STSJ Cataluña 1399/2006, 14 de Febrero de 2006

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2006:2783
Número de Recurso8132/2005
Número de Resolución1399/2006
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 1399/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Posbintra, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social

6 Barcelona de fecha 31-5-2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 816/2004 y siendo recurrido/a Luisa , Global Bingo Corporation, S.A., Macrojuegos, S.A., Playcat, S.A. y Cirsa Business Corporation, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19-11-2004 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 31-5-2005 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando en parte la demanda interpuesta por Luisa contra POSBINTRA, S.A., GLOBAL BINGO CORPORATION, S.A., MACROJUEGOS, S.A., PLAYCAT, S.A., CIRSA BUSSINES CORPORATION, S.A. en reclamación por despido por cuento se desestima la petición principal de declaración de nulidad del despido, debo declarar km IMPROCEDENCIA del despido de la actora de fecha 4-11-03, condenando a POSBINTRA S.A. a su opción que deberá realizar en el plazo de 5 días ante este Juzgado, advirtiéndole de que de no hacerlo en forma expresa se entenderá que opta por la readmisión, a que readmita el trabajador en su mismo puesto y condiciones de trabajo a que le abone la indemnización de5.570,32 euros (1,90 años x 45 días x 65,15 euros/día), descontando de ello la cantidad en su día consignada y que la trabajadora percibió de 2.464,93 euros, y así mismo no procede en este caso determinar el abono de los salarios de tramitación a razón de 65,15 euros sino desde el momento en que conste el alta médica de la trabajadora al haber iniciado con anterioridad al despido situación de incapacidad temporal y ser perceptora de la correspondiente prestación".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La parte actora Luisa NIE número X-3682112-L ha venido prestando sus servicios para POSBINTRA,S.A. sociedad cuyo objeto social es la explotación de salas de bingo en número no superior a 5 y en su caso de los restantes juegos de azar que pudieran autorizarse, así como los servicios complementarios de los mismos etc. Y actividad económica de explotación sala de bingo, desde 05-12-2002, habiendo suscrito con dicha empresa los siguientes contratos:

-contrato de trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción (código 402 ) para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de trabajo o exceso de pedidos consistente en estar rodeados de centros comerciales hay una previsión de mayor público por avance de la temporada otoño-invierno, con duración de 5-12-02 a 4-03-2003. Dicho contrato se prorrogó hasta 4-11- 2003 determinando un tiempo acumulado de 11 meses.

-contrato de trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción (código 402 ) para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de trabajo o exceso de pedidos consistente en por campañas comerciales de otoño y por afluencia de publico cara al turismo de invierno, con duración de 5-12-03 a 4-03-2004. Dicho contrato se prorrogó hasta 4-12- 2004 determinando un tiempo acumulado de 11 meses.

La profesional de la actora es locutora vendedora.

El salario regulador del despido es de 65,15 euros/día brutos con prorrata de pagas extras.

  1. - La empresa a fecha 31 de octubre de 2003 comunicó a la actora la decisión de no renovar el primero de los contratos en 5-12-02 y en fecha 04-11-2003 suscribió la actora documento de recibo de 1300,24 euros en que se expresaba:".. .en concepto de transacción, liquidación final de haberes ordinarios y extraordinarios, anticipos y cualquier otro concepto derivado de mi relación contractual laboral que me vinculaba hasta el día de hoy en la precitada compañía. Mediante el percibo de la indicada cantidad, entiendo resueltas, rematadas en cuentas, y terminadas cuantas cuestiones tengan relación directa con dicho contrato de trabajo, ello, sin excepción alguna, comprometiéndome a nada más pedir ni reclamar por cualquier concepto. Así mismo, doy por total y absolutamente resuelto el contrato de trabajo que presidía m relación laboral, se evita la provocación de pleito, y se otorga a la presente transacción el carácter de cosa juzgada que contiene el artículo 1816 del Código Civil, en relación con el 1809 del mismo texto legal"

  2. - La empresa mediante carta fechada a 25-10-2004 comunicó a la actora la decisión de no renovar el primero de los contratos en 5-12-03 En fecha 4-11-04 suscribió la actora documento de recibo de 1465,91 euros en que se expresaba:"...en concepto de transacción, liquidación final de haberes ordinarios y extraordinarios, anticipos y cualquier otro concepto derivado de mi relación contractual laboral que me vinculaba hasta el día de hoy en la precitada compañía. Mediante el percibo de la indicada cantidad, entiendo resueltas, rematadas en cuentas, y terminadas cuantas cuestiones tengan relación directa con dicho contrato de trabajo, ello, sin excepción alguna, comprometiéndome a nada más pedir ni reclamar por cualquier concepto. Así mismo, doy por total y absolutamente resuelto el contrato de trabajo que presidía mi relación laboral, se evita la provocación de pleito, y se otorga a la presente transacción el carácter de cosa juzgada que contiene el artículo 1816 del Código Civil, en relación con el 1809 del mismo texto legal.".

  3. - La base de la plantilla de trabajadores de la empresa Posbintra,S.A. que en el periodo que va de noviembre de 2003 a noviembre de 2004 estaba formada siempre por mas de 40 trabajadores, oscilando la cifra a la alza mes a mes se hallaba vinculada a la empresa mediante contratos de trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo o parcial (código 402 o 502 ).

  4. - La actora en fecha 24 de septiembre de 2004 inició situación de incapacidad temporal que persistía a 11-02-2005.

  5. - La parte actora no es representante legal o sindical de los trabajadores.7.- La actora percibía una remuneración mensual bruta con prorrata de pagas extras desglosada en los siguientes conceptos: 704,95 euros salario base, 54,97 euros plus transporte, 27,84 euros quebranto moneda, 105,00 euros plus convenio, 202,48 euros por prorrata de pagas extras, 42,00 euros plus prolongación jornada, cuya suma total supone un total de 1.134,24 euros brutos o de 1.054,44 euros brutos sin la contabilización de los conceptos quebranto de moneda y plus transporte.

  6. - La actora percibía en concepto de propinas 900 euros mensuales.

  7. - Todas las propinas recibidas por los trabajadores se reúnen en un fondo al pasarse a la mesa del Bingo y por el jefe de sala se reparten posteriormente entre los trabajadores por un sistema de puntos en relación a las horas trabajadas.

  8. - Dentro del Grupo de matriz CIRSA BUSINESS CORPORATION,S.A. se integran las empresas:

    Global manufacturing Corporatión.S.L. División Manufacturing, negocio fabricación, que incluye a su vez diversas sociedades.

    CIRSA Amusement Corporation, S.L. División Amusement, negocio explotación de centros de ocio, que incluye a su vez diversas sociedades.

    Global Bingo Corporatión,S.L. División Bingos, negocio explotación salas de bingo, que incluye a su vez a diversas sociedades entre las que se encuentra POSBINTRA,S.A. calle Mallorca 270,2-3 Barcelona; MACROJUEGOS,S.A. Sociedad Unipersonal calle Dionisio Guardiola 34 Albacete; PLAYCAT,S.A. Sociedad Unipersonal calle Cádiz 1 Terrassa. También se incluyen otras sociedades en relación a negocio hostelería, limpieza explotación máquinas, fabricación.

    Global casino Technology Corporatión ,S .A. División Casinos, negocio explotación casinos o fabricación, que incluye a su vez diversas sociedades

    CIRSA Interactive Corporatión,S.L. División interactive, negocio...

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