STSJ Galicia 3132/2014, 9 de Junio de 2014

PonenteJOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA
ECLIES:TSJGAL:2014:5276
Número de Recurso6/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución3132/2014
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X. GALICIA SALA DO SOCIAL

SECRETRIA SRA FREIRE CORZO-RJ

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax : 881881133 /981184853

NIG : 15030 34 4 2014 0000007

N02700

PROCEDIMIENTO ORDINARIO-DESPIDO COLECTIVO 6/2014-RJ

DEMANDANTE: FEDERACION DE SERVICIOS DE LA UGT (FES-UGT)

ABOGADO: ALBERTO JOSE RODRIGUEZ AMOROSO

DEMANDADOS:

- MUMA SL

ABOGADO: MARIA ESTHER SEGURA ESPINOSA

-CONSULTING E INGENIERIA INTERNACIONAL SL (CIISA)

ABOGADO: MARIA CARMEN PEREIRA SÁEZ

- Felicisimo (ADMINISTRADOR CONCURSAL DE CIISA)

ABOGADO: ELENA OREIRA AGRA

-FOGASA

ILMO. SR. D. JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

ILMO. SR. D. FERNANDO J. LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a 9 de junio de 2014.

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Magistrados citados, en demanda núm. 6/14 sobre conflicto colectivo a instancia de FEDERACION DE SERVICIOS DE LA UGT (FES-UGT) representada por el letrado D. Alberto José Rodríguez Amoroso frente a MUMA SL representada por la letrado Dª María Esther Segura Espinosa, CONSULTING E INGENIERIA INTERNACIONAL SL (CIISA) representada por la letrado Dª María Carmen Pereira Sáez, D. Felicisimo (ADMINISTRADOR CONCURSAL DE CIISA) asistido por la letrado Dª ELENA OREIRA AGRA y el FOGASA que no compareció pese a estar citado en legal forma, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. FERNANDO J. LOUSADA AROCHENA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 22-enero-14, presentó ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia demanda de despido colectivo frente a MUMA S.L., CONSULTING E INGENIERIA INTERNACIONAL S.L. (CIISA) y contra el ADMINISTRADOR CONCURSAL DE CONSULTING E INGENIERIA INTERNACIONAL S.L., D. Felicisimo, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminaron suplicando que se dictara sentencia estimatoria de la demanda y se reconozca la nulidad del despido colectivo, o subsidiariamente la improcedente y falta de motivación de la medida adoptada, con todos los pronunciamientos legales oportunos.

SEGUNDO

Por Decreto de fecha 29-enero-14 acordamos, entre otros extremos, tener por formulada y admitida la demanda, señalando el día 27-marzo-14, para conciliación y/o juicio, suspendido por defectos en su tramitación y vuelto a señalar el para el día 25-abril-14. El 23-abril-13 la representación letrada de MUMA, S.L. presentó escrito solicitando la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados motivado por estar las partes en vías de negociación, dictándose diligencia de ordenación suspendiendo dichos actos y señalándolos de nuevo el día 30-mayo- 14. La conciliación se tuvo por intentada sin avenencia. Se admitió y practicó la prueba propuesta por las partes litigantes, tras lo cual éstas formularon sus conclusiones definitivas quedando los autos conclusos para sentencia. El asunto fue deliberado y redactada la sentencia, si bien debido a que el magistrado Sr. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ estaba de permiso oficial del 2 al 6 de los corrientes, la sentencia se ha datado el día hábil siguiente.

En virtud de los antedichos precedentes procesales, expresamente se declaran los siguientes.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

La Entidad Mercantil Consulting e Ingeniería Internacional Sociedad Anónima fue inscrita a 10 de febrero de 1986 en el Registro Mercantil de A Coruña, siendo su objeto, según sus estatutos, "(a) la redacción, dirección, y en su caso ejecución de proyectos técnicos dentro del más amplio ámbito de la ingeniería y la arquitectura; (b) la realización de estudios, ensayos dictámenes de viabilidad y factibilidad de proyectos técnicos, económicos, de planeamiento, medio ambiente y otros". Su domicilio se fijó en la Calle Linares Rivas 10 y 11 - 1ª planta, de la Ciudad de A Coruña. Fue constituida por Doña Ascension, Don Valentín, Don Jose Pablo, Don Luis Pablo y Don Ángel Jesús, todos ellos integrantes del consejo de administración y el último elegido presidente del consejo de administración y nombrado director general, siendo la primera elegida secretaria del consejo de administración, aunque, por acuerdo del consejo de administración de 5 de noviembre de 1986 se admitió su renuncia a ese cargo, asumiéndolo entonces Don Valentín .

Por junta general universal extraordinaria de 9 de junio de 2008 se acordó la ampliación del objeto social a las siguientes actividades: "(c) la compra, venta, cesión mediante arrendamiento o cualquier otro título jurídico, de todo tipo de maquinaria usada en los campos de la ingeniería y la arquitectura; (d) la ejecución de obras públicas y privadas de todo tipo; (e) la promoción y construcción de edificaciones; (f) la compra y venta de fincas rústicas o urbanas, edificaciones, locales, viviendas y naces industriales o comerciales, así como su explotación mediante arrendamientos o cualquier otro título jurídico".

Por junta general universal de 19 de enero de 2013 se acordó por unanimidad reelegir como miembros del consejo de administración a Don Ángel Jesús, Don Valentín, Don Luis Pablo y Don Jose Pablo, siendo el primero mantenido como presidente y el segundo como secretario del referido consejo.

Por junta general universal extraordinaria de 25 de marzo de 2013 se acordó la transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada, con aprobación de los nuevos estatutos sociales y reelección de los miembros del órgano de administración. Además "se acuerda, por unanimidad, reducir el capital social de la sociedad, que en la actualidad asciende a ciento veinte mil doscientos euros (120.200 euros) dividido en dos mil (2.000) participaciones sociales de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, hasta la cifra de tres mil euros (3.000 euros), esto es en ciento diecisiete mil doscientos euros (117.200 euros) mediante la disminución del valor nominal unitario de las participaciones sociales en que se divide el capital social en cincuenta y ocho euros con sesenta céntimos (58,60 euros), quedando en consecuencia fijado el valor nominal de cada una de las participaciones sociales en la cifra de un euro con cincuenta céntimos (1,50 euros), numeradas correlativamente de la 1 a la 2.000, ambas inclusive. La finalidad de la reducción del capital es el incremento de las reservas voluntarias de la sociedad. Se hace constar expresamente que el presente acuerdo de reducción de capital es de ejecución inmediata, en tanto que, de acuerdo con la finalidad de la reducción del capital, no procede el abono de cantidad alguna a los socios y no existe derecho estatutario de oposición reconocido a favor de los acreedores".

SEGUNDO

La Entidad Mercantil Muma Sociedad Limitada fue inscrita a 20 de octubre de 1992 en el Registro Mercantil de A Coruña. Su domicilio se fijó en la Avenida Linares Rivas 10 y 11 - 1ª planta, de la Ciudad de A Coruña. Fue constituida por Don Ángel Jesús, Don Valentín, Don Luis Pablo y Don Jose Pablo, siendo los dos primeros designados administradores.

Por junta general universal extraordinaria de 16 de febrero de 1994 se acordó cesar a los dos administradores y constituir un consejo de administración integrado por Don Ángel Jesús, Don Valentín, Don Luis Pablo y Don Jose Pablo, siendo designados el primero presidente del consejo de administración y el segundo secretario del consejo de administración.

Por junta general universal extraordinaria de 29 de abril de 1998 se acordó modificar el objeto social, que quedó redactado como sigue: "(a) la adquisición, tenencia, administración, disposición y explotación a través de cualquier clase de negocio jurídico, de bienes inmuebles, muebles, valores mobiliarios, títulos-valores y la participación en comunidades, copropiedad y sociedades de cualquier índole, bien por constitución, aumento de capital, fusión, absorción, compra o cualquier otro título participativo o adquisitivo; (b) la urbanización y promoción de terrenos y la construcción en general de naves comerciales o industriales, viviendas, almacenes, locales de negocio y su explotación, por venta, arrendamiento o cualquier otro negocio jurídico de lícito comercio; (c) la redacción, dirección, y en su caso ejecución de proyectos técnicos dentro del más amplio ámbito de la ingeniería y la arquitectura; (d) la realización de estudios, ensayos dictámenes de viabilidad y factibilidad de proyectos técnicos, económicos, de planeamiento, medio ambiente y otros".

TERCERO

Para la Entidad Mercantil Consulting e Ingeniería Internacional Sociedad Anónima (CIISA) y para la Entidad Mercantil Muma Sociedad Limitada (MUMA) han prestado servicios laborales los trabajadores y trabajadoras siguientes en los periodos temporales indicados a continuación:

Doña Paula : de 12.4.1996 a 11.10.1996, y de 12.10.1996 a 31.7.1999 para CIISA; de 1.8.1999 a

31.12.2002 para MUMA; de 3.1.2003 a 13.4.2004 para CIISA; de 1.9.2005 a 30.5.2006 para MUMA; y desde

31.5.2006 para CIISA. No se han aportado nóminas de esta trabajadora.

Doña Sonsoles : de 22.10.1986 a 10.4.1996, y de 11.4.1996 a 17.4.1996 para CIISA; de 1.11.1997 a

28.11.1998, de 29.11.1998 a 30.11.1999, y de 1.12.1999 a 30.9.2000 para MUMA; de 1.10.2000 a 31.8.2003 para CIISA; de 5.9.2003 a 30.5.2006 para MUMA; y desde 31.5.2006 para CIISA. No se han aportado los contratos de trabajo de esta trabajadora. La antigüedad que aparece en las nóminas de CIISA es la de 31 de mayo de 2006.

Doña Amanda : de 1.8.1995 a 20.9.1996, de 2.4.1997 a 31.7.1999, y de 1.8.1999 a 29.2.2000 para CIISA; de 1.3.2000 a 31.8.2003 para MUMA; y desde 15.9.2003 para CIISA. El contrato de trabajo firmado a

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