STSJ Canarias 895/2014, 23 de Mayo de 2014

PonenteRAMON JESUS TOUBES TORRES
ECLIES:TSJICAN:2014:1509
Número de Recurso1629/2012
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución895/2014
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

Ilmos. /as Sres. /as

SALA Presidente

D./Dª. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ

Magistrados

D./Dª. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA

D./Dª. RAMÓN TOUBES TORRES (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de Mayo de 2014.

En el recurso de suplicación interpuesto por la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (PRESIDENCIA DEL GOBIERNO) contra sentencia de fecha 1 de febrero de 2012 dictada en los autos de juicio nº 698/2011-00 en proceso sobre Otros derechos laborales individuales, y entablado por D. Gustavo contra la FUNDACIÓN CANARIA UNIVERSITARIA DE LAS PALMAS y COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (PRESIDENCIA DEL GOBIERNO).

El Ponente, el Ilmo. Sr. D. RAMÓN TOUBES TORRES, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO

La relación de prestación se servicios de D. Gustavo, como titulado superior, (Licenciado en Ciencias Biológicas) respecto de las codemandadas CCAA de Canarias y Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas, se desarrollo conforme al siguiente iter:

1 de octubre a 31 de diciembre de 1998, sin formalización de contrato alguno, recibió formación en técnicas de producción de cultivos auxiliares y alevines de peces marinos con tecnología de mesocosmos en el Insttituto de Biología Marina de Creta, Grecia, participando como investigador en el proyecto INTERACTT.

1 de enero a 31 de diciembre de 1999: formalización de beca de la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas.

Contrato por obra o servicio determinado suscrito con la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas en fecha 1 de enero de 2000, siendo su objeto "inter- regional action for tecnology trasfer mesocosmos 2º fase", hasta el 31 de diciembre de 2000.

Contrato por obra o servicio determinado suscrito con la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas en fecha 15 de octubre de 2001, siendo su objeto "proyecto interactt", concluyendo el día 31 de marzo de 2002.

Prestación de servicios sin cobertura contractual en el periodo abril-julio de 2002.

1 de agosto de 2002 a 23 de junio de 2004 la prestación de servicios se efectuó con vinculación formalmente administrativa, percibiendo sus retribuciones previa presentación de factura. Contrato por obra o servicio determinado suscrito con la Consejería de Educación Cultura y Deportes por el periodo 24 de junio de 2004 a 31 de mayo de 2007, siendo su objeto "planificación de la producción, formación y coordinación responsable técnico de la producción de alevines gestión de productos y equipos necesarios en la modalidad de técnico de infraestructura científica-tecnológica en el marco del programa nacional de potenciaciíon de recursos humanos del plan nacional de investigación científica desarrollo e innovación tecnológica con cargo al programa de personal técnico de apoyo del Ministerio de ciencia y tecnología y al Fondo Social Europeo"

Contrato de trabajo indefinido a tiempo completo suscrito con la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas, en fecha 26 de noviembre de 2007 y cese en fecha 27 de febrero de 2009.

Contrato laboral por tiempo indefinido para la ejecución de planes y programas públicos determinados, vinculados a la existencia de financiación específica externa de carácter temporal, de fecah 27de febrero de 2009, hasta el mes de febrero de 2012, interesándose su prórroga en virtud de escrito de fecha 10 de marzo de 2011.

SEGUNDO

El actor, desde el inicio de la prestación de servicios, ha desarrollado su labor investigadora en idéntico centro de trabajo, sito en la carretera de Taliarte S/N, del municipo de Telde, con la infraestructura y medios propios del Instituto Canario de Ciencias Marinas (mobiliario, archivos, teléfono, sistema informático, laboratorio, almacenes, coche oficial, correo electrónico oficial.), bajo las órdenes, dirección y coordinación de su superior jerárquico, en concreto, del Investigador Jefe, personal funcionarial de la CCA de Canarias (ICCM), sin que persona alguna vinculada a la entidad Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas acudiera al lugar de prestación de servicios a los efectos de controlar y ordenar la ejecución de los trabajos

Las funciones habituales del actor se circunscriben a la sección de cultivos marinos, en particular:

-Proyecto Inter Regional Action for Technology Transfer: formación en técnicas de producción de cultivos auxiliares y alevines de peces marinos con tecnología de mesocosmos; implantación de la tecnología en Canarias; asesoramiento, supervisión en la construcción y equipamiento de la planta mesocosmos en el ICCM; producción de cultivos auxiliares y alevines de dorada.

-Dirección técnica de la planta de producción de alevines con tecnología mesocosmos.

El actor no disponía de vestimenta, equipamiento o distintivo alguno de la entidad Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas.

Existe control de acceso al Centro.

TERCERO

En los periodos de actividad sin cobertura contractual laboral el actor percibía sus retribuciones del previa presentación de facturas.

CUARTO

El actor es el responsable de la planta de producción de semilla, en el desarrollo de proyectos del ICCM, desarrollando funciones fundamentales y permanentes del mismos. Funciones no identificadas con un determinado proyecto, con la coordinación científica de Dña. Estela, catedrática investigadora

QUINTO

El Instituto Canario de Ciencias Marinas se creó mediante Decreto 53/1996, de 28 de marzo, como órgano colegiado, sin personalidad jurídica, integrado en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y adscrito a la Dirección General de Universidades e Investigación, con el carácter de centro oficial de investigación. Actualmente, se halla integrado en la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información del Gobierno de Canarias.

SEXTO

Mediante resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de 4/12/1995 se delegó en el Director del Instituto Canario de Ciencias Marinas, resoluciones en relación con el personal adscrito al Instituto en materia de comisiones de servicio, vacaciones, permisos y licencias, distribución del complemento de productividad y reconocimiento de indemnizaciones por razón del servicio, así como la autorización para que el personal participe como investigador principal o como miembro de un equipo en convocatorias públicas que tengan como finalidad la investigación.

SÉPTIMO

Mediante resolución de 31/8/1995 de la Dirección General de Universidades e Investigación se determinó la utilización de medios del Instituto Canario de Ciencias Marims por personal externo al mismo, de acuerdo con las siguientes categorías: Investigador asociado, Colaborador Científico asociado o Investigador o colaborador científico visitante, Becario y Doctorando.

En dicha resolución expresamente se señala: " cualquiera de las situaciones de vinculación científica a que se ha hecho referencia, investigador asociado o visitante, colaborador científico asociado o visitante, becario o doctorado, no genera ninguna relación laboral, vínculo administrativo o de prestación de servicios entre quienes las ostenten y la administración, sino que por el contrario determinan en qué manera tales personas pueden disfrutar de la posibilidad de desarrollar sus actividades de investigación y desarrollo tecnológico haciendo uso de las instalaciones y medios disponibles en el Instituto Canario de Ciencias Marinas ".

OCTAVO

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación Universitaria de Las Palmas, con fecha 5/3/1996, suscribieron convenio de colaboración para la gestión de proyectos y acciones de investigación del Instituto Canario de Ciencias Marinas. En dicho Convenio se indicaba que la Fundación gestionaría los fondos económicos que se asignaran para la ejecución de los proyectos de investigación a realizar por el Instituto, con financiación ajena.

NOVENO

Situándose la antigüedad del actor en fecha 1 de octubre de 1998, en octubre de 2010 se devengó el cuarto trienio según Convenio Colectivo de personal laboral de la CCAA de Canarias, cuya cantidad asciende, en el periodo julio 2010 a junio de 2011 a la sjuma de 1.257,96 euros.

DÉCIMO

Se agotó la vía previa.(RECLAMACIÓN PREVIA formulada el 6 de julio de 2011).

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "ESTIMAR la demanda interpuesta por D. Gustavo frente a la Comunidad Autónoma de Canarias (Instituto Canario de Ciencias Marinas) y la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas, en reclamación de DERECHOS- CANTIDAD DECLARANDO que D. Gustavo ostenta la condición de personal laboral indefinido de la Comunidad Autónoma de Canarias (Instituto Canario de Ciencias Marinas), con la categoría de titulado superior, antigüedad 1 de octubre de 1998 y salario conforme a Convenio Colectivo de aplicación CONDENANDO a la Comunidad Autónoma de Canarias (Instituto Canario de Ciencias Marinas) a estar y pasar por tal declaración, a dotar de efectividad tal pronunciamiento y a abonar al actor la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON NOVENTA Y SEIS EUROS (1.257,96 euros), cantidad que devengará el oportuno interés legal.

Y a la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas a estar y pasar por la presente resolución. ".

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estimó la pretensión de la actora de solicitud de declaración de indefinición y diferencias salariales. Frente a la misma se alza el Comunidad Autónoma de Canarias (Instituto Canario de...

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