STSJ Murcia 315/2008, 5 de Mayo de 2008

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2008:587
Número de Recurso187/2008
Número de Resolución315/2008
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Manuel, contra la sentencia número 322 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 3 de julio de 2007, dictada en proceso número 254/2007, sobre alta médica, y entablado por don Manuel frente a Movisor 2001 SL; Unión de Mutuas.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor don Manuel, nacido el 16/10/1966, con DNI n° NUM000, ha venido prestando sus servicios como conductor de camiones desde el 10/07/2006 por cuenta de la empresa demandada "MOVISOR 2001, S.L.", que tiene concertada la cobertura de los riesgos profesionales de sus trabajadores con la codemandada "Unión de Mutuas". SEGUNDO.- El 18/10/2006 el demandante sufrió un accidente de trabajo, a consecuencia del cual resultó con traumatismo craneoencefálico y traumatismos en tórax, miembro superior derecho y rodilla izquierda. Causó baja médica en la misma fecha e inició proceso de incapacidad temporal. Fue atendido en el hospital"Virgen de la Vega" de Murcia, donde fue revisado por el Servicio de cirugía torácica. Del proceso torácico y del TOE fue dado de alta el 31/10/2006. Fue remitido al Servicio de Traumatología para valorar las molestias en la rodilla izquierda. El 03/11/2006 se realizó un estudio de RM en dicha articulación con la siguiente conclusión diagnóstica: "Engrosamiento y alteración de señal del tendón rotuliano secundario a rotura fibrilar o tendinitis crónica. No evidencia de rotura ligamentosa ni meniscal". TERCERO.- Tras seguir tratamiento farmacológico y rehabilitación, el actor fue dado de alta médica por curación el 29/12/2006. CUARTO.- En la fecha en que se extendió el parte médico de alta el demandante no presentaba limitaciones de movilidad ni disminución de fuerza o sensibilidad en los miembros superiores e inferiores. QUINTO.- Se ha agotado la vía administrativa previa. SEXTO.- La base reguladora del subsidio económico de incapacidad temporal asciende a 38'97 euros diarios. SÉPTIMO.- El demandante ha permanecido en situación de incapacidad temporal por enfermedad común desde el 15/01/2007 hasta el 27/02/2007 con el diagnóstico de gonalgia"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Manuel contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, "Movisor 2001, S.L." y "Unión de Mutuas", debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José Antonio Rubio Marín, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Guillermo Martínez-Abarca Ruiz-Funes, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La parte demandante, don Manuel, presentó demanda, solicitando: "que teniendo por presentado este escrito, con sus copias y documentos que se acompañan, tenga por interpuesta en tiempo y forma, demanda en materia de seguridad social y por impugnación de alta médica, y previos los trámites legales que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR