STSJ Galicia , 30 de Septiembre de 2004

PonenteJOSE MARIA CABANAS GANCEDO
ECLIES:TSJGAL:2004:6321
Número de Recurso555/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Social

sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de A Coruña, siendo Ponente el ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA CABANAS GANCEDO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Paloma en reclamación de INCAPACIDAD, siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 374/03 sentencia con fecha 24-11-03, por el Juzgado de referencia , que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- La parte actora, nacida el 10 de octubre de 1943, con DNI nº NUM000 , se encuentra afiliada a la Seguridad Social en el Régimen General con el nº NUM001 , siendo su profesión habitual la de carnicera. 2.- Habiendo solicitado en fecha 30 de julio de 1999 a la Entidad demandada invalidez permanente, ésta mediante Resolución de fecha 6 de febrero de 2003, declaró que la parte actora se encontraba en situación de invalidez permanente en grado de total para su profesión habitual derivada de enfermedad común. 3.-Finalizó la vía administrativa mediante la preceptiva reclamación previa ante la Dirección Provincial del INSS postulando el grado de absoluto que, por resolución de fecha 1 de abril de 2003 confirmó el pronunciamiento inicial. 4.- La base reguladora de la prestación asciende a 329,63 euros. 5.- Padece la parte actora: Síndrome de estenosis de canal lumbosacro de origen degenerativo tributario de tratamientoquirúrgico para artrodesis. 6.- El Dictamen Propuesta del EVI es de fecha 11 de julio de 2001."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que, desestimando la pretensión de la demanda interpuesta por Dª Paloma , debo absolver y absuelvo a la Entidad demandada INSS de las pretensiones de la parte actora."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ante la sentencia de instancia -que desestimó la demanda, dirigida a que se declare a la actora, nacida el 10 de octubre de 1943, afiliada al RGSS por la profesión de carnicera y a quien se reconoció la situación de IPT en el...

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