STSJ Cataluña 5964/2005, 8 de Julio de 2005
Ponente | SALVADOR VAZQUEZ DE PARGA Y CHUECA |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:15164 |
Número de Recurso | 3509/2005 |
Número de Resolución | 5964/2005 |
Fecha de Resolución | 8 de Julio de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA núm. 5964/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por Irene , Daniela , Alicia , Carlos Daniel , Leonardo , Alejandra , Teresa , Olga , Edurne , Luz , Verónica , Camila y Franco frente a la Sentencia del Juzgado Social 27 Barcelona de fecha 22/10/04 dictada en el procedimiento Demandas nº 918/2003 y siendo recurrido/a Regina , Ana , Juan Ignacio , Rosendo , F.G.S., Lavanderia Edelweiss S.L., Happy Laundry S.L., Sali & Monnet, S.A., Tomás (Depositario) y Humberto (Comisario). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. SALVADOR VÁZQUEZ DE PARGA Y CHUECA.
Con fecha 3/12/03 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 22/10/04 que contenía el siguiente Fallo:
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Teresa , Alicia , Daniela , Irene , Olga , Carlos Daniel , Leonardo , Alejandra , Edurne , Luz , Verónica , Camila y Franco frente a Regina , Ana , Juan Ignacio , Rosendo , Tomás , Humberto , F.G.S., Lavanderia Edelweiss S.L., SALI & MONNET, S.A. y Happy Laundry S.L. en materia de Despido, debo declarar y declaro improcedente el despido por causas objetivas de aquel, y debo condenar y condeno a la citada empresa demandada Lavanderia Edelweiss S.L.,a que, a su opción, readmita a los actores en el mismo puesto y condiciones que venía estando o a que le abonen una indemnización cifrada en :
Teresa 4.989'08 euros.
Alicia 1.254'48 euros.
Daniela 5.533'50 euros.
Irene 5.020'95 euros.
Olga 6.419'25 euros.
Carlos Daniel 4.983'53 euros.
Leonardo 903 euros.
Alejandra 551'81 euros.
Edurne 318'60 euros.
Luz 2.137'28 euros.
Verónica 2.524'20 euros.
Camila 1.767'38 euros.
Franco 774 euros.
, así como a los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido, 27-10-03, hasta que se le notifique esta sentencia; con descuento del período 6-7-04 al 20-10-04. Derecho de opción que podrá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de esta Sentencia, por comparecencia o por escrito, sin esperar a la firmeza de la misma y en el caso de que transcurriera dicho plazo sin haber ejercitado tal derecho se entenderá que opta por la readmisión.
Se absuelve a los codemandados Regina , Ana , Juan Ignacio , Rosendo , Tomás , Humberto , SALI & MONNET, S.A. y Happy Laundry S.L de las pretensiones en su contra deducidas.
Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de las responsabilidades legales que puedan corresponderle.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"Primero. Los actores Teresa , Alicia , Daniela , Irene , Olga , Carlos Daniel , Leonardo , Alejandra , Edurne , Luz , Verónica , Camila y Franco han prestado servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Lavanderia Edelweiss S.L. dedicada a la actividad industrial en la C/Nou s/n de Olerdola, en las siguientes circunstancias:
AntiguedadCategoria profesionalSalario con inclusión PPE
Teresa 24-11-00Especialista 39'13 euros
Alicia 19-6-02Especialista37'17 euros
Daniela 24-11-00Especialista43'40 euros
Irene 24-11-00Especialista39'38 euros
Olga 17-11-00Especialista47'55 eurosCarlos Daniel 15-4-02Chofer73'83 euros
Leonardo 14-3-03Especialista34'40 euros
Alejandra 1-6-02Especialista29'43 euros
Edurne 28-7-03Especialista28'32 euros
Luz 4-9-02Especialista40'71 euros
Verónica 8-7-02Especialista42'07 euros
Camila 25-7-03Especialista31'42 euros
Franco 1-5-03Especialista34'40 euros
El actor Franco no consta de alta en le Régimen General de la Seguridad Social por cuenta de la empresa codemandada Lavanderia Edelweiss S.L.
La empresa codemandada Lavanderia Edelweiss S.L. reconocia en sus nóminas a los siguientes actores las fechas de antigüedad que se dirán:
a Teresa la de 11-10-94
a Daniela la de 29-4-98.
Irene la de 12-4-99
Olga la de 4-3-99
Luz la de 18-3-02
Alejandra la de 1-6-02
La actora Teresa consta de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en los siguientes periodos:
De 11-10-94 a 28-3-99 por la demandada Lavanderia Edelweiss S.L..
De 29-3-99 a 31-7-00 por la demandada Lavanderia Edelweiss S.L. De 3-8-00 a 16-11-00 por la demandada Happy Laundry S.L. De 24-11-00 por demandada Lavanderia Edelweiis S.L.
La actora Daniela en las siguientes: De 29-4-98 a 27-8-98 por la demandada Lavanderia Eelweiss S.L. De 28-8-98 a 31-7-00 por la demandada Lavanderia Eelweiss S. L. De 3-8-00 a 16-11-00 por la demandada Happy Laundry S.L. En 24-11-00 por la demandada Lavanderia Eelweiss S.L.
La actora Irene en las siguientes: De 22-5-98 a 20-11-98 por Lavanderia Eelweiss S.L. De 1-12-98 a 3-4-99 por la demandada Lavanderia Eelweiss S.L. De 12-4-99 a 10-5-99 por la demandada Lavanderia Eelweiss S.L.De 11-5-99 a 31-7-00 por la demandada Lavanderia Eelweiss S.L.
De 3-8-00 a 16-11-00 por la demandada Happy Laundry S.L. En 24-11-00 a 20-11-98 por la demandada Lavanderia Eelweiss S.L.
La actora Olga en las siguientes:
De 4-3-99 a 31-7-00 por Lavanderia Eelweiss S.L.
De 3-8-00 a 16-11-00 por Happy Laundry S.L.
En 24-11-00 por Lavanderia Eelweiss S.L
La actora Luz en las siguientes:
De 18-3-02 a 3-8-02 por Lavanderia Eelweiss S.L
En 4-9-02 por Lavanderia Eelweiss S.L
La actora Alejandra en las siguientes:
De 26-9-00 a 16-11-00 en Happy Laundry S.L.
En 18-12-01 a 22-4-02 en Lavanderia Eelweiss S.L
En 1-6-02 en Lavanderia Eelweiss S.L
El dia 27 de octubre de 2003 cerró la empresa demandada Lavanderia Eelweiss S.L previa comunicación a los trabajadores que se iba a presentar un ERE y extinguir sus contratos de trabajo por quiebra empresarial y que no volvieran más a trabajar. Decimo primero. En la citada empresa demandada con anterioridad a dicha fecha se hacia horas extraordinarias.
Les adeudaba al menos la mensualidad de septiembre 2003.
La empresa demandada Lavanderia Eelweiss S.L tenía al menos de 25 trabajadores en su plantilla.
La empresa Santiago Vicente Villanueva se creó en 1980 transformandose en 1989 en Sociedad limitada Lavanderia Eelweiss S.L teniendo como socios a los codemandados ( Regina , Ana , Juan Ignacio , Rosendo ), 35% cada uno de los cónyuges y el 15% cada uno de los 2 hijos, siendo todos ellos en distintos momentos de la vida social de la mercantil administradora de la misma de modo individual o como administradores solidarios.
El codemandado Juan Ignacio es uno de los propietarios del local en el que se desarrollaba la actividad de la empresa Lavanderia Eelweiss S.L
La codemandada SALI & MONNET, S.A. sita en al ct. de Piera nº 7 de Martorell, se dedica desde 7-11-03 a la actividad económica de lavado de limpieza y teñidos de prendas textiles (servicio Tintorerias-Lavanderia).
Decimo sexto bis. La mercantil codemandada Happy Laundry S.L. tiene como objeto social el servicio de lavado y secado automático de ropa.
El actor Carlos Daniel consta de alta en la Seguridad Social por cuenta de la empresa SALI & MONNET, S.A en 12-1-04.
La empresa codemandada Lavanderia Eelweiss S.L en 3-11-03 presentó una Quiebra voluntaria en los Juzgados de Vilafranca del Penedes, habiendo sido declarada en estadodeQuiebra voluntaria por auto de 4-12-03 en el que se nombró Comisario de la misma Don. Humberto y Depositario a Tomás .
Los actores en 4-11-03 formularon denuncia ante Inspección de Trabajo y Seguridad Social cuyo contenido por obrar en autos se tiene por reproducido, dando lugar a la actuación inspectora formalizada en informe de 17-11-03 cuyo, contenido también se tiene por reproducido.
En 28-11-03 la empresa Lavanderia Eelweiss S.L presentó solicitud de ERE ante la Generalitat de Catalunya seguida con el nº 393/03 y...
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