STSJ Cataluña 5/2006, 9 de Enero de 2006

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Enero 2006
EmisorTribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución5/2006

SENTENCIA Nº 5 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA

DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS

En la Ciudad de Barcelona, a nueve de enero de dos mil seis.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo nº 39/2003, interpuesto por D. Pedro Enrique , representado por la Procuradora Dª Blanca Soria Crespo y dirigido por la Letrado Dª Montserrat Pagés Pallarés, contra el AYUNTAMIENTO DE TEIÀ, que no ha comparecido en forma en estos autos. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra el acuerdo adoptado el 2 de diciembre de 2002 por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Teià, que desestimó el recurso de reposición formulado contra el acuerdo de 23 de septiembre del mismo año, por el que se autorizó el cambio de titularidad de la concesión de uso del panteón nº NUM000 del cementerio municipal, a favor del recurrente.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado la parte actora, llegado su momento, el trámite conferido de demanda, en cuyo escrito, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en él, suplicó la anulación de los actos objeto del recurso, en los términos que aparecen en el mismo. La Corporación demandada no compareció en forma en estos autos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como ha quedado expuesto, se impugna a través del presente recurso el acuerdo adoptado el 2 de diciembre de 2002 por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Teià, que desestimó el recurso de reposición formulado contra el acuerdo de 23 de septiembre del mismo año, por el que se autorizó el cambio de titularidad de la concesión de uso del panteón nº NUM000 del cementerio municipal, a favor del recurrente.

En su escrito de demanda, la representación del actor postula que se le reconozca el derecho de uso a perpetuidad sobre dicho panteón, que adquirió en propiedad su antepasado D. Carlos Daniel , máxime cuando el propio Ayuntamiento de Teià ya...

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