STSJ Murcia 404/2008, 26 de Mayo de 2008

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2008:1037
Número de Recurso302/2008
Número de Resolución404/2008
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por SME TVE, S.A., contra la sentencia número 461/07 del Juzgado de lo Social número Dos de Murcia, de fecha 28 de noviembre del 2007, dictada en proceso número 511/07, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por DOÑA Raquel frente a SME TVE, S.A..

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La demandante, titulada superior, presta servicios como personal laboral para la Empresa demandada desde el 28/5/1990 con la categoría profesional de Documentalista y salario mensual con prorrata de pagas extraordinarias previsto en el Convenio Colectivo de RTVE. SEGUNDO : La demandante viene desempeñando las siguientes funciones desde el año 1997: Registro diario de grabaciones de noticias. Tratamiento documental de material audiovisual: visionando, minutado, descripción física, clasificación e indización. Búsquedas y recuperación en bases de datos documentales de material necesario para la elaboración de programas informativos del centro. Préstamos y control de cintas. Selección de originales que han de ser conservados y pasar al archivo definitivo. Organización del fondo documental. Decidir el nivel de análisis de los documentos.Atender a todos los usuarios: informadores, productores y realizadores. Responsable de conservación del fondo documental. TERCERO: Las cantidades que como Documentalista ha percibido y las que, en caso de prosperar la demanda, debería percibir desde el 1/6/2006 al 30/6/2007 son las que constan en el hecho Quinto de la demanda y que en cuanto a su concreta cuantificación no han sido objeto de oposición por parte de la demandada. CUARTO: La única responsable de todo el Servicio de documentación en el Centro de RTVE en Murcia ha sido siempre la demandante, incluso cuando estaba en activo Don Alonso , persona que tenia la categoría profesional de Ayudante de 2ª y que perciba un Plus de Polivalencia por prestar servicios en Documentación. QUINTO: Se promovió acto de conciliación que resultó intentado sin efecto."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por DOÑA Raquel contra SME TVE S.A. en su pretensión subsidiaria debo condenar y condeno a SME TVE S.A. a que en concepto de diferencias salariales por realización de trabajos de superior categoría realizados por la demandante, abone a esta por el periodo comprendido entre el 1/6/2006 y el 30/6/2007 la cantidad de 5.728,67 euros sin que proceda abono de interés por mora en el pago. Se desestima la demanda en la pretensión referida al reconocimiento de la categoría profesional de Profesional Superior de Archivo y Documentación.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Sr. Abogado del Estado, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario, representado por D. JOSE TARRAGA POVEDA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El Juzgado de lo Social Num. Dos de Murcia dictó sentencia nº 461/2007, el 28 de noviembre de 2007, en los autos nº 511/07 , sobre reclamación de derecho y cantidad, seguidos a instancia de Dª Raquel , contra la empresa SME TVE, S.A., estimando las pretensiones de la demandante en cuanto a su formulación subsidiaria y condenando a la empresa demandada a que, en concepto de...

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