STSJ Cataluña 7945/2007, 14 de Noviembre de 2007

PonenteSARA MARIA POSE VIDAL
ECLIES:TSJCAT:2007:12243
Número de Recurso4957/2007
Número de Resolución7945/2007
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 7945/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por Silvio frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 15 de junio de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 102/2006 y siendo recurrido/a Companya D' Aigües de Vilanova S.A.. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. SARA MARIA POSE VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14-2-06 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Conflicto colectivo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29 de diciembre de 2006 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la concurrencia de la excepción planteada por la empresa demandada de inadecuación de procedimiento, desestimo por tal razón la demanda interpuesta por Silvio en nombre y representación de FEDERACIÓ DE SERVEIS PUBLICS DE LA UGT, en la empresa contra COMPANYIA D'AIGÜES DE VILANOVA, S.A. en reclamación por Conflicto Colectivo."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:1.- En virtud del ACORD DE GARANTÍES SOCIO'LABORALS DELS TREBALLADORS DEL SERVEI MUNICIPALS QUE INTEGRAN LA COMPANYIA D'AIGÜES DE VILANOVA I LA GELTRÚ de fecha 2-07-2004 y con ocasión de hacer efectiva la constitución de la empresa COMPANYIA D'AIGÚES DE VILANOVA I LA GELTRU, SOCIETAT ANÓNIMA MUNICIPAL con integración de los trabajadores municipales que prestan servicios en el Servei Municipal d'Abastament d'aigua (SMAA) de Vilanova i la geltrú en la nueva empresa se llego al siguiente acuerdo: El personal de la COMPANYIA D'AIGUES DE VILANOVA I LA GELTRÚ, SOCIETAT ANÓNIMA MUNICIPAL que se relacionaba en el anexo estaría acogido al convenio colectivo del Ajuntament de Vilanova y acuerdos específicos del SMAA hasta que en su caso la nueva sociedad tuviera convenio propio, estableciendo a la vez que si de la eventual firma de ese primer convenio colectivo resultara un cambio de las condiciones sociolaborales los trabajadores afectados relacionados en el anexo dispondrían de un año para solicitar el retorno al Ajuntament de Vilanova que debería aceptarlos dentro de la plantilla de la mencionada empresa y con el objetivo de garantizar que se mantendrían 1, en virtud del acuerdo de Garantías.

En el anexo que se incorpora a dicho acuerdo constan 21 personas con contrato fijo, 2 con contrato temporal, 2 con contrato de obra determinada y 1 con contrato por sustitución de personal de baja.

  1. - El convenio del Ajuntament de Vilanova i la Geltrú establece una jornada de trabajo de 35 horas de lunes a viernes en jornada intensiva salvo los que tengan una regulación específica y la reducción de la jornada de 37,5 horas a las 35 en tres años a fin de en el año 2002 llegar a una jornada de 1491 horas.

  2. - En la empresa existen 4 trabajadores, de una plantilla de 32 trabajadores y de los que al menos 2 figuran incluidos en el anexo al acuerdo de garantías que realizan una jornada de 40 horas semanales.

  3. - En fecha 1 de julio de 2005 Gabino DNI NUM000 suscribió un anexo a su contrato de trabajo por el que acordaba con la empresa que: amb data primer de julio de 2005 el treballador passará a prestar els seus serveis amb la categoría profesional d'Oficial vigilant d'obres i serveis pel departament de sanejament, amb una jornada de 1700 hores anuals distribuïdes de dilluns a dijous de 8H a 13h i de 15h a 18;30 hores i divendres de 8h a 14h. El Treballador percebrá una retribució total de 24321,93 E bruts anuals.

  4. - En fecha 12-04-2005 Rodrigo DNI NUM001 suscribió contrato de trabajo indefinido a tiempo completo con la Compañía d'aigües de Vilanova,S.A. para prestas sus servicios como Cap de sanejament con jornada de trabajo de 40 horas semanales de lunes a jueves de 8h a 13h i de 16h a 19;30 hores y viernes de 8 a 14 horas, con una retribución anual total de 36.089,00 euros.

  5. - En fecha 1 de julio de 2005 Jesús Luis DNI NUM002 suscribió un anexo a su contrato de trabajo por el que acordaba con la empresa que: amb data primer de julio de 2005 el treballador passarà a prestar els seus serveis amb la categoría profesional d'Oficial vigilant d' obres i serveis pel departament de sanejament, amb una jornada de 1700 hores anuals distribuïdes de dilluns a dijous de 8H a 13h i de 15h a 18;30 hores i divendres de 8h a 14h. El Treballador percebrá una retribució total de...

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