STSJ Murcia 454/2007, 17 de Abril de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:459
Número de Recurso335/2007
Número de Resolución454/2007
Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jose Ramón , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena, de fecha 6 de octubre del 2006, dictada en proceso número 396/06, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por D. Jose Ramón frente FERTIBERIA, S.A., FERROATLANTICA, S.L.U. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante ha prestado servicios para la empresa "Fertilizantes Enfersa, S.A." (actualmente denominada "Ferroatlántica, S.L.U.") en el centro de trabajo de Escombreras (Cartagena), con una antigüedad de 14 de diciembre de 1961, categoría profesional de técnico 3º-especializado y salario diario de 60'67 euros incluida la parte profesional de pagas extras. SEGUNDO. En virtud de los expediente de regulación de empleo números NUM000 y NUM001 , aprobados por resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 5 de mayo de 1983 la empresa demandada "Fertilizantes Enfersa SA" (actualmente denominada "Ferroatlántica SLU"), procedió a extinguir en fecha 17 de septiembre de 1993 la relación laboral del demandante. TERCERO. Porsentencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictadas en fechas 12 de mayo de 2001 y 1 de junio de 2001 , confirmadas por las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en fechas 12 de mayo de 2004 y 20 de octubre de 2004 , se decretaba la nulidad de los Expedientes de Regulación de Empleo a que se refiere el ordinal segundo de los hechos probados. CUARTO. El demandante fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Absoluta por Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 9 de septiembre de 1995. QUINTO. En virtud de escritura pública de 19 de octubre de 1993 la empresa "Ferti1izantes Enfersa, S.A." aportó a "Fertiberia, S.A." sus terrenos e instalaciones en el Valle de Escombreras. A la fecha de la referida transmisión, el centro de trabajo se encontraba cerrado y sin actividad alguna, estando, a esa fecha, extinguidos los contratos de trabajo de todos los trabajadores. En virtud de la misma escritura se aportaron otras fábricas de fertilizantes que sí tenían, y todavía tienen, actividad empresarial (hecho no controvertido). SEXTO. En fecha 2 de octubre de 2006 el Fondo de Garantía Salarial presentó escrito ante Juzgado mediante el cual se alegaba la excepción de falta de legitimación pasiva, desistiendo, en base a tales alegaciones, la parte actora, respecto de sus pretensiones frente al referido organismo. SEPTIMO. El demandante presentó solicitud de conciliación ante el SMAC, que se tuvo por intentada sin efecto"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Jose Ramón , absuelvo a las empresas "FERTIBERIA, S.A." y "FERROATLANTICA, S.L.U." de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. JOSE GRAU RIPOLL, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de FERTIBERIA, S.A. y FERROATLANTICA, S.L.U., representado por D. GONZALO RINCON SERRANO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 6 de Octubre del 2006, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Cartagena en los autos 396/06 , desestimó la demanda deducida por D. Jose Ramón contra las empresa Fertiberia SA y Ferroatlántica SA, en reclamación de la suma de 15.025 euros, como mejora a las prestaciones de seguridad social prevista en el Convenio Colectivo aplicable al que tenia derecho por haber sido declarado afecto de incapacidad permanente absoluta.

Disconforme con la sentencia, el actor interpone recurso de suplicacion, solicitando la revisión de los hechos declarados probados, al amparo de lo dispuesto en el articulo 191.b de la LPL y la revocación de la sentencia, para que se dicte otra estimatoria de la demanda, por vulneración de los articulo 3.1, 82 y 86 del estatuto de los Trabajadores .

La empresa Ferroatlántica ha impugnado el recurso.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Al amparo del primer motivo de recurso se pretende:

  1. La...

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