STSJ Cataluña 6765/2007, 10 de Octubre de 2007

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL
ECLIES:TSJCAT:2007:10621
Número de Recurso4564/2006
Número de Resolución6765/2007
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 6765/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y Vicente frente a la Sentencia del Juzgado Social 25 Barcelona de fecha 22 de diciembre de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 465/2005 . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28 de junio e 2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22 de diciembre de 2005 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimo en part la demanda presentada per Constantino , Silvio , Bernardo , Vicente i Jose Francisco , en contra de l'empresa Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (A.D.I.F.), (anteriorment RENFE) , sobre reclamació de quantitat i condemno a la demandada al pagament dels següents imports: Silvio 216,31 euros; Jose Francisco : 258,62 euros; Constantino 300,22 euros; i Bernardo 1.995,58 euros."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"1r.- Els demandants presten serveis per compte de l'empresa demandada amb les següents característiques:

"1.- Constantino

Fecha de antigüedad en la empresa:30.06.86

Id. en la categoría:01.05.95

Centro de trabajo: Gerencia Operativa de Barcelona - Puesto de mando - Estació de França

Residencia del centro de trabajo: Barcelona

Categoría profesional: Mando Intermedio - Supervisor de Circulación.

Salario mensual con inclusión de prorratas de pagas extras: 2282 E.

  1. - Silvio

    Fecha de antigüedad en la empresa: 10.10.91

    Id. en la categoría: 01.03.04

    Centro de trabajo: Gerencia Operativa de Barcelona - Estació de Montcada Bifurcació

    Residencia del centro de trabajo: Montcada i Reixach (Barcelona)

    Categoría profesional: Mando Intermedio - Supervisor de Circulación.

    Salario mensual con inclusión de prorratas de pagas extras: 2200 E.

  2. - Bernardo

    Fecha de antigüedad en la empresa: 01.05.95

    id. en la categoría: 01.05.95

    Centro de trabajo: Gerencia Operativa de Barcelona - Puesto de mando - Estació de

    França

    Residencia del centro de trabajo: Barcelona

    Categoría profesional: Mando Intermedio - Supervisor de Circulación.

    Salario mensual con inclusión de prorratas de pagas extras: 2282 E.

  3. - Vicente

    Fecha de antigüedad en la empresa: 03.07.84

    Id. en la categoría: 01.03.04

    Centro de trabajo: Gerencia Operativa de Barcelona - Estació d'Hospitalet de Llobregat (Barcelona)

    Residencia del centro de trabajo: L'Hospitalet (Barcelona)

    Categoría profesional: Mando Intermedio - Supervisor de Circulación.

    Salario mensual con inclusión de prorratas de pagas extras: 2240 E.

  4. - Jose FranciscoFecha de antigüedad en la empresa:21.04.84

    id. en la categoría:20.02.05

    Centro de trabajo: Gerencia Operativa de Barcelona- Puesto de mando. Estación de FrançaResidencia del centro de trabajo: Barcelona

    Categoría profesional: Mando Intermedio - Supervisor de Circulación.

    Salario mensual con inclusión de prorratas de pagas extras: 2282 E."

    2n.- Els demandants van participar en la convocatòria d'ascens ¡ trasllats per a la cobertura de places de comandaments intermitjos de la província de Barcelona de 7.07.03. Per resolucions definitives de data

    5.12.03 i 20.01.04 se'Is va assignar les places que s'han indicat en l'anterior fet provat. La data prevista per a fer efectiu els canvis era la de 1.03.04 segons consta al document "Cambio de Situación Laboral".

    (sense controvèrsia, folis 157 a 161)

    3r.- L'empresa demandada no va fer efectiu el canvi de situació deIs demandants en

    la data indicada, sino en dates posteriors que es detallen a continuació:

    nombre y plaza de plaza según fecha de fecha efec- apellidos procedenciaconcurso efec.mutac. tiva mutac.

    Constantino , Mando Intermedio Mando interm.01.03.04 27.04.04

    L'Hospitalet puesto mando

    Silvio , Factor Circ. 1ª Mando interm.01.03.04 05.10.04

    L'Hospitalet Montcada. Bif.

    Bernardo , Mando intermedio Mando Interm.01.03.04 13.09.04

    L'Hospitalet puesto mando

    Vicente Factor Circ. 1ª Mando interm.01.03.04 20.02.05

    L'Hospitalet Montcada. Bif.

    Jose Francisco Factor Circ.1ª Mando interm.01.03.04 08.03.05

    MartorellPuesto de mando

    4t.- La demandada ha abonat als actors Silvio i Jose Francisco en concepte de dietes per destacament per demora en el trasllat, a partir de la nòmina del mes de maig 2004 i fins a la data que es va fer efectiu el canvi de situació els següents imports: Silvio 1.637,99 euros (folis 170 a 176) i a Jose Francisco : 3.288,08 . (folis 190 a 201)

    5è.- Els dies efectius de treball de la resta de demandants, des del 1.04.04 fins a la data de efectivitat del canvi de Iloc de treball son els següents: Silvio 105 dies de 1.04.04 al 5.10.04; Jose Francisco : 158 dies de 1.04.04 a 31.12.04 i 42 dies el període de 1.01.05 a 8.05.05 ; Constantino 17 dies de 1 al 27.04.04 , Bernardo 113 dies del 1.04.04 al 13.10.04, Vicente 152 dies del 1.04.04 a 31.12.04 i 32 dies del 1.01.04 a

    20.02.05. (folis núm. 204, 205 a 213 , 250 , 251, 252 a 273).

    6è.- Per al cas d'estimar-se la demanda i es declarès el dret dels actors a percebre la dieta reclamada pels dies efectivament treballats, les quantitats a percebre serien les següents: Silvio 1.854,30 euros; Jose Francisco :

    3.546,70 euros; Constantino 300,22 euros; Bernardo 1.995,58 euros i Vicente 3.260,64 euros. (càlculsque no han estat controvertits)

    7è.- Els demandants estan afiliats al Sindicat Ferroviari de Barcelona i excepte Constantino que es representant sindical, no ostenten representació legal ni sindical ni l'han ostentat en el darrer any.

    8é.- En data 27.05.05 es va presentar reclamació prèvia sense que consti resolució expressa."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunciaron recurso de suplicación la parte actora y la parte demandada, que formalizaron dentro de plazo, y que las partes contrarias, a las que se dió traslado impugnaron respectivamente, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia estima en parte la demanda formulada por los trabajadores Constantino , Silvio , Bernardo y Jose Francisco , en reconocimiento de derecho y reclamación de cantidad, contra la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, anteriormente denominada "Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE)" a quien condena al pago de las cantidades que se fijan en el Fallo de la misma, desestimándola en cuanto al trabajador Vicente .

Frente a dicha Sentencia se alzan, tanto la parte actora como la empresa demandada, mediante sendos Recursos de Suplicación que interponen al amparo de un único motivo basado en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , los cuales han sido impugnados respectivamente de contrario. A la vista del contenido de ambos...

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