STSJ Murcia 1149/2007, 15 de Octubre de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2612
Número de Recurso979/2007
Número de Resolución1149/2007
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01149/2007

ROLLO Nº: RSU 00979/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a quince de Octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Manuel , contra la sentencia número 0142/2007 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 16 de abril, dictada en proceso número 0796/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Manuel frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- La parte actora don Manuel , nacida el 19-09-42, con D.N.I. num. NUM000 , de profesión habitual autónomo estructurista, afiliado a la Seguridad Social y encuadrada en el R.E.T.A., inició proceso de I.T. el 21/03/05. Segundo.-Iniciados los trámites para una eventual declaración de invalidez permanente, el E.V.I. emitió el preceptivo dictamen el 22-05-06, resolviendo la D.P. del I.N. S.S. de Murcia el 25-05-06 , en el sentido de declarar a quien ahora demanda en situación de incapacidad permanente en el grado de total, con derecho a la correspondiente prestación económica. Tercero.- Disconforme con la anterior resolución, la parte actorainterpuso reclamación previa contra la misma que fue desestimada por otra de 14-09-06, posibilitándose la vía judicial. Cuarto.- La parte actora se halla afecta de los siguientes padecimientos: infarto agudo de miocardio en marzo de 2005, realizándosele ACTP más Stent; reinfarto en abril de 2005 por reestenosis de los Stent que no pudieron ser recanalizados; cardiopatia isquémica con angor inestable estabilizado, clase funcional I de la NYHA; diabetes mellitus tipo II; retinopatía diabética; agudeza visual binocular de 0,5. Quinto.- La parte actora acredita haber cotizado el periodo mínimo exigido para la prestación que se solicita. Sexto.- La base reguladora de la prestación asciende a 790,43 € mensuales, siendo este un hecho no controvertido por las partes"; y el fallo es del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda planteada por don Manuel contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones formuladas contra ella".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio Corbalán Máiquez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Manuel , de 65 años de edad, de profesión habitual autónomo estructurista y declarado en situación de incapacidad permanente total, presentó demanda, sobre incapacidad, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en reclamación de que...

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