STSJ Murcia 27/2007, 15 de Enero de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:23
Número de Recurso1090/2006
Número de Resolución27/2007
Fecha de Resolución15 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Salvador , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena, de fecha tres de marzo de 2006, dictada en proceso número 863/2005, sobre incapacidad, y entablado por don Salvador frente Ibermutuamur, Coreba de Cartagena S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero. El demandante, don Salvador , nacido el día 5 de diciembre de 1971, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido alta en el Régimen General, por la realización de las tareas propias de su profesión habitual de "instalador especialista", que ha venido desempeñando por cuenta y orden de la empresa demandada, "Coreba Cartagena, S.L.", teniendo esta última cubiertos los riesgos profesional con la Mutua demandada, "Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesional de la SeguridadSocial nº 274". SEGUNDO. El demandante sufrió accidente de trabajo ("accidente in itínere"), en fecha 1 de junio de 2004, cuando se encontraba prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada, consistiendo el accidente en que al ir a colocar el material de construcción en la baca del coche el demandante se resbaló cayéndose al suelo. TERCERO. Como consecuencia del accidente de trabajo referido en el procedente ordinal, el demandante fue dado de baja para el trabajo, en fecha 2 de junio de 2004, por los servicios médicos de la Mutua demandada, permaneciendo en tal situación de baja hasta que, en fecha 9 de agosto de 2005, fue dado de alta con secuelas por los mismos servicios médicos. CUARTO. El INSS, en resolución de fecha 12 de julio de 2005, reconoció al demandante prestación por Incapacidad Permanente Parcial, derivada del accidente de trabajo sufrido, por importe de 28.236,48 euros (importe equivalente a veinticuatro mensualidades sobre una base reguladora de 1.176,52 euros), con cargo a la Mutua demandada. El informe médico de síntesis es de fecha 24 de junio de 2004; y el dictamen-propuesta del EVI es de fecha 30 de junio de 2005. QUINTO. Disconforme con la Resolución referida en el procedente ordinal, el demandante presentó reclamación previa, solicitando ser declarado en situación de Incapacidad Permanente Total, derivada del accidente de trabajo sufrido, siendo desestimada por el INSS en nueva resolución de fecha 28 de octubre de 2005. SEXTO. Como derivadas del accidente de trabajo sufrido en fecha 1 de junio de 2004, presenta el demandante las dolencias y secuelas siguientes: fractura con acuñamiento D12, fractura intraarticular de codo derecho con fractura parcelaria de cabeza radial y fractura de estiloide cubital de muñeca derecha,...

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