STSJ Cantabria 591/2014, 30 de Julio de 2014

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2014:592
Número de Recurso480/2014
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución591/2014
Fecha de Resolución30 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000591/2014

En Santander, a 30 de julio de 2014.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ (Ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Federación Estatal Unión General Trabajadores (FES-UGT) contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Santander, ha sido nombrada Ponente la Ilma.Sra.Dª. ELENA PEREZ PEREZ quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Adrian, siendo demandado Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores, sobre Derechos Fundamentales, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 24 de Marzo de 2014, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - D. Adrian, afiliado a U.G.T., desde 1999 ha sido liberado sindical por el sindicato en relación con la empresa Securitas Seguridad España S.A., y desde febrero de 2001 ha venido siendo el Secretario General de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria -congresos ordinarios de 2001, 2005, 2009- . (No controvertido)

  2. - En fecha 7-11-98 la empresa Securitas Seguridad España S.A. y la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria firmaron el siguiente documento, que se fue actualizando en sucesivos años:

"PRIMERO .- Que desde la finalización de las horas sindicales correspondientes al año 1998, Adrian, disfrutara de un periodo de excedencia por responsabilidad sindical manteniendo su relación laboral con la empresa Securitas a todos los efectos laborales.

SEGUNDO

Que el citado trabajador dispone en la actualidad de un crédito sindical de 40 horas mensuales, durante los meses de noviembre y diciembre, así como las horas que se le pudiesen acumular durante el mencionado periodo de excedencia, el cual mantendrá durante este proceso, así como sus descansos obligatorios y vacaciones, con cargo a la empresa conforme al tiempo efectivo de vinculación laboral.

TERCERO

Las retribuciones económicas durante el proceso de excedencia, así como la cotización y afiliación de la Seguridad Social será por cuenta de la empresa Securitas. La FES-UGT Cantabria procederá al abono mensual de los costes laborales (1.700 ptas. /hora), proporcionalmente a la dedicación que efectúe el citado trabajador en la organización sindical.

CUARTO

El acuerdo de excedencia cesará en su validez siempre que la organización sindical lo comunique a la empresa con una antelación de 7 días, incorporándose automáticamente a su puesto de trabajo en FUNDITUBO con las mismas condiciones que rigen con anterioridad a este acuerdo.

QUINTO

En el supuesto de subrogación de empresa, se acogerá como delegado sindical a lo que marca el Convenio Colectivo Estatal." (F.250 y ss.)

  1. - Las cuentas de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria han sido sistemáticamente revisadas por la Comisión de Control Económico de la Federación de Servicios de U.G.T., certificando no sólo que se aplica el Plan General Contable, sino también que "se ha comprobado que la justificación documental es correcta para su compresión e interpretación, existiendo los justificantes de pago e ingresos". (F.53 y ss.)

  2. - En mayo de 2012 se produjeron unas fuertes disensiones dentro del Comité Ejecutivo Regional de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria, del que el actor era Secretario General, al censurarse su toma de decisiones al margen del Comité Ejecutivo Regional y la falta de acreditación de sus gastos.

    Aquello terminó con la dimisión de uno de los miembros del Comité Ejecutivo Regional de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria -D. Camilo - . (No controvertido, f.386 y ss.)

  3. - Ya en octubre de 2012 se tenía pleno conocimiento de que el siguiente congreso ordinario de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria, sería el día 8-11-13. (No controvertido, f.384)

  4. - En la votación llevada a cabo el día 21-3-13 en el congreso extraordinario de la Federación Estatal de Servicios de U.G.T. -para la preparación del 41º Congreso Confederal Ordinario de U.G.T. a celebrar el 13-4-13-, resultó ganadora la candidatura de D. Domingo -el cual pasó a ser el Secretario General de la Federación Estatal de Servicios de U.G.T.-, habiendo mostrado expresamente el actor su apoyo a la candidatura rival D. Evaristo . (No controvertido, f.395)

  5. - Tras el 41º Congreso Confederal Ordinario de U.G.T., se produjeron 5 dimisiones -simultáneas y sin justificación expresada- entre los 9 miembros que tenía el Comité Ejecutivo Regional de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria.

    Esto provocó que la Federación Estatal de Servicios de U.G.T. procediera a la disolución del Comité Ejecutivo Regional de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria, y nombrara una Comisión Gestora en la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria en fecha 22-4-13, hasta la celebración del congreso ordinario de la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria fijado para el día 8-11-13; y todo ello con la oposición del Sr. Adrian, que quería convocar un congreso extraordinario para cubrir las plazas vacantes.

    (F.398 y ss., 405 y ss.)

  6. - Nada más comenzar, la Comisión Gestora en la Federación de Servicios de U.G.T. en Cantabria requirió a la Comisión de Control Económico de la Federación Estatal de Servicios de U.G.T. la elaboración de un informe de la situación económica, el cual concluyó -en fecha indeterminada- indicando:

    "Esta Comisión Federal de Control Económico considera que en los tres días empleados en recopilar información y comprobar los justificantes de gastos ha podido tener datos suficientes como para determinar qué: La contabilidad la lleva una persona sin supervisión y que en estas condiciones es imposible de controlar.

    No hay control del gasto, en general no se suele acompañar de justificantes y en particular los gastos del S.G. de La Federación de Cantabria están faltos de justificantes en su mayor parte.

    Sobre lo expresado hay documentación que apoya lo manifestado en este informe, que por su volumen no adjuntamos, pero que ponemos a disposición de quién lo requiera." (F.32)

  7. - El día 2-10-13 la Comisión Ejecutiva de la Federación Estatal de Servicios de U.G.T. presentó la siguiente denuncia contra el Sr. Adrian en la Comisión de Garantías de la Federación Estatal de Servicios de U.G.T.:

    "Solicitamos la apertura de expediente a Adrian afiliado de FeS-Cantabria y con domicilio en C/ DIRECCION000, NUM000 - NUM001, 39006 Santander. Solicitamos que se proceda en trámite de urgencia al tratarse de motivos económicos, tal y como aprobó el último Congreso Confederal.

    Al dimitir la mayoría absoluta de la Comisión Ejecutiva de FeS-Cantabria se procedió al cese del resto y al nombramiento de una Comisión Gestora. (22-04-2013).

    Se solicitó a la Comisión de Control Económico que realizara un informe sobre la situación económica de la Federación de Cantabria.

    Al tener conocimiento del citado informe y ante las gravísimas irregularidades reflejadas en el mismo, decidimos tener una reunión por separado con el exSecretario General Adrian y con la exSecretaria de Organización Rita . Esta reunión se celebró el 29 de julio de 2013 y asistieron por parte de la Comisión Ejecutiva Federal, el Secretario General, el Secretario de Organización y la Secretaria de Administración.

    Tras todos estos trámites los hechos que ponemos en vuestro conocimiento y de los que consideramos responsable a Adrian son los siguientes:

    -Falsifica la firma de la Secretaria de Organización en un talón de la Federación para pagar el Colegio de Abogados de una trabajadora de la Federación. Lo hace sin conocimiento de la Secretaria de Organización y para pagar algo que la Secretaria de Organización no quiere pagar y con el desconocimiento de la Comisión Ejecutiva Regional.

    Adjuntamos Acta de la Comisión Ejecutiva de FeS-Cantabria de día 15-05-2012 en que lo reconoce.

    - Adrian utiliza una tarjeta Visa Oro de la Federación sobre la que no justifica ningún gasto, se limita a entregar la copia que da la máquina.

    -No adjunta ni factura ni hoja de gastos en las que explique el motivo del gasto. Y los gastos son importantes sólo en 2012 fueron 10.576,95 euros y en los cuatro primeros meses de 2013 fueron 5.779,14 euros. De esta forma es imposible saber si el gasto se produce para temas de la Organización o para temas personales.

    - Adrian cobraba indistintamente por caja o por talón sin justificar y por razones poco claras. En 2012 por caja 2.574,21 euros y en 2013, 895,16 euros. Por kilometraje entre 400 y 900 km sin explicar nunca el motivo ni el lugar a donde iba. Compensación de gastos, compensación nocturnidad, gastos sin justificar. En las mismas fechas por medio de talón 3.176,44 euros en 2012 y 2.193,19 euros en 2013 y también sin justificar.

    -Todos los meses la empresa Securitas presenta una factura por un importe total de 561,38 euros que cobra por medio de talón y que dice que son por un servicio prestado en nuestras instalaciones de la calle Rualasal, 8 - 4ª planta. Ese gasto se contabiliza como exceso de horas del Secretario General.

    Sobre este tema lo que sabemos es lo siguiente:

    Securitas no presta ningún servicio en nuestras instalaciones.

    No existe ningún contrato o acuerdo entre Securitas y la UGT.

    Securitas le paga esa cantidad a Domingo en nómina en forma de complemento.

    No existe ninguna acta o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de FeS-Cantabria ni de su...

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