STSJ Comunidad Valenciana 256/2007, 20 de Marzo de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJCV:2007:2094
Número de Recurso164/2007
Número de Resolución256/2007
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis Miguel , D. Darío Y D. Oscar , contra la sentencia número 308/06 del Juzgado de lo Social número Seis de Murcia, de fecha 16 de octubre del 2006, dictada en proceso número 449/06, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por D. Luis Miguel , D. Darío Y

D. Oscar frente CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL SEGURA.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- Los actores, cuyas circunstancias personales constan en sus iniciales escritos de demanda, vienen prestando servicios laborales para la CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SEGURA con las siguientes categorías profesionales: D. Luis Miguel : Titulado Superior Grupo 1. D. Darío : Titulado Medio Grupo 2. D. Oscar , Titulado Superior Grupo I. Segundo.- Los actores, que realizan las funciones que indican en sus iniciales escritos de demanda y cuya jornada laboral es la ordinaria de 7 horas y 30 minutos, de mañana, han realizado durante el periodo enero de 2003 a marzo de 2006 las siguientes horas extraordinarias que les han sido retribuidas con las cantidades que asimismo se indican a continuación, según cuadro informe de laSección de Habilitación y Pagaduría de la CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SEGURA (documentos 9 a 11 de la demandada): D. Luis Miguel : 188 horas extraordinarias, 4.664'82 €. D. Darío : 202 horas extraordinarias, 3.748 '92 €. D. Oscar : 200 horas extraordinarias, 4.486'80 €. Tercero.- En la relación inicial de puestos de trabajo del personal laboral de la CONFEDERACION HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, aprobada por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (en adelante, CECIR) de 31-03-05 y (tras corrección de errores) publicada el 13-07-05, figuran los actores con los siguientes códigos de puestos de trabajo y sin reconocimiento de complemento de puesto alguno: D. Luis Miguel : Código NUM000 . D. Darío : Código NUM001 . D. Oscar : Código NUM002 . Cuarto.- En fecha 01-03 -06 la CECLR aprobó el acuerdo de la CIVEA (Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio Unico) de 07-02-06, sobre modificación, con efectos desde 31-03-05, de la precitada relación de puestos de trabajo del personal laboral, a efectos de la asignación y, en su caso, supresión de los complementos por el desempeño del trabajo en horario o jornada distinta de la habitual; no figurando los actores en dicha relación. Quinto.- Los actores reclaman en la presente litis las siguientes cantidades por el concepto de complemento de disponibilidad horaria en la modalidad que asimismo se indica y correspondiente al periodo 01-01-03 a 3 1-03-06: D. Luis Miguel : 3.463'77 € (modalidad A). D. Darío : 6.219'81 € (modalidad B). D. Oscar : 3.463'77 € (modalidad A). Sexto.- Ha quedado debidamente agotada la vía administrativa previa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR