STSJ Murcia 259/2007, 26 de Marzo de 2007

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2007:361
Número de Recurso191/2007
Número de Resolución259/2007
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Eloy , contra la sentencia número 0427/2006 del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 6 de octubre, dictada en proceso número 0387/2006, sobre contrato de trabajo, y entablado por don Eloy frente a Ferroatlántica SLU; Fertiberia SA.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante ha prestado servicios para la empresa "Fertilizantes Enfersa, S.A." (actualmente denominada "Ferroatlántica, S.L.U.") en el centro de trabajo de Escombreras (Cartagena), con una antigüedad de 6 de marzo de 1961. SEGUNDO. El 17 de septiembre de 1993 la empresa procedió a extinguir la relación laboral del demandante, en virtud de los expedientes de regulación de empleo números NUM000 y NUM001 , aprobados por resolución de la Dirección General de Trabajo de 7-5-93. TERCERO. Por sentencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 12-5-01 y 1-6-01 ,declaradas firmes por sentencias del Tribunal Supremo de 12-5-04-y 20-10-04, notificadas a los demandantes el 27-5-04 y el 15-11-04 respectivamente, se declaró la nulidad de la resolución aprobatoria del expediente de regulación de empleo. CUARTO. El demandante fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 17 de mayo de 2000. QUINTO. En virtud de escritura pública de 19 de octubre de 1993 la empresa "Ferti1izantes Enfersa, S.A." aportó a "Fertiberia, S.A." sus terrenos e instalaciones en el Valle de Escombreras. En la fecha indicada, el centro de trabajo se encontraba cerrado y sin actividad, al igual que en la actualidad. En virtud de la misma escritura se aportaron otras fábricas de fertilizantes como las de Avilés y Puertollano, que tenían y todavía tienen actividad empresarial. SEXTO. El demandante presentó solicitud de conciliación ante el SMAC, que se tuvo por intentada sin efecto"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por don Eloy , absuelvo a las empresas "Fertiberia SA" y "Ferroatlántica SLU" de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José Grau Ripoll, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Gonzalo Rincón Serrano, en representación de la parte demandada Ferroatlántica SLU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, don Eloy , presentó demanda, solicitando: "Que teniendo por presentado este escrito, con sus copias y documentos que se acompañan se digne admitirlo, tenga por interpuesta, en tiempo y forma, demanda ejercitando la acción de reclamación de cantidad por mejoras a la Seguridad Social, , contra la empresa "Ferroatlantica, S.L.U.", contra la empresa Fertiberia S.A. y contra el Fondo de Garantía Salarial y previos los trámites procesales oportunos, señale día y hora para la celebración de los actos de conciliación y juicio, y, en su caso, tras la tramitación del oportuno juicio verbal laboral, se dicte sentencia estimatoria íntegramente de la presente demanda condenando a las demandadas al pago de la cantidad total adeudada de 15.025 €, más el diez por ciento anual por mora, más los intereses legales y las costas del presente proceso".

La sentencia recurrida desestimó la demanda, conforme figura en ella.

El actor, disconforme, instrumentó recurso de suplicación, en el que, a través de dos motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, otro, al examen del derecho aplicado, acaba solicitando: "Que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo y por formalizado el recurso de suplicación en su día anunciado, y en su virtud revocar la sentencia de instancia con estimación de la demanda, bien en su principal por aplicación del convenio de Fertiberia, o subsidiariamente por aplicación del convenio colectivo de Enfersa, entender el derecho a dicha mejora pero en la cantidad establecida en dicho convenio de 12.000 €".

Ferroatlántica SLU impugna el recurso y se opone.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Se instrumenta un motivo de recurso para que se...

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