STSJ Murcia 1187/2007, 22 de Octubre de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2919
Número de Recurso1045/2007
Número de Resolución1187/2007
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01187/2007

ROLLO Nº: RSU 01045/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a veintidós de Octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Araceli , contra la sentencia número 0150/2007 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 4 de mayo, dictada en proceso número 0944/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Araceli frente a Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La demandante doña Araceli , nacida el 19-12-1955, en fecha 28-06-2002 solicitó el reconocimiento de grado de minusvalía. SEGUNDO: El Equipo de Valoración y Orientación en fecha 18-10- 2002, emitió dictamen técnico facultativo en el que se reconoce a la actora un grado de discapacidad global del 35%, factores sociales complementarios,6 puntos, grado total de minusvalía del 41%. TERCERO: La Consejería de Sanidad y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia mediante resolución de la DirecciónGeneral del Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia de fecha 18-10-2002, acordó reconocer a la demandante el grado total de minusvalía del 41% (35% de discapacidad global y 6 de factores sociales complementarios). CUARTO: En fecha 7-12-2005 sin necesidad de nueva solicitud se citó a la actora el día 9-01-2006 para emitir dictamen técnico facultativo; el día 12-01-2006 el EVI emitió el dictamen y se dictó resolución en fecha 13-02-2006 en el que se reconoce a la demandante el grado total de minusvalía del 41% (35% de discapacidad global y 6 de factores sociales complementarios). QUINTO: La actora, en fecha 27-04-2006, interpuso reclamación previa, se emitió nuevo dictamen por el EVI, dictándose resolución en fecha 2-10-2006, por la que se desestimó la reclamación previa. SEXTO: La demandante presenta: limitación funcional de columna inestabilidad lumbar con colocación de dos cilindros a nivel de L3-L4, radiculopatía severa que desencadena ocasionalmente crisis de lumbociática y lumbalgia persistente; a la exploración física: marcha adecuada sin cojera ni necesidad de apoyo, adopta posturas exploratorias sin problemas, no Lassègue, ROTS rotulianos negativos, hipotiroidismo en tratamiento"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por doña Araceli frente al Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia (Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia), y absuelvo al demandado de la pretensión en su contra deducida".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Rafael Antonio Sánchez Melero, en representación de la parte demandante, con impugnación de la representación letrada de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en representación de la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora...

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