STSJ Murcia 463/2007, 17 de Abril de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:467
Número de Recurso148/2007
Número de Resolución463/2007
Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Matías , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena, de fecha 17 de abril del 2006, dictada en proceso número 834/05, sobre ACCIDENTE, y entablado por D. Matías frente HORTOFRUTICOLA FUENTE ALAMO (HORTIALAMO, MUTUA VALENCIANA LEVANTE (MUVALE), INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, D. Matías , nacido el día 22 de enero de1982, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido alta en el Régimen Especial Agrario, por la realización de las tareas propias de su profesión habitual de "conductor de carretilla", que ha venido desempeñando por cuenta y orden de la empresa demandada, "Sociedad Cooperativa Hortofrutícola Fuente Alamo", teniendo esta última cubiertos los riesgos profesionales con la Mutua demandada, "Mutua Valenciana Levante, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 15". SEGUNDO. El demandante sufrió accidente detrabajo, en fecha 13 de enero de 2004, cuando se encontraba prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada, consistiendo el accidente en que estando en la carretilla elevadora con las piernas por fuera, al ir a efectuar marcha atrás otra carretilla le golpeó y le atrapó las piernas. TERCERO. Corno consecuencia d el accidente de trabajo referido en el precedente ordinal, el demandante fue dado de baja para el trabajo, en fecha 16 de enero de 2004, por los servicios médicos de la Mutua demandada, con el diagnóstico de lesión hueco popliteo (herida mas aplastamiento), rotura musculatura gemelar más lesión nerviosa, permaneciendo en tal situación de baja hasta que, en fecha 23de marzode2005, fue dado de alta con secuelas por los mismos servicios médicos con propuesta de incapacidad permanente parcial para su profesión habitual. CUARTO. El INSS, en Resolución de fecha 7 de julio de 2005, reconoció al demandante prestación por Incapacidad Permanente Parcial, derivada de accidente de trabajo sufrido, por importe de

37.668 euros (equivalente a 24 mensualidades sobre una base reguladora de 1569,5 euros), con cargo a la Mutua demandada. El informe médico de síntesis es de fecha 29 de junio de 2005; y el dictamen- propuesta del EVI es de fecha 30 de junio de 2005. QUINTO. Disconforme con la Resolución referida en el precedente ordinal, el demandante presentó reclamación previa, solicitando ser declarado en situación de Incapacidad Permanente Total, derivada del accidente de trabajo sufrido, siendo desestimada por el INSS en nueva Resolución de fecha 27 de octubre de 2005. SEXTO. Como derivadas del accidente de trabajo sufrido en fecha 13 de enero de 004, presenta el demandante las dolencias y secuelas siguientes: lesión hueco poplíteo pierna derecha (herida y aplastamiento), axonotmesis parcial muy severa de fascículos del nervio CPE destinados a enervar musculatura dorsiflexora del pie derecho, signos de regeneración en rama destinada a inervar musculatura peronea, axonotmesis parcial leve moderada de nervio CPI con denervación leve moderada, disminución de la fuerza y presión del pie derecho durante la marcha, déficit del movimiento de flexión dorsal...

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