STSJ Cataluña 7890/2007, 13 de Noviembre de 2007

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL
ECLIES:TSJCAT:2007:12358
Número de Recurso5587/2007
Número de Resolución7890/2007
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 7890/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por Zurich España Compañia de Seguros y Reaseguros, S.A. y Verónica frente a la Sentencia del Juzgado Social 15 Barcelona de fecha 6 de marzo de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 30/2007 y siendo recurrido/a -F.G.S.- Fondo de Garantía Salarial. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de enero de 2007 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 6 de marzo de 2007 que contenía el siguiente Fallo:

Que ESTIMO en parte las pretensiones de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Doña Verónica contra Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA, y en su consecuencia:

a) Confirmo la declaración de improcedencia del despido del que fue objeto el actor Doña Verónica , así reconocido por la demandada Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA.b) Declaro la extemporaneidad del depósito de la indemnización por despido reconocido improcedente y salarios de tramitación que realizara la empresa demandada Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA el día 19 de enero de 2007.

c) Fijo la indemnización, por despido a favor de la actora en la cantidad de 119.803'32 euros.

d) Fijo los salarios de tramitación por la actora desde la fecha del despido y hasta notificación de esta sentencia, a razón de 93'77 euros diarios, incluido el prorrateo de pagas extras.

Por todo ello condeno a Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA a estar y pasar por tal declaración y a que abone a Doña Verónica la cantidad de 8.482'04 euros en concepto de diferencia entre la superior indemnización fijada en ésta sentencia y la depositada a favor de la actora.

Condeno igualmente a Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA a abonar a Doña Verónica los salarios dejados de percibir por la misma desde el despido y hasta notificación de esta Sentencia, a razón de un salario diario de 93'77 euros con inclusión del prorrateo de pagas extras. La cuantía resultante deberá ser minorada en 4.680'01 euros , ya depositados a disposición de la actora.

Absuelvo a Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA de los restantes pedimentos deducidos en su contra.

E igualmente debo absolver y absuelvo al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades de orden legal.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Doña Verónica , mayor de edad, con DNI NUM000 , ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa demandada desde el día 14 de enero de 1974, última categoría profesional de Gestor de PDS.

Doña Verónica miembro de los órganos de representación unitaria o sindical de los trabajadores en la empresa.

  1. - En fecha 20 de noviembre de 2006 Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA notificó a Doña Verónica pliego de cargos imputando a la misma bajo nivel de rendimiento laboral y falta de interés por el trabajo realizado no predisposición a reciclarse y amenazas de coger bajas (folio 38, prueba de la demandada).

  2. - La actora contestó por escrito de 23 de noviembre de 2006 poniendo de relieve la inconcreción de los cargos y su disconformidad con las imputaciones (folio 40, prueba de la demandada).

  3. - Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA notificó a Doña Verónica su despido disciplinario mediante carta de 24 de noviembre, con remisión a las imputaciones del pliego de cargos. La notificación fue remitida por burofax de esa misma fecha (folios 42 a 45, prueba de la parte demandada).

  4. - Doña Verónica presentó solicitud de celebración de acto de conciliación el día 19 de diciembre de 2006.

    El acto se celebró el día 19 de enero de 2007. Doña Verónica se ratificó en su posición.

    Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA se opuso a las pretensiones de la demandante.

    El acto concluyó sin avenencia, no constando en acta los motivos de oposición de la demandada, reconocimiento alguno de improcedencia sin ofrecimiento de indemnización (certificación del acta al folio

    15).

  5. - Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA depositó en el Juzgado de lo Social la cantidad de 116.001 '29 euros el mismo día 19 de enero de 2007 y a disposición de la demandante (folios 47 y 48 ). En escrito adjunto reconocía la improcedencia del despido y efectuaba el desglose conceptual y cuantitativo, asignando 111.321 '28 euros a indemnización y 4.680'01 a salarios de tramitación hasta CMAC.

  6. - Doña Verónica percibió en octubre de 2006 la cantidad bruta de 3.436' 18 euros, según elsiguiente desglose conceptual:

    Salario base: 1.027'22 euros

    Complemento adapt. indiviv: 335'33 euros

    Prorrata p. primas: 454'45 euros

    Comp. por experienc: 151'29 euros

    Comp. pers. convenio: 289'38 euros

    Paga ext. octubre: 1.178'51 euros

    Deducidos los conceptos de IRPF y cotización, quedó un líquido de 2.546'28 euros .

  7. - Los recibos de salario correspondientes a la actora a lo largo de 2006 integran regularizaciones y conceptos de vencimiento periódico superior al mes y otros como atrasos. Así, en el recibo de septiembre 2006 aparece el concepto atrasos enero-mayo; en los recibos de salario de los meses de enero a agosto aparece el concepto complemento sust. art. 18Ñ92 .

  8. - Doña Verónica percibió desde noviembre de 2005 a octubre de 2006, por el concepto de retribución, la cantidad bruta de 34.189 '46 euros, incluida en ella la diferencia de prima de 2005, abonada en febrero de 2006, en cuantía de 2.423'56 euros.

  9. - Doña Verónica percibía cada mes de febrero una prima, calculada a porcentaje sobre el salario base, complementos de antigüedad, permanencia, C .pers. provisional y experiencia, y minorada por el concepto Comp. sust. art 18ñ92 y/o prorrata p. primas.

    La prima correspondiente a 2005 y satisfecha en febrero de 2006 se calculó sobre las siguientes cuantías y parámetros:

    Salario base X 1'52 pagas: 1.530'76 euros.

    (anticipadas 3 pagas durante 2005 en el concepto 1 / 12 ant).

    Antigüedad, permanencia y C.pers. Provisional X 4'52 pagas: 997'25 euros.

    Experiencia X 4'52 pagas: 603'37 euros.

    Complemento Sus. Art. 18c/92 X -0'52 pagas: -707'82 euros.

    LIQUIDACIÓN BRUTA P. PRIMAS 2005: 2.423 '56 euros.

  10. - Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA certifica un salario base mensual de la actora en 2006 de 1.027'22 euros, mas cuatro pagas extras por tal importe y, más los complementos adap, indiv, experiencia, prorrata de primas y pers. Convenio, por un total bruto en cómputo anual de 31.806 '08 euros.

  11. - El salario diario con prorrateo de pagas extras de Doña Verónica asciende a 93'77 euros.

  12. - Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros SA y OTZA, CCOO, UGT, ELA-STV el día 28 de julio de 2004 suscribieron acuerdo sobre protocolo alineación plantilla 2004-2007 con el objetivo de adecuar de forma paulatina la plantilla a la evolución de la eficiencia interna. Se pactó un plan de prejubilaciones y jubilaciones anticipadas y bajas voluntarias incentivadas. Este último afectaba a trabajadores que se encontrasen en zonas, cetros o unidades designadas como excedentarias o críticas para el mantenimiento del empleo; la adhesión era voluntaria para cada trabajador pudiendo interesarla quienes se encuentran entre 58 y 64 años de edad, siendo obligada la aceptación de la empresa; en tales casos, junto a la indemnización legal, el trabajador percibiría una indemnización adicional de 6.000 euros. El acuerdo no impedía la posibilidad empresarial de despedir por causa legal."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunciaron recurso de suplicación la parte actora Verónica y laparte demandada Zurich España, Cia de Seguros y Reaseguros S.A., que formalizaron dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó la Aseguradora demandada, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima en parte la demanda por despido improcedente formulada por Verónica contra la empresa ZURICH ESPAÑA, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., confirmando la declaración de despido improcedente reconocida por la empresa, si bien declara la extemporaneidad del depósito de la indemnización y salarios de tramitación que realizara la empresa, fijando una nueva indemnización y los salarios de tramitación hasta la fecha de la sentencia, condenando a la mencionada empresa a abonar a la actora las diferencias por ambos conceptos.

Frente a dicha resolución judicial interponen tanto la actora como la empresa sendos Recursos de Suplicación, habiendo impugnado ésta, además, el recurso de la actora. En concreto el recurso de la actora está encaminado a denunciar la vulneración de normas sustantivas, mientras que el del la empresa interesa, previamente, la revisión de los hechos probados y, posteriormente, denuncia, asimismo, la infracción por la sentencia de instancia de las normas sustantivas que señala.

Por razones de orden lógico procesal conviene entrar a conocer previamente del recurso formulado por la entidad recurrente al haber interesado la revisión de los hechos probados.

SEGUNDO

Al amparo de la letra b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , interesa la empresa recurrente, en primer...

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