STSJ Murcia 661/2007, 21 de Mayo de 2007
Ponente | RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2007:549 |
Número de Recurso | 561/2007 |
Número de Resolución | 661/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por don Oscar , contra la sentencia número 0001/2007 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 2 de enero, dictada en proceso número 0109/2006, sobre accidente de trabajo, y entablado por Mutua Asepeyo frente a don Oscar ; Rafael Lorenzo SA; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1º.- El trabajador don Oscar , nacido en Alcubillas (Ciudad Real) el 3 de septiembre de 1957, dado de alta en régimen de seguridad social general, como camionero. 2º.- Sufrió accidente de trabajo el 3 de septiembre de 2004 cuando prestaba servicios para la empresa "Rafael Lorenzo SA", quien tiene cubiertos los riesgos con la Mutua Asepeyo. 3º.-El INSS ha declarado la existencia de incapacidad permanente total para su profesión habitual. 4º.- Deduce la Mutua demanda para que se revoque la situación de incapacidad permanente total para su trabajohabitual reconocida por el INSS y se le declare afecto de incapacidad permanente parcial para su ocupación habitual. 5º.- La base reguladora es para la parcial la percibida durante el tiempo de la incapacidad temporal. 6º.- Presenta tras puntada desgraciada de rodilla izquierda, meniscectomía parcial externa, inestabilidad de rodilla izquierda que precisa ortesis semirígida articulada"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la Mutua Asepeyo contra el INSS, la TGSS, la emperesa Rafael Lorenzo SA y don Oscar ; debo revocar la incapacidad permanente total reconocida al trabajador por resolución de fecha 16 de junio de 2006 y en su lugar declararlo afecto de incapacidad permanente parcial para su trabajo habitual, con derecho a percibir una indemnización a tanto alzado consistente en 24 mensualidades de la base reguladora que haya servicio para determinar la prestación de incapacidad temporal que gozó en su momento".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José Javier Conesa Buendía, en representación de don Oscar , sin impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 2 de enero del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Murcia en los autos 109/06 estimó la demanda deducida por la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 151, ASEPEYO contra D. Oscar , el INSS, la TGSS y la empresa Rafael Lorenzo SA -impugnado la resolución de la Dirección Provincial del INSS que declaró al citado trabajador afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de conductor, derivada de accidente de trabajo-, y declaró al mismo afecto de...
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