STSJ Murcia 636/2006, 29 de Mayo de 2006

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2006:626
Número de Recurso604/2006
Número de Resolución636/2006
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Mónica , contra la sentencia número 98/06 del Juzgado de lo Social número Dos de Murcia, de fecha 27 de febrero del 2006, dictada en proceso número 883/05 , sobre INCAPACIDAD, y entablado por DOÑA Mónica frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La actora, nacida el 8-1-1977 y de profesión habitual Limpiadora, solicitó pensión de Incapacidad Permanente el 19-4-05. SEGUNDO: Tras el reconocimiento médico, se emitió el 25-7-05 informe médico de síntesis. El Equipo de Valoración de Incapacidades elevó el 28-7-05 propuesta de inexistencia de Incapacidad Permanente. TERCERO: Contra la resolución del INSS que así lo acordó se interpuso la reclamación previa que fue desestimada. CUARTO: La actora padece las dolencias siguientes: HIPOACUSIA NEUROSENSORIAL SEVERA, PERDIDA DE AUDICION, OIDO DERECHO = 100% Y O.I. = 75%; PERDIDA DE AUDICIÓN BINAURAL 79,3%. QUINTO: La base reguladora mensual, asciende a 586,34 Euros para la IncapacidadPermanente Total y a 418,63 euros para la Incapacidad Permanente Parcial."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por DOÑA Mónica , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a este último de los pedimentos deducimos en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. MANUEL LOPEZ BERNAL, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO

PRIMERO

La actora, Dª Mónica , presentó demanda en la que invoca que es abrasador de panadería, solicitando la declaración en situación de invalidez permanente total o, subsidiariamente parcial.

La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando en síntesis que no concurría el grado de invalidez solicitado.

La actora, disconforme, interpuso recurso de suplicación, en el que, a través de dos motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, el otro, al examen del Derecho aplicado, postula la nulidad de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Inicialmente, se solicita, al amparo del artículo 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral , la modificación del hecho declarado probado primero, que debería decir: "la actora nacida el 8-1-1977 y de profesión habitual obrador de panadería, solicitó pensión de incapacidad permanente el 19-4-2005.".

Este motivo de recurso debe analizarse con posterioridad al siguiente, en el que se denuncia violación del art. 97.2 de la L.P.L ..

Segundo

Con amparo en el artículo 191.c de la LPL , al objeto de examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia que a continuación se concretan: "1°) En este segundo motivo en el cual se viene a fundamentar el presente recurso, resulta obligado, a la vista de las omisiones producidas en la sentencia alegar lo expresado en el art. 97.2 de la LPL , así dicho precepto exige que dentro de los antecedentes de hecho la sentencia deberá expresar resumen suficiente de los que hayan sido objeto de debate en el proceso. Sin embargo tal y como se...

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