STSJ Asturias 1867/2006, 9 de Octubre de 2006

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2006:2012
Número de Recurso1196/2003
Número de Resolución1867/2006
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 1867/06

ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. LUIS QUEROL CARCELLER

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA

DÑA. OLGA GONZÁLEZ LAMUÑO ROMAY

En Oviedo, a nueve de octubre de dos mil seis.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, , ha dictado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1196/03 interpuesto por BAMI S.A. INMOBILIARIA DE CONSTRUCCIONES Y TERRENOS, representado por el Procurador D. Celso Rodríguez de Vera, actuando bajo la dirección Letrada de D. cándido González Vázquez, contra el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ASTURIAS actuando bajo la dirección del Sr. Abogado del Estado. Personándose como codemandado el PRINCIPADO DE ASTURIAS actuando bajo la dirección del Letrado del Principado. Siendo Ponente la Iltma. Sr. Magistrada Dña. OLGA GONZÁLEZ LAMUÑO ROMAY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que estimando el presente recurso, declare nula y contraria a derecho la resolución del TEARA del 30 de mayo de 2003, por la que se desestima la Reclamación Económica Administrativa contra liquidación complementaria del IAJD de división horizontal den el EDIFICIO000 NUM000 , con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase a la demanda lo hizo en tiempo y forma, solicitando se dicte sentencia con desestimación del recurso, confirmando la resolución recurrida, con imposición de costas al actor.

CUARTO

Por Auto de 16 de marzo de 2004 se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

SEXTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el pasado día cinco de octubre de 2006, en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los trámites prescritos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del TEARA de 30 de Mayo de 2003, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa interpuesta por la entidad demandante contra la liquidación complementaria en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modalidad Actos Jurídicos Documentados).

SEGUNDO

La cuestión principal planteada en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
37 sentencias
  • STS, 15 de Julio de 2011
    • España
    • 15 Julio 2011
    ...de enero de 2005 , STSJ de La Rioja de 17 de febrero de 2005 , SSTSJ de Aragón de 25 de febrero y 31 de octubre de 2005 , STSJ de Asturias de 9 de octubre de 2006 , y STSJ de Extremadura de 11 de julio de 2007 ). La imposición del recargo con exclusión de la sanción no exige la declaración ......
  • STS, 9 de Abril de 2012
    • España
    • 9 Abril 2012
    ...de enero de 2005 , STSJ de La Rioja de 17 de febrero de 2005 , SSTSJ de Aragón de 25 de febrero y 31 de octubre de 2005 , STSJ de Asturias de 9 de octubre de 2006 , y STSJ de Extremadura de 11 de julio de 2007 ) . La imposición del recargo con exclusión de la sanción no exige la declaración......
  • STSJ Cataluña 1180/2011, 16 de Noviembre de 2011
    • España
    • 16 Noviembre 2011
    ...de 20 de enero de 2005, STSJ de La Rioja de 17 de febrero de 2005, SSTSJ de Aragón de 25 de febrero y 31 de octubre de 2005, STSJ de Asturias de 9 de octubre de 2006, y STSJ de Extremadura de 11 de julio de 2007 ). b) La imposición del recargo con exclusión de la sanción no exige la declara......
  • STS, 18 de Abril de 2011
    • España
    • 18 Abril 2011
    ...de enero de 2005 , STSJ de La Rioja de 17 de febrero de 2005 , SSTSJ de Aragón de 25 de febrero y 31 de octubre de 2005 , STSJ de Asturias de 9 de octubre de 2006 , y STSJ de Extremadura de 11 de julio de 2007 ). La imposición del recargo con exclusión de la sanción no exige la declaración ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR