D./Dña. ALICIA CATALA PELLON

En Madrid a catorce de julio de dos mil catorce habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 457/2014, formalizado por el LETRADO D. D./Dña. ISAIAS SANTOS GULLON en nombre y representación de D./Dña. Juan Pablo, LETRADO Y D./Dña. MARIA ARANZAZU JUAN-ARACIL ELEJABEITIA en nombre y representación de D./Dña. Benjamín, D./Dña. Ernesto y D./ Dña. Bibiana,, en su calidad de miembros de la Comisión Negociadora del Expediente de Regulación de Empleo, contra la sentencia de fecha 25 de noviembre de 2013 dictada por el Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 486/2013, seguidos a instancia de D./Dña. Guillerma, D./Dña. Pura, D./Dña. Leovigildo, D./Dña. Adela, D./Dña. Elisa, D./Dña. Lourdes, y D./Dña. Socorro, D./Dña. Juan Pablo, Valentín frente a EMERTEC SL, PREVENCIFE SL y DISINET SL, CENTRO DE INVESTIGACION Y FORMACION DE EMPRESA SAL en reclamación por Despido, siendo Magistrado- Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

Primero

Los demandantes que, seguidamente se relacionan, son socios trabajadores de CENTRO DE INVESTIGACION Y FORMACION DE EMPRESA S.A.L. ( en lo sucesivo CIFESAL) dedicada a la formación ocupacional para el empleo impartida en base a programas o encargos de otras empresas, con cargo a subvenciones del Estado, Comunidad Europea, etc, y vinieron prestando servicios para la empresa con las antigüedades, categorías y salarios brutos mensuales con inclusión de parte proporcional de pagas extras que a continuación se especifican:

D. Leovigildo : 26/0471999, Jefe de Logística ( Jefe de Departamento), 2.137,22 euros.

Dª Pura : 31/10/2006; Auxiliar Administrativo, 1.287,22 euros. Esta trabajadora vino dando soporte a los distintos departamentos de la empresa y en especial al Departamento de Formación, realizando desde el 03/12/2012 tareas en Recepción.

Dª Guillerma : 03/09/1997; Oficial AD (Secretaria) 1.510,79 euros. Esta trabajadora efectuaba el control, custodia y supervisión del materia didáctico y atención a los autores del material didáctico, habiendo realizado también tareas propias de Técnico.

Dª Adela : 04/07/1997; Titulado Superior 3.430,24 euros. Esta trabajadora a partir de 2001 desempeñó el puesto de Responsable d Gestión de la Formación, y a partir de Enero de 2003 el puesto de Responsable de RR.HH. siendo la única trabajadora del Departamento de RR.HH. de CIFESAL, donde realizaba funciones de selección de personal, formación interna, clima laboral, plan de acogida d becarios y prácticas, convenios de colaboración, etc. Además impartía cursos presenciales tutorizaba cursos a distancia y on-line, desarrollaba y elaboraba contenidos para curso completos, etc.

Dª Elisa : 19/02/2008; Secretaria; 1.337,22 euros.

Dª Lourdes : 26/01/1999; Secretaria; 1.937,22 euros. Esta trabajadora daba soporte a los distintos departamentos de la empresa, en especial al Departamento de Producción y Control económico, que comprendía a su vez distintas área o departamentos como: Formación; Área Consultoría; Innovación y Calidad. Con carácter principal daba apoyo y servicio al área de Formación, elaborando proyectos con los distinto técnicos de la empresa, Gestión de planes de formación, justificación de planes técnica económicamente y atención a los requerimientos de las Administraciones respecto de la subvenciones recibidas para formación.

Dª Socorro : 15/04/1998; Titulado; 3.753,22 euros. Esta

trabajadora ocupaba el puesto de Responsable del Área de Consultoría de Empresa (económico, financiera y comercial), realizando funciones inherentes a dicho puesto, como realizar proyectos de emprendimiento, de desarrollo tecnológico, de actividades sociales para los clientes (asociaciones, empresas, personas) tanto de la empresa CIFESAL, como de la empresa DISINET. Para la empresa EMERTEC realizó campañas de dinamización d comercio para el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid. Además era Directora del vivero de empresas La Latina y Coordinadora del vivero de empresas La Latina y Moratalaz.

Dª Esperanza : 15/09/2003; Titulada Superior (Coordinadora); 1.924,56 euros. Esta trabajadora tenía jornada reducida por guarda legal.

D. Valentín : 15/07/2002; Técnico; 2.037,22 euros. Este trabajador empezó a trabajar para EMERTEC, S.L. y posteriormente pasó sin solución d continuidad a CIFESAL. Se encontraba adscrito al Departamento de Formación, siendo el único trabajador con la categoría de Técnico, consistiendo sus funciones en desarrollar los cursos on-line y ser administrador de las plataformas y formación e-learning. D. Juan Pablo : 01/02/2000; Profesor Titular; 3.631,24 euros. Este trabajador realizaba las funciones de dirección del Departamento de Estudios y Proyectos integrado en el Área de Producción, así como todo tipo de tareas relacionadas con el asesoramiento técnico-pedagógico al área de Formación; realizaba propuestas y proyectos consultoría y evaluación de proyectos nacionales e internacionales, dirección, coordinación ejecución y evaluación de estudios técnicos (prevención de riesgos laborales; necesidades de formación sectorial...) y de mercado (exploración y análisis, calidad percibida....).

(Hechos de la demanda, con las subsanaciones efectuadas en el acto del juicio, no controvertidos)

Segundo

Las empresas codemandadas forman un Grupo empresarial, no presentaban cuentas consolidadas, concurriendo las siguientes circunstancias y vinculaciones entre ellas y los demandantes:

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN DE EMPRESA, S.A.L. (CIFESAL) es una sociedad anónima laboral con domicilio en la C/ Corazón de María n° 80- 82, planta baja de Madrid, de la que son socios trabajadores los demandantes, constituida el 11/01/1990, consistiendo su objeto social en: a) La formación y el asesoramiento de todo tipo de empresas, prestando una especial atención a aquellas integradas dentro del sector de la artesanía. B) La producción y comercialización de productos manufacturados.

Son Consejeras Delegadas Mancomunadas de la misma Paula y D Adolfina .

(Doc. n° 1 de CIFESAL)

PREVENCIFE, S.L. se constituyó el 13/06/2000. Entre sus socios se encuentran, la sociedad CENTRO DE INVESTIGACION Y FORMACIÓN DE EMPRESA, S.A.L. y la sociedad denominada GABINETE DE ESTUDIOS DELPHOS, S.L., cuyo Administrador solidario es D. Epifanio .

El Presidente del Consejo de Administración de PREVENCIFE, S.L. es D. Epifanio, siendo Secretaria del mismo Dª Paula y Vocales D. Jenaro y D. Pablo .

Son Consejeros Delegados Mancomunados D. Epifanio y D. Pablo .

Su objeto social consiste en: a),, Actuar como servicio de prevención ajeno.... b) Prestar a las Empresas o a las Administraciones Públicas toda clase de servicios relacionados con la prevención de riesgos laborales y el medio ambiente.... c) Impartición de acciones formativas de prevención de riesgos laborales y medio ambiente.

(Doc. n° 1 de las empresas codemandadas.

EMERTEC, S.L. se constituyó el 06/11/1996 por D. Epifanio y D Paula, socios de CIFESAL, teniendo el mismo domicilio que esta última y consistiendo su objeto entre otras actividades: A) La realización de estudios económicos, técnicos, comerciales y de mercado para las empresas y organismos tanto privados como públicos así como la asistencia técnica en el ámbito empresarial y de la administración pública y la organización de ferias, congresos y exposiciones. B) La educación y formación en todas sus manifestaciones. C) Estudios e informes: económicos, financieros, comerciales, sociales D) Prestación de servicios a las Administraciones Públicas, empresas y privados relativos a: información, publicidad, administrativos comunicativos etc. Sus Administradores mancomunados son D. Epifanio y D Paula .

(Doc. n° 10 de las empresas codemandadas)

DISINET, S.L. se constituyó el 16/06/2000, por Adolfina, - actuando en su propio nombre y derecho, y además, junto a D. Epifanio en nombre y representación de CIFESAL, actuando en su calidad de Consejeros Delegado Mancomunados de la misma -, D Paula, en nombre representación de GABINETE DE ESTUDIOS DELPHOS, S.L., actuando en su calidad d Administradora...

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