STSJ Galicia 2305/2014, 25 de Abril de 2014
Ponente | ANTONIO JESUS OUTEIRIÑO FUENTE |
ECLI | ES:TSJGAL:2014:5050 |
Número de Recurso | 101/2014 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 2305/2014 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939 Fax:881881133 /981184853
NIG: 15078 44 4 2012 0003200 402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000101 /2014 PM
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001042 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de SANTIAGO DE COMPOSTELA
Recurrente/s: ADOLFO DOMINGUEZ SA
Abogado/a: JULIO NEGRO LOPEZ
Recurrido/s: Romualdo
Abogado/a: MARIA TERESA MARTINEZ VIDAL
Procurador/a: GABRIEL ARAMBILLET PALACIO
Ilmo. Sr. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
PRESIDENTE DE LA SALA
ILMO/AS. SR/AS.
JOSE ELIAS LOPEZ PAZ
LUIS F. DE CASTRO MEJUTO
En A CORUÑA, a veinticinco de Abril de dos mil catorce.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 101/2014, formalizado por ADOLFO DOMINGUEZ SA, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 1042/2012, seguidos a instancia de Romualdo frente a ADOLFO DOMINGUEZ SA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Romualdo presentó demanda contra ADOLFO DOMINGUEZ SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintiuno de Octubre de dos mil trece .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
Queda probado y, así se declara, que Don Romualdo, con DNI NUM000, trabajó por cuenta de ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. desde el día 02/12/2010, con la categoría profesional de encargado de establecimiento y percibiendo un salario mensual de 2.124,02 euros incluidos todos los conceptos y la parte proporcional de las pagas extraordinarias. La relación laboral se fundó en los siguientes contratos de trabajo: contrato de trabajo de temporal a tiempo completo celebrado el día 02/12/2010; y contrato de conversión del anterior en contrato de trabajo indefinido no bonificado a tiempo completo celebrado el día 01/12/2011. Durante la vigencia de la relación laboral el centro de trabajo del demandante fue la tienda de la mercantil demandada sita en la c/ República del Salvador n° 13 de la ciudad de Santiago de Compostela. Dicha tienda es la identificada como n° 166 de la mercantil demandada.
El día 31 de octubre de 2012 la mercantil demandada le entregó al demandante comunicación fechada el 15/10/2012 -cuyo contenido se da por reproducido íntegramente al constar unida a los autos- por la que se le participaba la extinción de su contrato de trabajo con fundamento en la causa del artículo 52.c) del ET, por concurrencia de causas económicas y organizativas, con fecha de efectos el día de recepción de la comunicación. Asimismo se le comunicaba que se ponía a su disposición, mediante ingreso en su cuenta bancaria, indemnización por despido por importe de 2.718,04 euros, calculada tomando como referencia el salario del último año, así como su liquidación, saldo y finiquito. A la comunicación de extinción del contrato se adjuntó un extracto de información financiera seleccionada del segundo semestre del ejercicio 2011-2012. Se efectuó puesta a disposición efectiva de la indemnización referida de forma simultánea a la entrega de la comunicación extintiva del contrato de trabajo mediante transferencia bancaria efectuada en dicha fecha -31/10/2012- a la cuenta bancaria del demandante. En fecha 08/11/2012 se le entregó al demandante recibo de liquidación y finiquito por importe total de 2.874,50 euros, el cual consta firmado al pie por el trabajador demandante con la indicación de "no conforme". TERCERO.- ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. pertenece al grupo de empresas GRUPO ADOLFO DOMÍNGUEZ (GRUPO ADZ). Fue constituida por escritura pública el 09/03/1989 bajo la denominación de NUEVAS FRANQUICIAS S.A. En fecha 04/11/1996 se acordó por la Junta de Accionistas la fusión por absorción de las sociedades ADOLFO DOMÍNGUEZ E HIJOS S.L., ADOLFO DOMÍNGUEZ S.L., CEDIAD S.L., y MOLIBA S.L., y el cambio de denominación a su denominación actual ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. tiene su domicilio social en el Polígono Industrial de San Cibrao das Viñas (Ourense). Su objeto social consiste en "la fabricación, adquisición, venta y comercialización al por menor y por mayor, importación, exportación de prendas confeccionadas, calzado, bolsos, marroquinería, pañuelos, artículos de papelería, de perfumería y bisutería, gafas y toda clase de complementos, así como ropa del hogar, muebles y objetos de decoración. La creación y comercialización de diseños, bocetos, patrones y marcas para dichos productos. Creación, explotación y gestión de tiendas y almacenes de depósito de mercancías de todo tipo. Prestación de servicios administrativos y de asesoramiento, gerencia, marketing, contabilidad, estudios y gestión de sistemas empresariales, publicidad y controles de calidad, normalización, homologación e innovación tecnológica. Investigación y desarrollo de nuevos productos y mejora y optimización de los procesos de fabricación, distribución y venta en el campo textil, confección y diseño. Realización de cursos de perfeccionamiento tecnológico y prestación de servicios tecnológicos en el campo textil, confección y diseño". Desde el mes de marzo de 1997 las acciones de ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. están admitidas a cotización oficial en las bolsas de valores españolas. CUARTO.- ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. es la sociedad matriz del GRUPO ADOLFO DOMÍNGUEZ, el cual está integrado por las mercantiles siguientes además de la matriz: ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A.R.L, ADOLFO DOMÍNGUEZ LTD., ADOLFO DOMÍNGUEZ BELGIQUE S.A., ADOLFO DOMÍNGUEZ LUXEMBOURG S.A., ADOLFO DOMÍNGUEZ PORTUGAL MODA LDA., ADOLFO DOMÍNGUEZ JAPAN CORPORATION LTD., TRESPASS S.A. DE CV, TORMATO S.A. DE CV, ADOLFO DOMÍNGUEZ USA INC, ADOLFO DOMÍNGUEZ USA LLC, ADOLFO DOMÍNGUEZ SHANGHAI CO. LTD, ADOLFO DOMÍNGUEZ PANAMÁ S.A., ADOLFO DOMÍNGUEZ EL SALVADOR S.A. DE CV, ADOLFO DOMÍNGUEZ PERÚ S.A.C., GIG IN TRE SKY (COSTA RICA) S.A., ADOLFO DOMÍNGUEZ ITALIA S.R.L. El objeto social del grupo es "e1 diseño, fabricación, adquisición, venta y comercialización al por menor y por mayor, importación y exportación de prendas confeccionadas, calzado, bolsos y complementos, así como ropa de hogar, muebles y objetos de decoración". El grupo comercializa productos categorizados en las siguientes líneas: ADOLFO DOMÍNGUEZ, AD, LINEA U, MI CAS, ADC. QUINTO.- La mercantil ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. cierra su ejercicio económico el día 28 de febrero de cada año, a fin de hacerlo coincidir con el último día del periodo de rebajas. ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. cerró el ejercicio económico finalizado a fecha 29 de febrero de 2012, con un resultado después de impuestos de 8.410.847 euros de pérdidas, siendo el importe neto de la cifra de negocios de 134.367.173 euros y el importe total de ventas de 134.367.947 euros. En el ejercicio finalizado a fecha 28 de febrero de 2011 cerró con un resultado del ejercicio después de impuestos de
4.454.379 euros de pérdidas, siendo el importe neto de la cifra de negocios de 143.217.036 euros, y el importe total de ventas de 143.216.200 euros. SEXTO.- El GRUPO ADOLFO DOMÍNGUEZ en el ejercicio económico finalizado el 29 de febrero de 2012 cerró con un resultado consolidado de 9.740.680 euros de pérdidas, y el ejercicio finalizado el 28 de febrero de 2011 con un resultado consolidado de 4.783.167 euros de pérdidas. SÉPTIMO.- La facturación de la tienda n° 166 de la mercantil ADOLFO DOMÍNGUEZ S.A. en el año 2012 fue sensiblemente inferior en cómputo anual a la del año anterior (1.211 euros), y en cómputo trimestral la facturación del año 2012 fue 'inferior a la del año 2011 en el primer y cuarto trimestre del año, siendo superior en los trimestres segundo y tercero. Así el resultado de facturación del primer trimestre fue de...
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