STSJ Murcia 255/2007, 20 de Marzo de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:356
Número de Recurso1147/2006
Número de Resolución255/2007
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Ignacio , contra la sentencia número 366/2006 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha diecisiete de Octubre, dictada en proceso número 610/2006, sobre extinción de contrato, y entablado por D. Ignacio frente a Anukka Foods SA y Máximo Moreno SA y Maximino Moreno SA.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El trabajador demandante don Ignacio prestó servicios por cuenta y dependencia de la empresas demandadas Anukka Foods SA y Maximino Moreno SA, dedicada a la actividad de fabricación de conservas, con antigüedad de 3-02-1990, categoría profesional de operario (auxiliar de producción) y salario diario global a efectos de indemnización y salarios de tramitación de 57,75 Euros; los días trabajados ascienden a 2.197. SEGUNDO: La empresa demandada comunicó al actor su despido por causas objetivas, mediante carta de fecha 19 dejunio de 2006, y efectos desde la mencionada fecha, que obra en autos y que se da aquí por reproducida; en el acto de entrega de la carta se puso a disposición del demandante la indemnización de veinte días de salario por año trabajado y que asciende a 6.200 euros. TERCERO: Las empresas demandadas han disminuido su producción y solo producen lo que venden, en tanto que su situación económica no le permite tener productos en stocks; el importe de las ventas efectuadas durante los años que se indican es el siguiente: año 2001----2.561 millones de ptas.; año 2002----1.743 millones de ptas.; año 2003-----1.527

millones de ptas.; año 2004------738 millones de ptas.; año 2005------657 millones de ptas.; y en el año 2006,

en los cinco primeros meses un 30% menos de lo vendido en el mismo periodo del año anterior. CUARTO: En fecha 20 de marzo de 2000 se firmó un acuerdo de garantía de empleo por la dirección de la empresa Maximino Moreno SA y el Comité de Empresa para garantizar los derechos de los trabajadores en el momento del traslado de las instalaciones de la mercantil desde su ubicación en el casco urbano de Molina de Segura hasta el Polígono Industrial La Estrella de Molina de Segura, documento que obra en autos y que se da aquí por reproducido; la certificación final de obra se dio el 29 de octubre de 2004. QUINTO: El actor en fecha 3-07-2006 presentó sendas papeletas de conciliación ante la Sección de conciliación de la Dirección General de Trabajo, en reclamación extinción de la relación laboral y de despido, frente a las empresas demandadas, celebrándose los preceptivos acto de conciliación el día 13-07-2006 y que concluyeron sin avenencia; en fecha 14-07-2006 el trabajador presentó demanda por despido y demandada de reclamación extinción de la relación laboral. SEXTO: El demandante no ostenta la condición de representante legal o sindical de los trabajadores."; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimo la demanda por despido interpuesta por don Ignacio frente a las...

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