STSJ Murcia 411/2007, 16 de Abril de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:289
Número de Recurso373/2007
Número de Resolución411/2007
Fecha de Resolución16 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia número 0379/2006 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 11 de diciembre, dictada en proceso número 0641/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Jose Enrique frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- La parte actora D. Jose Enrique , nacida el 04-03-1945, con D.N.I. num. NUM000 , de profesión habitual autónomo administrador gerente, afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el R.E.T.A., solicitó la prestación que ahora reclama el 11-04-06. Segundo.- Iniciados los trámites para una eventual declaración de invalidez permanente, el E.V.I. emitió el preceptivo dictamen el 25- 05-06, resolviendo la D.P. del I.N. S.S. de Murcia el 12-06-06 , declarar a quien ahora demanda en situación de incapacidad permanente en el grado de total, con derechoa la correspondiente prestación económica. Tercero.- Disconforme con la anterior resolución, la parte actora interpuso reclamación previa contra la misma que fue desestimada por otra de 20-07-06, posibilitándose la vía judicial. Cuarto.- La parte actora se halla afecta de los siguientes padecimientos: Cardiopatía isquémica crónica con antecedente de episodio agudo en marzo de 2003 que precisó implante de Stent a artería coronaria descendente anterior media. En febrero de 2006 sufrió un nuevo episodio de estenosis con afectación del Ostium de D.A. que precisó nuevo implante de Stent, el cual, dada su ubicación, no produce el resultado deseado; siendo conveniente practicar un By-Pass que el paciente rechaza por el riesgo vital que entraña. También padece dislipemia e HTA. Quinto.- La parte actora acredita haber cotizado el periodo mínimo exigido para la prestación que se solicite. Sexto.- La base reguladora de la prestación asciende a 1259,90 euros mensuales, siendo este un hecho no controvertido por las partes"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que estimando la demanda planteada por D. Jose Enrique , contra el I.N.S.S., debo declarar y declaro a quien demanda en situación de incapacidad permanente en el grado de absoluta derivada de Enfermedad Común y con derecho a una pensión mensual equivalente al 100 % de su base reguladora mensual de 1259,90 euros, más mejoras y revalorizaciones, con efectos...

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