STSJ Murcia 312/2008, 5 de Mayo de 2008

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2008:605
Número de Recurso218/2008
Número de Resolución312/2008
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jose Pedro, contra la sentencia número 349/2007 del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, de fecha 9 de octubre del 2007, dictada en proceso número 469/07, sobre DESEMPLEO, y entablado por D. Jose Pedro frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "1º.- El actor D. Jose Pedro el día 20-4-05, constituye con otros dos socios la sociedad TADHER PREVENCION S.L. Cada socio posee el 33% del capital social, fijan el domicilio en C/San Juan nº 46 en Molina de Segura y su objeto la venta de suministros, equipos de protección y seguridad. El día 31-8-05, causa baja en la empresa Vidal Golosinas

S.A por excedencia voluntaria. Desde el 1-5-05 a 28-2-06 figura de alta en el régimen de autónomos. El día 31-10-05, la S.L adquiere una nave industrial para el desarrollo de su actividad. El día 10-3-06, los socios de la S.L deciden pedir la calificación de la sociedad limitada laboral y aumentan el capital social que se adjudican de manera que Vd. posee un 33% de participaciones laborales, D. Fidel un 33% departicipaciones laborales y el otro socio un 33% de participaciones laborales y el otro socio un 33% de participaciones generales. 2°.- El 3-4-06, solicita el reingreso en la empresa Vidal Golosinas S.A, después de 4 días de trabajo y 1 de vacaciones es despedido por causas objetivas. 3°.- El día 29-5-06, solicita la prestación por desempleo, el SPEE-INEM le reconoció un derecho de prestación de desempleo con los siguientes elementos: base reguladora diaria de 43,43 euros, periodo de ocupación cotizada de 1953 días, duración de 600 días, fecha de inicio de 7-5-06, por resolución de 22-6-06. Por escrito de 29-5-06, solicita el pago único y el abono de cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del importe restante de la prestación por desempleo, si lo hubiere. Para incorporarse como socio en la S.L.L. 4°.- Por resolución de 29-1-2007, se revisó su derecho al desempleo y se declaró un cobro indebido de 2-064,03 euros."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Jose Pedro contra el INSTITUTO DE EMPLEO, SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, debo absolver a este de aquel confirmando lo acordado en resolución administrativa.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. PEDRO MIRALLES GARCIA, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor D. Jose Pedro, presentó demanda solicitando: "que tenga por presentada demanda copia y documentos que se acompañan, contra el INSTITUTO DE EMPLEO, SERVICIO PUBLICO EMPLEO ESTATAL , la admita, cite a las partes a la celebración del correspondiente juicio, señalando día y hora, y dictar sentencia por la que estimando la demanda se anule la resolución por la que se declara la percepción indebida de la prestación por desempleo, por revisión de oficio, en cuantía de 2064,03€, se me apruebe el...

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