STSJ Galicia 3681/2014, 8 de Julio de 2014

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2014:4540
Número de Recurso3312/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3681/2014
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

- PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2009 0001105 SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003312 /2012 IP

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000494 /2009 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: Sara

Abogado/a: PEDRO BLANCO LOBEIRAS

Procurador/a: JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO

Graduado/a Social:

Recurrido/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO/A SR/SRA PRESIDENTE

D/Dª JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a ocho de Julio de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0003312 /2012, formalizado por el/la D/Dª PEDRO BLANCO LOBEIRAS, Letrado, en nombre y representación de Sara, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL

N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000494 /2009, seguidos a instancia de Sara frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/ Sra D/Dª JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Sara presentó demanda contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha treinta de Diciembre de dos mil once

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

D. Sara, era perceptora de subsidio de desempleo por responsabilidades familiares. Con fecha 4 de mayo de 2008 solicitó la prórroga del subsidio de desempleo que tenía concedido.

SEGUNDO

En fecha 21 de noviembre de 2008, se comunicó a la actora propuesta de Resolución por el INEM por la que se declara la percepción indebida de prestaciones por desempleo por una cuantía total de 5.691,26 euros, correspondientes al período comprendido entre el 1 de septiembre de 2007 y el 27 de octubre de 2008, por haber dejado de reunir los requisitos para la percepción del subsidio porque sus rentas superan el cómputo mensual del 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias desde el 1 de septiembre de 2007, con la correspondiente extinción de la percepción del subsidio reconocido. TERCERO. Presentado escrito de alegaciones por la actora, se le comunica a la actora resolución del INEM de fecha 26 de enero de 2009, por la que se declaraba la percepción indebida y la extinción del derecho. CUARTO.-Interpuesta reclamación previa de fecha 16 de febrero 2009, el INEM en resolución de fecha 16 de abril de 2009, desestimó la reclamación previa, confirmando la resolución de obro indebido y extinción. QUINTO.- La unidad familiar de la actora está formada por su esposo y sus dos hijas. SEXTO.-Los ingresos brutos mensuales del marido de la actora de septiembre de 2007 a diciembre de 2007 fueron de 1343,17 euros, de enero de 2008 a julio de 2008 de 877 euros y de septiembre de 2008 a enero de 2011 de 2300,77 euros. La Xunta de Galicia abonó al esposo de la actora en concepto de horas extraordinarias en enero de 2008 la suma total de 1418,84 euros, de los cuales 346,52 euros corresponden a julio de 2007, 655,56 euros en septiembre, 351,20 euros en octubre de 2007 y 65,56 euros en noviembre de 2007. Según los datos fiscales de 2007, csta que ha obtenido unos ingresos de capital mobiliario de 201,56 euros y unos ingresos de capital inmobiliario de 1079,89 euros. SÉPTIMO.-Los rendimientos mensuales de la unidad familiar de la actora fueron durante septiembre de 2007:prorrateo mensual de rendimientos del esposo: 1,343,17; prorrateo mensual de rendimientos del capital mobiliario: 16,80 euros; prorrateo mensual de rendimientos del capital inmobiliario:

89.99 euros, horas extras correspondientes a dicho mes 655,56.OCTAVO. Los rendimientos mensuales de la unidad familiar de la actora fueron durante octubre de 2007: prorrateo mensual de rendimientos del esposo: 1.343,17; prorrateo mensual de rendimientos del capital mobiliario: 16,80 euros; prorrateo mensual de rendimientos del capital inmobiliario: 89.99 euros, horas extras correspondientes a dicho mes 351,20 euros, lo que supone un total de rendimientos de la unidad familiar en dicho mes de 1801,34 euros, que dividido por el número de miembros (4) supone una suma mensual de 450,33 superior al límite legal establecido para la percepción del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Galicia 3380/2016, 30 de Mayo de 2016
    • España
    • 30 Mayo 2016
    ...éste, decaiga la infracción denunciada "(S-de28-5-96 ). ..." Como señalamos en STSJ, Social sección 1 del 08 de julio de 2014 ( ROJ: STSJ GAL 4540/2014 -ECLI:ES:TSJGAL:2014:4540) Sentencia: 3681/2014 | Recurso: 3312/2012 " El artículo 25.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orde......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR