STSJ Murcia 445/2007, 16 de Abril de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:299
Número de Recurso359/2007
Número de Resolución445/2007
Fecha de Resolución16 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Jesús Luis , contra la sentencia número 0350/2006 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 20 de noviembre, dictada en proceso número 0553/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Jesús Luis frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- La parte actora D. Jesús Luis , nacida el 08-05-1949, con D.N.I. num. NUM000 , de profesión habitual albañil, afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General, inició proceso de I.T. el 19-09-05. Segundo.- Iniciados los trámites para una eventual declaración de invalidez permanente, el E.V.I. emitió el preceptivo dictamen el 16-07-06, resolviendo la D.P. del I.N. S.S. de Murcia el 17-03-06 , en el sentido de denegar la prestación solicitada por no alcanzar, consideradas las lesiones que se objetivan y la sintomatología subjetiva referida,el grado de menoscabo suficiente constitutivas de incapacidad permanente. Tercero.- Disconforme con la anterior resolución, la parte actora interpuso reclamación previa contra la misma que fue desestimada por otra de 24-05-06, posibilitándose la vía judicial. Cuarto. - La parte actora se halla afecta de los siguientes padecimientos: Pies planos desde la infancia; episodios de lumbalgias; aplastamiento vertebral de L1 con discreta cifosis a dicho nivel; polidiscopatía lumbar; signos de espondiloartropatia degenerativa en raquis lumbar; protrusiones discales en L3-L4, L4-L5 y L5-Sl (esta última con estenosis foraminal); radiculopatía en L4-L5 derecha de grado leve y estadio crónico de evolución; protrusión discal global en C5-C6 y mediolateral izquierda en C6-C7, ambas con esteofitos asociados y moderada repercusión sobre el saco dural; neuropatía focal del nervio cubital derecho en codo de grado leve. Quinto.- La parte actora acredita haber cotizado el periodo mínimo exigido para la prestación que se solicita. Sexto.- La base reguladora de la prestación asciende a 865,27 euros mensuales, siendo este un hecho no controvertido por las partes"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda planteada por D. Jesús Luis , contra el I.N.S.S. y la T.G.S.S., debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las...

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