STSJ Murcia 712/2007, 4 de Junio de 2007
Ponente | JOSE LUIS ALONSO SAURA |
ECLI | ES:TSJMU:2007:693 |
Número de Recurso | 649/2007 |
Número de Resolución | 712/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Junio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por don Carlos Miguel , contra la sentencia número 0079/2007 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 27 de febrero, dictada en proceso número 0260/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Carlos Miguel frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1.- El actor don Carlos Miguel , nacido en Alguazas el día 7 de febrero de 1952, ha sido alta en Régimen de Seguridad Social General, por tareas de mecánico de remolques (soldador). 2.- El actor inició incapacidad temporal el día 16 de junio de 2005, el reconocimiento del EVI tuvo lugar el 12 de julio de 2005 y la propuesta del INSS es de fecha 20 de julio de 2006. 3.- El I.N.S.S. ha declarado la inexistencia de incapacidad permanente. 4.- Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de Invalidez Permanente Absoluta para todaocupación laboral y alternativamente la total. 5.- La base reguladora es de 625,88 euros mes. 6.- Se interpuso reclamación previa. 7.- Presenta retraso mental coeficiente intelectual muy bajo. Distimia depresiva, astenia, lumbalgia mecánica crónica, discopatía L3-L4, L4-L5 y L5-S1, radiculopatía L5-Sl derecha de grado moderado y crónica, cervicoartrosis moderada, gonartrosis leve-moderada, amputación de la 2 falange del 2° dedo de la mano derecha, obesidad leve. 8.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Carlos Miguel contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a éste de aquella, confirmando lo acordado en vía previa".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña María Dolores López Hernández, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, don Carlos Miguel , presentó demanda en la que invoca que es mecánico de remolques, solicitando la declaración en situación de invalidez permanente absoluta o, subsidiariamente, total.
La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando en síntesis que no concurría el grado de invalidez solicitado.
El actor, disconforme, interpuso recurso de suplicación, en el que, a través de dos motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, el otro, al examen del Derecho aplicado, postula la revocación de la sentencia recurrida y se le reconozca una incapacidad permanente total cualificada.
FUNDAMENTO SEGUNDO.- Inicialmente, se solicita, al amparo del artículo 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, la modificación del hecho declarado probado séptimo , que debería decir: "las secuelas derivadas del aparato locomotor serían: lumbalgia mecánica crónica, con movilidad limitada por el dolor, que se irradia hacia miembro inferior derecho; discopatía L3-L4, L4-L5; radiculopatía L5-S1 derecha, en estado crónico de evolución; cervicoartrosis moderada, gonartrosis y obesidad; amputación de la 2ª falange del 2º dedo de la mano derecha;...
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