STSJ Galicia 3962/2014, 15 de Julio de 2014

PonenteRAQUEL MARIA NAVEIRO SANTOS
ECLIES:TSJGAL:2014:4809
Número de Recurso1854/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3962/2014
Fecha de Resolución15 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO CG

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2012 0003206

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001854 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001045 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: Miriam

Abogado/a: ANTONIA RODRIGUEZ LOPEZ

Procurador/a: MARIA LUISA PANDO CARACENA

Graduado/a Social:

Recurrido/s: FERRETERIA EL HORREO SL, HIJOS DE C.V. OTERO S.L.

Abogado/a: FATIMA MARIA BREGUA LOPEZ, FATIMA MARIA BREGUA LOPEZ

Procurador/a:,

Graduado/a Social:

ILMA. SRA. Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

ILMO. SR. D. RICARDO PEDRO RON LATAS

En A CORUÑA, a quince de Julio de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001854 /2014, formalizado por Dª Miriam, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001045 /2012, seguidos a instancia de Dª Miriam frente a FERRETERIA EL HORREO SL, HIJOS DE C.V. OTERO S.L., siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Miriam presentó demanda contra FERRETERIA EL HORREO SL, HIJOS DE C.V. OTERO S.L., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha seis de Febrero de dos mil catorce que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Queda probado que Doña Miriam trabajó por cuenta de HIJOS DE C.V. OTERO S.L. desde el 1 de noviembre de 1974, con la categoría profesional de cajera, y percibiendo un salario mensual incluidos todos los conceptos de 1.629,51 euros. El 10 de junio del año 2005 se produjo, por acuerdo, de las partes un cambio de la categoría profesional de la demandante, que pasó de ser auxiliar de caja a cajera, con los incrementos en los emolumentos y cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes. La demandante ha venido prestando sus servicios desde el inicio de la relación laboral en el centro de trabajo que tiene HIJOS DE C.V. OTERO S.L. en la calle Gómez Ulla de Santiago de Compostela. SEGUNDO,- El 16 de noviembre de 2012 la demandante recibió carta de despido de la codemandada HIJOS DE C.V. OTERO S.L. - cuyo contenido se da por reproducido al constar unida a los autos- por la que se le participaba la extinción de su contrato de trabajo por causas económicas con fundamento en los artículos 51.1, 52.c ) y 53 del ET, con fecha de efectos el mismo día. Asimismo se le comunicaba que se ponía a su disposición la indemnización legalmente prevista de 19.554,12 euros y que se le incluiría en la liquidación de haberes el importe correspondiente a los 15 días de preaviso por no haber respetado la empresa el mismo, poniéndolas a su disposición en la sede de la empresa. Se efectuó puesta a disposición de la indemnización referida en la carta de despido mediante orden de transferencia de la liquidación e indemnización en la cuenta bancaria de la demandante con fecha de origen el 16/11/2012 y con fecha valor el 19/11/2012, con un importe total de 22.875,01 euros. TERCERO.- La mercantil HIJOS DE C.V. OTERO S.L. fue constituida en fecha 20/12/2010, a consecuencia de la escisión de la entidad HIJOS DE C.V. OTERO S.A. Figura inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela Tomo 114, Sección General, Folio 155, Hoja SC-45337. Tiene su domicilio social en calle Vía Edison 5 del Polígono Industrial del Tambre de Santiago de Compostela. Constituye su objeto social la compra y venta al por mayor y menor e importación de maquinaria para labrar maderas y metales, herramientas para todas las artes y oficios, hierros y metales de laminación y manufacturados en todas sus aplicaciones, ferretería, automóviles, motocicletas, piezas de recambios y accesorios para toda clase de vehículos, materiales de construcción, artículos de saneamiento y cuantos otros artículos o materiales similares considere conveniente incluir en sus actividades. Su actividad habitual principal es de la comercio al por mayor de artículos de ferretería. Dicha mercantil tiene en Santiago de Compostela tres centros de trabajo, uno sito en la calle Gómez Ulla, otro (nave industrial) sita en Vía Edison 5 del Polígono Industrial del Tambre, y un tercero sito en Ctra. De A Coruña n° 197. CUARTO.- La mercantil FERRETERIA EL HÓRREO S.L. fue constituida el 22/02/1988, estando inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de A Coruña Tomo 619, Libro 183, Sección 2a de Sociedades, Folio 52, Hoja 3075. Tiene su domicilio social en calle Hórreo n° 22 de Santiago de Compostela. Su objeto social es el comercio de compra y venta al por mayor y menor, la importación y exportación de maquinaria pare labrar maderas y metales, herramientas pare todas las artes y oficios, hierros y metales de laminación y manufacturados en todas sus aplicaciones, ferretería, automóviles, motocicletas, piezas de recambios y accesorios pare toda clase de vehículos, materiales de construcción, artículos de saneamiento y cuantos otros artículos o materiales similares consideren conveniente incluir por la Junta General. Su actividad principal habitual es la de comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería y droguería. La mercantil FERRETERIA EL HORREO S.L. tiene un centro de trabajo en Santiago de Compostela, sito en la calle Hórreo de dicha ciudad. QUINTO.- HIJOS DE C.V. OTERO S.L. y FERRETERIA EL HORREO S.L. forman parte de un mismo grupo mercantil de empresas. Ambas mercantiles tienen algunos socios coincidentes. Así son socios de HIJOS DE C.V. OTERO S.L. con los porcentajes de participaci6n siguientes: Don Luis Pablo 25,81%, Don Aurelio 16,66%, Don Enrique 16,66%, Doña Penélope 12,09%, Dona Adriana 16,66% y Don Leopoldo 6,04%. Son socios de la mercantil FERRETERIA EL HÓRREO S.L. con las participaciones que se indican: Don Aurelio 16,66%, Don Enrique 16,67%, Doña Penélope 25%, Dona Adriana 16,67%, Don Leopoldo 12,50% y Doña Inmaculada 12,50%. Son coincidentes en ambas mercantiles algunos de los miembros de sus respectivos Consejos de Administración. Así Don Aurelio y Don Enrique, ostentando el primero de ellos la condición de Presidente del Consejo de Administración de ambas sociedades. Igualmente Don Leopoldo que es administrador y socio de HIJOS DE C.V. OTERO S.L. es a su vez miembro del Consejo de Administración de FERRETERIA EL HÓRREO S.L., y Doña Penélope que es socia de HIJOS DE C.V.OTERO S.L. y miembro del Consejo de Administración de FERRETERIA EL HORREO S. L. Don Borja es trabajador de la mercantil HIJOS DE C.V. OTERO S.L., ostentando la condición de jefe de sucursal, siendo el responsable de todos los trabajadores que prestan sus servicios en el centro de trabajo sito en el Polígono Industrial del Tambre. El Sr. Borja es hijo del jefe de HIJOS DE C.V. OTERO S.L., y en ocasiones presta servicios en el centro de trabajo de la mercantil FERRETERIA EL HÓRREO S.L. sito en la calle Hórreo. SEXTO.- La mercantil FERRETERIA EL HÓRREO S.L. es uno de los principales clientes de la mercantil HIJOS DE C.V. OTERO S.L. Las operaciones de compra y venta de mercancía entre ellas se efectúan a precios normales de mercado, y con el consiguiente reflejo contable. Cada una de dichas mercantiles ostenta su propia plantilla y centros de trabajo diferenciados. Con la única excepción del Sr. Borja, los trabajadores de cada una de dichas mercantiles no prestan servicios simultánea, ni sucesiva para ambas, ni de forma indiferenciada para ambas. SÉPTIMO.- La mercantil HIJOS DE C.V. OTERO S.L. cerró el ejercicio económico del año 2011 con un importe neto de la cifra de negocio de 8.025.140,33 euros y con un resultado del ejercicio antes de impuestos de 49.768,25 euros de ganancias; y el ejercicio 2012 con un importe neto de la cifra de negocio de 7.088.857,50 euros con un resultado del ejercicio antes de impuestos de 108.076,83 euros de pérdidas. Las cuentas anuales del ejercicio 2012 constan auditadas y depositadas ante el Registro Mercantil. En el ejercicio 2012 presentó Impuesto de Sociedades con una base imponible de -94.528 euros, siendo el resultado de la liquidación de 2.212,10 euros a devolver. En el ejercicio 2012 el resultado de su liquidación anual de IVA ascendía a 480.335,45 euros con un volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio de 9.234.748,78 euros; en el ejercicio 2011 el resultado de su liquidación anual de IVA ascendía a 459.237,56 euros con un volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio de 8.559.081,07; y en el ejercicio 2012 el resultado de su liquidación anual de IVA ascendía a 406.206,36 euros con un volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio de 7.096.240,89 euros. La empresa ha sufrido un descenso de las ventas de 2.173.332,25 euros en el periodo qua abarca desde el ejercicio 2008 al año 2012. Se da por reproducida la información detallada en la memoria adjunta al expediente de regulación de empleo remitido a este Juzgado por la CONSELLERIA DE TRABALLO E BENESTAR DE LA XUNTA DE GALICIA. OCTAVO.- El día 14/05/2013 la mercantil HIJOS DE C.V. OTERO S.L. presentó ante la CONSELLERIA DE TRABALLO E BENESTAR DE LA XUNTA DE GALICIA comunicación de Expediente de Regulación de Empleo por causas económicas (existencia de pérdidas actuales y disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios o ventas), para la...

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