STSJ Andalucía 1815/2007, 27 de Junio de 2007

PonenteRAFAELA HORCAS BALLESTEROS
ECLIES:TSJAND:2007:7551
Número de Recurso1444/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1815/2007
Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1444-07, interpuesto por GE HEALTHCARE BIO-SCIENCES, S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. CUATRO DE GRANADA, en fecha 31 de enero de 2007, en autos núm. 782-06. Ha sido ponente la Iltma. Sra. Magistrado Doña RAFAELA HORCAS BALLESTEROS .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Doña Luisa , sobre despido, contra el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, GE HEALTHCARE BIO SICIENCES, S.A., SCHERING ESPAÑA, S.A. e IBA MOLECULAR SPAIN, S.A.; y admitida a trámite y celebrado juicio, se dictó sentencia en fecha 31 de enero de 2007 , por la que se hicieron los siguientes pronunciamientos: 1º.- Se desestimó la demanda respecto del S.A.S. y empresas Scheting España, S.A. e Iba Molecular Spain, S.A., organismo y empresas a las que se absolvió de las pretensiones deducidas en su contra. 2º.- Se estimó la demanda respecto de la empresa GE Healthcare Bio-Sciences, S.A., declarando que la actora fue improcedentemente despedida por la citada empresa en fecha 15-11-2006, condenando a la misma, además de a estar y pasar por tal declaración, y dado que es imposible la readmisión de la actor en el mismo puesto de trabajo y condiciones existentes al ser despedida, a que la indemnice en la cantidad de 11.283'15 euros, con abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la de esta sentencia, a razón de 79'18 euros/día, o hasta que hubiera encontrado (la actora) otro empleo, si tal colocación fuera anterior adicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido para su descuento de los salarios de tramitación, pronunciamiento que lleva aparejado el de extinción de la relación laboral que existía entre la actora y la empresa Ge Healthcare Bio-Sciences, S.A. en la fecha de esta sentencia. Todo ello previa desestimación de la pretensión de despido nulo de la que se absuelve a todos y cada uno de los demandados.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Con fecha 2 de octubre de 2003 se celebró entre la aquí demandante Doña Luisa DNI número NUM000 , domiciliada a efectos de notificaciones en CALLE000 NUM001 ' NUM002 de Granada y la empresa Amersham Health S.A. dedicada a la actividad de Co. Mayor Ptos. Farmacéuticos y medicamentos que aparecía domiciliada en Tres Cantos Madrid Calle Ronda de Poniente 12, contrato de trabajo indefinido a tiempo completo como Tec. Unidad Radiofarmacia categoría o nivel grupo 4. A los folios 169 y sgtes aparece ejemplar del citado contrato y sus anexos que se da por reproducido a fines probatorios. La actora prestó sus servicios en centro de trabajo sito en el Hospital San Cecilio de Granada haciéndolo hasta el 14.11.06 para la mercantil GE HEAL THCARE BIO SIENCIES S.A. entidad que tras diversas fusiones y adsorciones habla resultado su empleadora , con un salario día de 79.18€. A los folios 180 y siguientes obran las hojas saláriales de enero a noviembre de 2.006.

SEGUNDO

El Servicio Andaluz de Salud desde al menos 1997 saca a concurso, por periodo de cuatro años la concesión de la "contratación mixta del suministro de Radiofármacos y el servicio de gestión de residuos de Hospitales del SAS", dispensándose dicho servicio entre otros, en los Hospitales "Virgen de las Nieves" y "San Cecilio" de Granada. Los dos primeros concursos fueron adjudicados a la entidad Amershan Iberica S.A.. La sociedad Amersham Ibérica S.A. se fusionó por absorción con la entidad Nycomed

S.A., formando Nycomed Amersham S.A , siendo Ge Healthcare Bio Sciencies S.A.

producto de la fusión por absorción entre General Electric S.A. con Amersan Healtg S.A. producto de la fusión por absorción entre General Electric S.A. con Amersan Health S.A.

TERCERO

Convocado nuevo concurso por el SAS el mismo fue adjudicado por Resolución de 29 de septiembre de 2006 a la entidad SCHERING ESPAÑA S.A. según se le participó por 'él SAS en comunicación de 3 de octubre de 2006 (folios 391 y sgtes), suscribiéndose entre el SAS y Schering España S.A. en 10 de noviembre de 2006 el contrato que aparece a los folios 395 y sgtes y que contiene el siguiente acuerdo Octavo, en consonancia con la condición particular del, Pliego 8.1.2.: OCT A VO.- El contratista deberá abonar a la empresa GE HEAL THCA BIOSCIENCES,S.A. (antes AMERSHAM HEALTH,S.A., a cantl ad de 70.702,81 €, en concepto de amortización pendiente de bienes muebles del contrato de suministro de radiofármacos anterior, calculados a la fecha de

inicio efectivo del contrato, el día 15 de noviembre de 2006.

A Schering España S.A. legalmente sucedió IBA MOLECULAR SPAIN S.A. obrando a los folios 342 y sgtes obra copia de la escritura de elevación a público de documento privado otorgado por Schering España S.A. a Iba Molecular Spain S.A.U. en 06.04.06 al numero 1.526 del Protocolo del Notario de Madrid Don Celso Méndez Ureña.- En citado documento de compraventa de activos se refleja la venta de los activos de Schering España S.A. a Iba Molecular Spain S.A. En fecha 15 de mayo de 2006 (Folios 387 y sgtes) se suscribió entre las empresas citadas estipulación adicional al contrato de distribución de 28 de abril de 2006 suscrito entre Schering S.A. e Iba Molecular Spain S.A. que en definitiva vino a sustituir frente al SAS a la anterior adjudicataria GE HEAL THCARE BIO SCIENCIES S.A.

CUARTO

Con fecha 14 de noviembre de 2006 la actora recibió carta de su empleadora fechada en 8 de citado mes y año participándole:

Madrid, 8 de noviembre de 2006

Estimada Sra. Luisa ,

Tal y como le hemos venido informando durante las últimas fechas, por la presente le

confirmamos que como consecuencia de resolución del Servicio Andaluz de Salud en virtud de la cuál se otorga a SCHERING ESPAÑA, S.A. (SCHERING) la concesión del suministro de radiofármacos y el servicio de gestión de residuos radioactivos en sus hospitales, a partir del próximo día 15 de noviembre de2006 SCHERING (o la entidad que legalmente pudiera sucederle- IBA MOLECUAR SPAIN, S.A.-) se subrogará en el suministro de radiofármacos y gestión de residuos radioactivos que hasta la fecha ha venido

realizando GE HEAL THCARE BIO SCIENCES, S. A (GE HEAL THCARE) en los hospitales del Servicio Andaluz de Salud.

Igualmente les informamos que la transmisión conforme al pliego de condiciones, publicado el18 de junio de 2006 en el BOE, regulador del concurso otorgado a SCHERING de las Unidades de Radiofarmacia, en tanto íntegramente equipadas y por ello susceptibles de su utilización de manera inmediata y SIn SolUCIón de continuidad desde el cese de cm HEALFfrC-ÁliE, constItuye un supuesto de sucesión de empresa al amparo de lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores .

Así y en su condición de nuevo adjudicatario de las Unidades de Radiofármacia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y con efectos de 15 de noviembre de 2006 , SCHERING, o la entidad a la que finalmente le fuese asignada la gestión de las Unidades de Radiofarmacia ( en este sentido, y pese a no haber recibido ninguna notificación oficial por parte de SCHERING, a GE HEAL THCARE ha tenido conocimiento de que dicha entidad pudiera ser IBA MOLECUAR SPAIN, S. A.), quedará subrogada su contrato de trabajo así como en la totalidad de los derechos y obligaciones que hasta la fecha tenía con GE HEAL THCARE.

I Sin otro particular y agradeciéndole su esfuerzo y dedicación durante estos años.

OUINTO.- Con fecha 15.11.06 la actora se personó a la hora de entrada en su centro de trabajo, impidiéndosele el acceso al mismo, no dándole ocupación efectiva e indicándosele por la nueva adjudicataria que no contaban con sus servicios y que su situación laboral era ajena a tal empresa..

SEXTO

Entendiéndose la actora despedida, presento papeleta conciliatoria ante el CEMAC en

23.11.06 frente a las empresas GE HEAL THCARE BIO SCIENCIES S.A., SCHERING ESPAÑA S.A. E IBA MOLECULAR SP AIN S.A. celebrándose el acto en 4 de diciembre de 2006 como sin avenencia entre las partes. Asimismo remitió en 16.11.06 burofax al SAS y a las empresas demandadas del siguiente contenido:

Luisa COMPARECE PARA DECIR QUE PERSONADO/A

EN EL CENTRO DE TRABAJO DE GRANADA EL DIA 15.11.06 SIN PERMITIRSEME ACCEDER AL TRABAJO, ENTERADO/ A FINALIZACION CONTRATA RADIOF ÁRMACOS ENTRE GE HEAL THCARE BIO -SCIENCIES ,S.A. y SERVICIO ANDALUZ DE SALUD A PARTIR DEL DIA 15.11.06 ASI COMO NOTIFICADA POR GE HEALTHCARE BIO-SCIENCIES,S.A. EL DIA 14.11.06 LA SUCESIÓN DE EMPRESA OPERADA EN MI CONTRATO DE TRABAJO DESDE 15.11.06 A FAVOR DE LA ENTIDAD SCHERING ESPAÑA ,S.A. ( SCHERING) Y/O IBA MOLECULAR SPAIN, S. A. MANIFIESTO LO SIGUIENTE:

1) QUE SIENDO MI CONTRATO DE TRABAJO SUSCRITO CON GE HEAL THCARE BIO-SCIENCIES ,S.A. DE CARÁCTER INDEFINIDO DESDE 02.10.33 Y NO HABIÉNDOSE SUBROGADO EN EL MISMO SCHERING ESPAÑA,S..A (SCHERING) Y/O IBA MOLECULAR SPAIN,S.A. - PESE A LA...

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