STSJ Cataluña 711/2006, 28 de Julio de 2006

PonenteANA RUBIRA MORENO
ECLIES:TSJCAT:2006:8894
Número de Recurso1069/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución711/2006
Fecha de Resolución28 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº711/2006

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

DON JOSE JUANOLA SOLER

DON MANUEL TABOAS BENTANACHS

DOÑA ANA RUBIRA MORENO

En la ciudad de Barcelona, a 28 de julio de dos mil seis.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 1069/2003, interpuesto por HABITATGE ENTORN SOCIEDAD COOPERATIVA CATALANA LIMITADA, representada por el Procurador DON JORDI ENRIC RIBAS FERRE y dirigida por el Letrado DON JOSE LUIS VICH CASAS, contra el AYUNTAMIENTO DE SABADELL, representado por el Procurador DON ANGEL QUEMADA RUIZ y dirigido por la Letrada DOÑA ELISENCA AGUILA RECHA. Es Ponente Doña ANA RUBIRA MORENO, Magistrada de esta Sala, quien expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora, por escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso recurso contencioso administrativo contra el decreto dictado el 30 de julio de 2003 por el Teniente de Alcalde del Area de Planificación Urbana del Ayuntamiento de Sabadell, que desestima la solicitud de la recurrente de devolución del aval depositado, dispuesto como condición en el otorgamiento de la licencia de obras, se considere la finca liberada del pago de cualquier cantidad u obligación derivada del Proyecto de reparcelación y de la cuenta de liquidación y se libre certificado a los efectos de cancelar la afección inscrita en el Registro de la Propiedad.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. La actora dedujo demanda en la que, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dictara sentencia por la que se estime el recurso y: a) se declare no ajustado a derecho el acto recurrido, anulándolo, condenando al Ayuntamiento de Sabadell a estar y pasar por esa declaración y por sus consecuencias legales inherentes;b) condenarle a la devolución del depósito en metálico que, en garantía de gastos de urbanización, tiene constituido por importe de 337.796, 54 euros; c) declare el derecho de la recurrente y de los adjudicatarios a percibir los correspondientes intereses legales de la cantidad depositada y le condene a su pago. Esos intereses deberán devengarse desde el día de su pago hasta la fecha de la última cuota girada, o, alternativamente, desde su constitución, hasta el día de su completo pago o devolución: d) tener por liberada la finca y fase cooperativa del pago de cualquier cantidad o obligación derivada del proyecto de reparcelación y obligada la condenada a librar la correspondiente certificación municipal para cancelar la nota registral; e) alternativamente, se declare la responsabilidad patrimonial de la Administración demandada y se le condene al pago de los costes de urbanización que se pudieran devengar o expedir, a partir de las fechas de adjudicación de las viviendas, por cuantía superior al depósito metálico en poder de aquélla, con total indemnidad de la recurrente y los socios adjudicatarios.

TERCERO

La Administración demandada en la contestación a la demanda solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Se prosiguió el trámite correspondiente y, practicadas las pruebas que propuestas fueron declaradas pertinentes, con el resultado que obra en las actuaciones, se pasó al trámite de conclusiones sucintas, señalándose para votación y fallo el 26 de julio de 2006.

QUINTO

En la sustanciación de este de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se ha adelantado en los antecedentes de hecho, el presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto el decreto dictado el 30 de julio de 2003 por el Teniente de Alcalde del Area de Planificación Urbana del Ayuntamiento de Sabadell, que desestima la solicitud de la recurrente de devolución del aval depositado, dispuesto como condición en la licencia de obras, se considere la finca liberada del pago de cualquier cantidad u obligación derivada del Proyecto de reparcelación y de la cuenta de liquidación, y se libre certificado a los efectos de cancelar la afección inscrita en el Registro de la Propiedad.

La pretensión anulatoria y de reconocimiento de derecho de la actora se basó en las siguientes consideraciones jurídicas: 1. Vulneración del artículo 128 del RGU ; 2. Derecho del administrado al percibo de intereses del depósito; 3. Responsabilidad...

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